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Preocupa, sin embargo, que la autoridad ambiental parece haber olvidado en este acto administrativo que la disputada zona, la cual quedará ahora sepultada bajo desechos, tiene vestigios arqueológicos, belleza paisajística y un gran valor en biodiversidad. Desde un punto de vista estrictamente jurídico, podría argumentarse que los vestigios y valores culturales legalmente no están allí protegidos, toda vez que no se trata de un “macroproyecto” que debería tener ciertos componentes y planes. Se añadiría, además, que el Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial no ha reglamentado el “paisaje protegido” y que, por lo tanto, esta modalidad no podría aplicarse para el caso del basurero regional en Nemocón.
En medio de la controversia nos han recordado científicos del Jardín Botánico de Bogotá y la muy respetada Fundación Natura, que en la zona se encuentran tres especies de plantas con valor especial de conservación. ¿Desconoce la CAR que en su misión está la defensa de la biodiversidad? O acaso, no lo dice la resolución, ¿hay ya suficientes previsiones para evitar una pérdida irreparable? Podrían argumentar sus abogados que las mencionadas especies no están en los “libros rojos de especies amenazadas”, documentos con que los científicos alertan a la sociedad sobre el riesgo de desaparición de especies. Sabemos que este esfuerzo interinstitucional se encuentra actualmente, si no detenido, muy retrasado. Sólo se ha evaluado una parte menor de nuestra biodiversidad. También podría decirse que en la lista oficial de plantas amenazadas no están estas especies. Para los conocedores es claro que en el lento desarrollo normativo en esta materia todavía “no están todas las que son”.
Pero no ver una cosa, en lo jurídico, no es lo mismo que ver su no existencia, en lo científico. La protección a la biodiversidad en la ley no es sólo para las especies listadas, como sí lo es en Estados Unidos para las que están en la Endangered Species Act. Aquí es para toda la variedad de especies y de ecosistemas. Es, además, una ley supranacional, porque el Congreso con la Ley 165 de 1994 ratificó el Convenio de Diversidad Biológica. Y no se trata de aplicar el principio de precaución, es decir, que ante la falta de evidencia científica no se debe actuar para no aumentar el riesgo indeseable. En este caso, ya el profesor Thomas van der Hammen, científico holandés que recibió todos los galardones de la sociedad colombiana, descubrió allí para la ciencia el ya conocido Gurrumay, que fue bautizado en su nombre como Condalia tomasiana. Una especie endémica de Colombia que podría quedar sepultada.
Preocupa en estas épocas de extinción masiva de especies el retraso misional de la CAR en gestión de protección de la biodiversidad. Los colombianos “sacamos pecho” para decir que somos el segundo país en el mundo en esta materia, pero por falta de investigación no sabemos qué hacer con ella. Al menos deberíamos actuar para no echarle encima la basura. En vez de un basurero, la CAR podría recuperar confianza del público entregándonos un área protegida, que podría ser en homenaje al mencionado naturalista nacionalizado. Sin duda, nuestros desechos, debidamente disminuidos por una política integral de reducción, reutilización y reciclaje —he aquí otro vacío de gestión ambiental—, deberían ir a otra parte.