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¿Desde cuándo podemos desobedecer a los jueces?

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06 de diciembre de 2020 - 03:00 a. m.
Así no funciona el orden constitucional. Si un juez se equivocó, el llamado a hacer la corrección es un superior jerárquico dentro de la Rama Judicial, no un ministro. / Foto: EFE
Así no funciona el orden constitucional. Si un juez se equivocó, el llamado a hacer la corrección es un superior jerárquico dentro de la Rama Judicial, no un ministro. / Foto: EFE
Foto: Agencia EFE
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No hay argumentos para dejar de cumplir la orden judicial que establece realizar pruebas de COVID-19 a las personas que deseen entrar a Colombia, por absurda que resulte. Aunque desde estas páginas no compartimos esa decisión y apoyamos que el Ministerio de Salud insista en una impugnación, es inaceptable que el Gobierno nacional le esté dando rienda suelta a la idea de entrar en desacato. La ley es dura pero es la ley, y la división de poderes existe para que cada rama respete a la otra. Si permitimos que no se cumpla esta orden, ¿qué clase de precedente se está creando? ¿Dónde queda el Estado de derecho? Lo más preocupante es oír todas las voces que aplauden la actitud adoptada por el Ministerio.

La sentencia de tutela utiliza argumentos insuficientes, en eso estamos de acuerdo. Exigir la prueba PCR a todas las personas que deseen entrar al país es crear una limitación costosa e ineficiente. Por dar la impresión de que estamos cuidando la salud de los colombianos, en la práctica solo estamos creando un espejismo burocrático. Lo dijimos hace unos días y lo repetimos: no compartimos la decisión del juez ni los argumentos del demandante. Los epidemiólogos han sido claros en explicar por qué las pruebas son innecesarias. La Organización Panamericana de la Salud tampoco las recomienda.

Ese, no obstante, no es el debate. Cuando un juez constitucional da una orden, la obligación de las autoridades es obedecerla y cumplirla. Si no están de acuerdo, pueden impugnar y utilizar los mecanismos procesales, pero no argumentar que no pueden llevarla a cabo. Se trata de un principio básico del Estado de derecho que nos protege contra el autoritarismo y el capricho de quienes quieren saltarse la ley. Por eso es tan sorprendente ver al Ministerio de Salud jugar con la idea de no obedecer la decisión judicial.

El ministro de Salud, Fernando Ruiz, dijo: “Una vez leída la aclaración estamos en imposibilidad de cumplir el fallo”. También agregó que el Ministerio ha sido “profundamente respetuoso de las órdenes de la Corte, de los jueces… hemos acatado cientos de fallos y tutelas (pero) es un caso en particular, un fallo de tutela que nos pone en una situación tremendamente compleja”. Dice el ministro que la orden del juez “nos limita totalmente la capacidad como autoridad de salud pública frente al ejercicio de la emergencia sanitaria”. Así no funciona el orden constitucional. Si el juez se equivocó, el llamado a hacer la corrección es un superior jerárquico dentro de la Rama Judicial. No le corresponde a un ministro de Salud elegir qué sentencias acatar y cuáles no. De nada sirve haber cumplido todas las otras decisiones pasadas si, en un momento, optan por ignorar la orden judicial. ¿Es compleja de emplear? Sin duda. ¿Imposible? No nos parece. ¿Negociable? Claro que no: es la ley.

El ministro dijo que “un desacato es una actitud manifiesta de mala voluntad. La nuestra es la imposibilidad, desde el punto de vista sanitario y de defensa de la salud pública de este país, de poder aplicar un fallo que nos genera una situación extrema”. Entendemos su frustración, pero no podemos compartir su lógica. En el momento en que, desde el Gobierno, se abre la puerta para desobedecer a la justicia, el mensaje que se envía es que el cumplimiento de la ley es algo voluble y antojadizo. ¿Cómo garantizamos así la estabilidad institucional?

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Fernando(80045)12 de diciembre de 2020 - 07:27 p. m.
Son preocupantes las equivocaciones de los jueces.
usucapion1000(15667)09 de diciembre de 2020 - 08:52 p. m.
Desde que nos desgobierna el émulo de pablo escobar en cuerpos ajenos. NO MÁS A ESTA DICTANARCOCRACIA!.
Yovanny(13742)07 de diciembre de 2020 - 01:47 a. m.
Es inconstitucional la invasión de poderes..y es bastante claro que la justicia ordinaria..esta invadiendo las competencias de la rama ejecutiva y legislativa...el ministerio actua...como se debe!!!
Usuario(96185)07 de diciembre de 2020 - 01:23 a. m.
en desacuerdo con el editorial un juez sin conocimientos, sin especialidad en el tema no puede rerponer a la carrera una tutela El ministro hace bien en no cumplirla. no podemos caer en la dictadura de jueces mal preparados, con afán de protagonismo y muchas veces corruptos dentro de un sistema judicial que ha demostrado ampliamente su ineficiencia a través de los tiempos
  • wilson(90006)07 de diciembre de 2020 - 12:41 p. m.
    Caemos en dictadura cuando se desobedece la ley ,no cuando la cumplimos ,esa es la caracteristica mas importante de toda dictadura Aqui queda la definicion: Régimen político en el que una sola persona gobierna con poder total, sin someterse a ningún tipo de limitaciones y con la facultad de promulgar y modificar leyes a su voluntad
Arturo(82083)06 de diciembre de 2020 - 10:53 p. m.
1. La norma si es imposible de cumplir para los viajeros (quien escribe cancelo el suyo) por el absurdo plazo de la vigencia. No es posible hacerse una prueba PCR en ningun pais, recibir los resultados y presentarlos en Colombia, en 96 horas. 2. Hay que acatar el fallo judicial e impugnarlo inmediatamente 3. Solicitar a la entidad competente la destitucion inmediata del irresponsable e inepto juez
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