Se conoció el viernes la pena impuesta al expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de soborno en actuación penal y por fraude procesal, y es más severa de lo que solicitó la Fiscalía. Eso no significa, sin embargo, que la jueza no haya sustentado, con las normas en la mano, que la gravedad de los delitos atribuidos justificaban los 12 años de prisión domiciliaria. Era de esperar, por supuesto, la polémica, pero los discursos que señalan un “lawfare” buscando deslegitimar el actuar de la jueza con especulaciones son irresponsables, les hacen daño a la democracia colombiana, a la separación de poderes y niegan la realidad de que el expresidente todavía tiene recursos jurídicos a su disposición.
La jueza Sandra Heredia decidió “condenar a Álvaro Uribe Vélez a las penas principales de 144 meses o, lo que es lo mismo, 12 años de prisión, multa equivalente a 2.420 salarios mínimos e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, como sanción principal, de 100 meses y 20 días”. Es importante hacer énfasis en los motivos de dicha condena, porque ellas justifican la severidad de la pena impuesta. No se trata de delitos simples con afectaciones de poco impacto, sino de una persona que dirigió a su abogado para que manipulara a testigos y engañara a la justicia para que eso desencadenara en la condena de otra persona.
Sabemos que el expresidente y sus defensores consideran que esos hechos no se probaron y que hubo una mala evaluación de las evidencias, algunas de las cuales consideran que debían haber sido desestimadas por ilegales. Para eso está el espacio de apelación ante el Tribunal Superior de Bogotá, pero si la jueza Heredia encontró probadas las situaciones, tiene sentido que buscara una sanción ejemplarizante. Así funciona el Código Penal.
La figura de expresidente y líder de un partido influyente en Colombia también fue una consideración para que la jueza solicitara la reclusión domiciliaria inmediata. Su argumento nos parece claro: “Esta medida no solo tiene un efecto disuasivo e intimidatorio que previene la comisión de delitos, sino que también evita la percepción negativa de la sociedad de que las personas pueden continuar gozando de su libertad, pese a una condena, cuando no se cumplen los requisitos para ello y la presunción de inocencia ya ha sido desestimada en primera instancia; máxime cuando se trata de una persona que goza de un reconocimiento público y social, referente para grandes círculos del país”. Es otra manera de decir que la justicia no es solo para los de ruana, como dice el adagio popular y tanta frustración genera en los colombianos.
Repetimos todo esto porque las críticas a Heredia buscan ignorar la existencia de argumentaciones claras y transparentes. Esas voces han insistido en que estamos ante la instrumentalización de la justicia, como si hubiese sido un juicio expedito y sin garantías. Todo esto hace más necesario que el Tribunal Superior de Bogotá, al estudiar la apelación, haga todo lo que esté a su alcance para impedir que lleguemos al vencimiento de términos. Ya sea que su decisión confirme lo concluido por Heredia, o la contradiga, es clave que aún más jueces participen. No solo porque eso muestra la manera en que nuestro sistema judicial está diseñado para funcionar, sino porque, con tantos ojos, los discursos radicales, que apelan a la paranoia, pierden fuerza. Colombia necesita seguir andando con mucha mesura.
¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a elespectadoropinion@gmail.com
Nota del director. Necesitamos lectores como usted para seguir haciendo un periodismo independiente y de calidad. Considere adquirir una suscripción digital y apostémosle al poder de la palabra.