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                                                                                                                              La contradicción ecuatoriana

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                                                                                                                              El Espectador

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                                                                                                                              Hace dos semanas se aprobó en Ecuador un paquete de reformas constitucionales que confirman varios patrones problemáticos en ese país. En particular, la autorización de la reelección indefinida —aunque, en teoría, no para Rafael Correa— y la nueva regulación del derecho a la comunicación pública son justos motivos para tener reparos. Veamos.

                                                                                                                              Una de las noticias al respecto consistía en asegurar que finalmente el presidente Rafael Correa no podría optar por la reelección indefinida. En el lado inverso de la noticia, sin embargo, encontramos que la reelección indefinida sí fue aprobada, pero con una legislación transitoria para que rija a partir de 2021. Es decir que en las presidenciales de 2017 el presidente, que completa dos períodos seguidos, no podrá buscar otro mandato. Con este gesto Correa cumple con sus declaraciones, según las cuales no quería ser candidato de nuevo.

                                                                                                                              Empero, más allá de si Correa se queda o no, la enmienda deja un precedente poco democrático: próximos presidentes, o tal vez el mismo Correa si vuelve al poder después de un intervalo, van a poder perpetuarse en su cargo al amparo de la Constitución. En la práctica, se le están quitando límites constitucionales al poder Ejecutivo. Sobran las razones para cuestionar un poder de ese estilo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              A nuestro entender, la libertad de expresión es antes de todo un derecho humano y pierde su sentido si se le interpreta al mismo tiempo como un servicio público regulado por el Estado. Es una contradicción en los términos. Si el Estado entra a regular la prestación misma del servicio, las frecuencias, los contenidos, y si entra a decidir —esto ya sucede en Ecuador— cuál es la información de “interés público” que los medios deben presentar a la sociedad y cuál no, entonces está regulando la libertad de sus ciudadanos para expresarse y para informarse.

                                                                                                                              El relator para la Libertad de Expresión de la CIDH, Édison Lanza, lo puso en palabras más claras durante una visita a Ecuador en 2014: “Un servicio público es un servicio en el que el Estado de algún modo es el titular. Eso está bien para el agua, para la electricidad, para la salud y educación, pero estamos hablando de libertad de expresión, no de otra cosa. No me imagino que el Estado regule de principio a fin cómo haces una nota, qué tiene que poner el periodista y cómo tiene que publicar”.

                                                                                                                              Se trata de un retroceso en materia de libertad de expresión y es otro golpe a nuestros colegas periodistas ecuatorianos. Nos preocupa que, con medidas supuestamente diseñadas para proteger un derecho, Ecuador camine hacia la extrema regulación del mismo. Esta preocupación la hemos manifestado ya frente a la Ley Orgánica de Comunicación, con la cual desde 2006 ya se venía implementando un control de los medios e imponiendo esa idea de la comunicación como servicio público, ajena a cualquier estándar internacional de DD. HH.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              ¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a yosoyespectador@gmail.com.

                                                                                                                              El gobierno de Rafael Correa sigue en su lucha contra la libre expresión. / AFP

                                                                                                                              Hace dos semanas se aprobó en Ecuador un paquete de reformas constitucionales que confirman varios patrones problemáticos en ese país. En particular, la autorización de la reelección indefinida —aunque, en teoría, no para Rafael Correa— y la nueva regulación del derecho a la comunicación pública son justos motivos para tener reparos. Veamos.

                                                                                                                              Una de las noticias al respecto consistía en asegurar que finalmente el presidente Rafael Correa no podría optar por la reelección indefinida. En el lado inverso de la noticia, sin embargo, encontramos que la reelección indefinida sí fue aprobada, pero con una legislación transitoria para que rija a partir de 2021. Es decir que en las presidenciales de 2017 el presidente, que completa dos períodos seguidos, no podrá buscar otro mandato. Con este gesto Correa cumple con sus declaraciones, según las cuales no quería ser candidato de nuevo.

                                                                                                                              Empero, más allá de si Correa se queda o no, la enmienda deja un precedente poco democrático: próximos presidentes, o tal vez el mismo Correa si vuelve al poder después de un intervalo, van a poder perpetuarse en su cargo al amparo de la Constitución. En la práctica, se le están quitando límites constitucionales al poder Ejecutivo. Sobran las razones para cuestionar un poder de ese estilo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              A nuestro entender, la libertad de expresión es antes de todo un derecho humano y pierde su sentido si se le interpreta al mismo tiempo como un servicio público regulado por el Estado. Es una contradicción en los términos. Si el Estado entra a regular la prestación misma del servicio, las frecuencias, los contenidos, y si entra a decidir —esto ya sucede en Ecuador— cuál es la información de “interés público” que los medios deben presentar a la sociedad y cuál no, entonces está regulando la libertad de sus ciudadanos para expresarse y para informarse.

                                                                                                                              El relator para la Libertad de Expresión de la CIDH, Édison Lanza, lo puso en palabras más claras durante una visita a Ecuador en 2014: “Un servicio público es un servicio en el que el Estado de algún modo es el titular. Eso está bien para el agua, para la electricidad, para la salud y educación, pero estamos hablando de libertad de expresión, no de otra cosa. No me imagino que el Estado regule de principio a fin cómo haces una nota, qué tiene que poner el periodista y cómo tiene que publicar”.

                                                                                                                              Se trata de un retroceso en materia de libertad de expresión y es otro golpe a nuestros colegas periodistas ecuatorianos. Nos preocupa que, con medidas supuestamente diseñadas para proteger un derecho, Ecuador camine hacia la extrema regulación del mismo. Esta preocupación la hemos manifestado ya frente a la Ley Orgánica de Comunicación, con la cual desde 2006 ya se venía implementando un control de los medios e imponiendo esa idea de la comunicación como servicio público, ajena a cualquier estándar internacional de DD. HH.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              ¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a yosoyespectador@gmail.com.

                                                                                                                              Por El Espectador

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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