La jueza Jenny Concepción Rosanía Gutiérrez, a cargo del Juzgado Cuarto Penal para Adolescentes con Función de Conocimiento de Bogotá, acaba de utilizar una decisión de tutela para cometer una burda agresión contra la libertad de expresión en Colombia. Utilizando una lógica que demuestra un preocupante desconocimiento de la jurisprudencia establecida por la Corte Constitucional, ordenó al portal periodístico Cerosetenta, de la Universidad de los Andes, eliminar por completo una publicación sobre un candidato a la Cámara de Representantes en las pasadas elecciones. Es incomprensible que jueces de la República amordacen el trabajo de vigilancia al poder que, de por sí, es tan difícil de hacer en nuestro país.
La investigación se tituló Las conexiones de un candidato del Centro Democrático con una red neonazi internacional en Bogotá. En ella, Cerosetenta, en alianza con el colectivo de investigación Bellingcat, mostraba las extrañas relaciones de Jorge Rodríguez, por entonces candidato a la Cámara de Representantes en Bogotá y avalado por el partido Centro Democrático. El reportaje original, que ya no puede ser leído por nadie debido a la mordaza judicial, mostraba presuntos vínculos de Rodríguez con miembros de un grupo neonazi colombiano. Es decir, era información de interés público para que los colombianos tuvieran más herramientas al momento de tomar la decisión de por quién votar. A todas luces, un ejercicio protegido por la libertad de prensa y la Constitución.
Sin embargo, la jueza Rosanía Gutiérrez consideró que se estaban violando los derechos fundamentales de Rodríguez, en particular su buen nombre. En un apartado de la decisión de tutela, la jueza dice que observó capturas de pantalla con publicaciones de “diversos cibernautas que contienen amenazas y expresiones dirigidas contra el accionante, las cuales (...) permiten inferir razonablemente la existencia de un riesgo cierto para su vida, integridad y seguridad personal y que fuera promovido por la accionada”. En otras palabras, que Cerosetenta, al hacer su trabajo periodístico, estaba poniendo en riesgo la vida de Rodríguez y además incitando las amenazas que recibió.
Como explicó Cerosetenta en la respuesta a la decisión de tutela, “la investigación... utilizó fuentes abiertas y material de campaña del candidato, así como de personas asociadas al grupo neonazi, para exponer estos posibles vínculos. Al eliminar la investigación, los ciudadanos pierden el acceso a información que es de interés público”. La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) se unió a ese razonamiento, lamentó que la jueza “no desarrolla un análisis suficiente que explique por qué la investigación periodística habría desconocido los estándares de veracidad e imparcialidad” y dijo que la decisión “envía un mensaje preocupante para el periodismo de investigación” pues fomenta la autocensura. Tanto Cerosetenta como la FLIP le pidieron a la Corte Constitucional que seleccione la tutela para revisión. El Espectador se une a ese llamado.
La Acción de Tutela no puede convertirse en un mecanismo para que los poderosos censuren investigaciones incómodas. Eso es precisamente lo que ocurre en este caso, con la lamentable complicidad de la jueza. Esperamos que la Corte Constitucional no permita que esta injusticia se convierta en precedente.
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