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Censura descarada en caso de magistrado Ibáñez

El Espectador

17 de febrero de 2026 - 12:05 a. m.
Los jueces no pueden decidir qué información puede o no publicar un periodista y mucho menos dar cátedra sobre protección de derechos para favorecer a un miembro de la rama.
Foto: Óscar Pérez
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La jueza primera penal del circuito de Neiva, Catalina María Manrique Calderón, violó la Constitución colombiana al convertirse en la censora de una investigación periodística. En una decisión de segunda instancia, que está plagada de incoherencias y desconocimiento de derechos fundamentales que deberían ser protegidos por su despacho, ordenó al medio independiente CasaMacondo eliminar de su página web declaraciones desobligantes que Jorge Enrique Ibáñez, magistrado de la Corte Constitucional, hizo sobre una expareja en el marco de una investigación por filiación no reconocida. Al día de hoy, el medio tuvo que borrar por completo la investigación, lo que configura un precedente nefasto para quienes ejercemos el oficio del periodismo. El alto tribunal constitucional necesita revisar esa decisión, mientras que el Consejo Superior de la Judicatura debería revisar cómo están operando en la magistratura de Neiva.

El caso que involucra al magistrado Ibáñez ha estado enmarcado en contradicciones y hechos que despiertan suspicacia. CasaMacondo encontró que el servidor público era parte de un proceso donde un juez de familia lo declaró padre extramatrimonial de Jorge Enrique Salas Robles. La investigación periodística contó cómo el magistrado habría presionado a la madre para llegar a un acuerdo, y que Jorge Enrique no llevara su apellido. Cuando este inició un proceso para exigir sus derechos, el expediente se extravió extrañamente en 2021. Gracias a la presión del medio independiente, este volvió a aparecer. En el marco de ese escándalo, el magistrado Ibáñez le dio declaraciones a un periodista de CasaMacondo. En esencia, el expresidente de la Corte Constitucional dijo haber sido drogado y abusado sexualmente por la madre de su primogénito. Esto, como es apenas natural, llevó a una publicación por parte del medio donde se comparaba la lucha que desde el alto tribunal ha dado el juez por los derechos de filiación y su actitud en un proceso individual que involucra precisamente esos derechos.

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Esa última publicación es la que ahora la jueza Manrique Calderón censura. En la decisión, la jurista argumenta que “el juicio de reproche debe trasladarse hacia el medio de comunicación”, porque publicó información entregada en un “espacio de confianza”. Además, sostiene que la investigación “somete al escarnio público dichos asuntos”, lo que afecta los derechos de la madre y del hijo. Esto tiene dos problemas. El primero es que Jorge Enrique Salas Robles y Yolanda Inés Robles celebraron la publicación de la información, por lo que es extraño que la jueza ahora pretenda “protegerlos” con una medida que no solicitaron. El segundo es que, como explicó el medio CasaMacondo, “la jueza Catalina María Manrique Calderón ignora que la confidencialidad no es retroactiva. Un funcionario no puede entregar declaraciones y, al verse comprometido por sus palabras, decretar que la conversación fue privada. Pretender que el periodista deba proteger al poderoso de sus propios exabruptos bajo el concepto de ‘confianza’ es exigir complicidad en lugar de fiscalización”.

La jueza Manrique Calderón cometió un acto de censura y una violación descarada de la Constitución colombiana. Es urgente que la Corte Constitucional revise esta decisión de segunda instancia y reitere el amplio precedente jurisprudencial sobre el derecho a la libertad de prensa. Los jueces no pueden decidir qué información puede o no publicar un periodista, y mucho menos dar cátedra sobre protección de derechos cuando buscan favorecer a un miembro de la Rama Judicial. Eso es un abuso de poder y una traición a lo que los colombianos esperan de sus servidores públicos.

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