Publicidad

Es momento de repensar el retiro forzoso

Sigue a El Espectador en Discover: los temas que te gustan, directo y al instante.
04 de octubre de 2020 - 03:00 a. m.
El fallo de la Corte Constitucional sobre el Banco de la República lo pone de presente: es importante poder “retener, al servicio de la nación, unos servidores públicos con altos niveles de formación, experiencia e independencia”. / Foto: Bloomberg
El fallo de la Corte Constitucional sobre el Banco de la República lo pone de presente: es importante poder “retener, al servicio de la nación, unos servidores públicos con altos niveles de formación, experiencia e independencia”. / Foto: Bloomberg
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

Aunque la edad máxima de 70 años para ser parte de alguna entidad pública se estableció con el objetivo de obtener igualdad laboral y fomentar el acceso a estos cargos, así como la renovación generacional, las realidades de la ciencia y las necesidades del Estado hacen que sea necesario incluir nuevas consideraciones. Por supuesto que es indeseable permitir que ciertos funcionarios públicos se aferren a sus cargos estancando el progreso de las instituciones, pero lo que está ocurriendo con esa norma es que personas que todavía están en capacidades de aportar, que además cuentan con amplia experiencia para sus trabajos, son obligadas a abandonar sus cargos. Necesitamos otra “rebelión de las canas” ante esa medida condescendiente y que no cumple con sus propósitos.

El debate revivió esta vez a propósito del Banco de la República. En decisión unánime, la Corte Constitucional dijo que la edad máxima de 70 años para el retiro forzoso en entidades públicas no aplica para ninguno de los integrantes del Banco de la República. En la coyuntura se trataba de una decisión urgente, pues si la norma permanecía eso significaba que el actual gerente, Juan José Echavarría, no podía aspirar a la reelección, como lo quería el Gobierno, interesado este en que su ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, llegue a esa posición en detrimento de la independencia necesaria del Emisor.

La Corte dijo que la restricción iba en contravía de la Constitución, que permite al Banco de la República dictar su propio reglamento y obrar con independencia. Más interesante aún, sin embargo, nos parece uno de los argumentos que se presentaron en la demanda: en estos cargos la permanencia “es una regla valorada como mecanismo no solo de estabilidad y confiabilidad en las políticas económicas, sino como un mecanismo para retener, al servicio de la nación, unos servidores públicos con altos niveles de formación, experiencia e independencia”.

Proponemos estirar la pregunta. ¿Por qué, en el resto de los cargos de las instituciones del Estado, no es conveniente “retener al servicio de la nación a unos servidores públicos con altos niveles de formación, experiencia e independencia”? O, más sencillo: ¿no será momento de eliminar el retiro forzoso?

El establecimiento de la edad de retiro forzoso parte de varios supuestos. El primero es que a los 70 años las personas ya están pensionadas y deberían alejarse del mundo laboral, en parte gracias a los prejuicios de que la tercera edad reduce capacidades. El segundo es que, sin retiro forzoso, no va a haber movilidad en los cargos públicos y no podremos garantizar el acceso a ellos de personas más jóvenes.

Está allí el miedo, válido, a la figura de quien coloniza un cargo sin merecerlo. Pero creemos que ambas ideas pueden resignificarse y conciliarse. Por un lado, hay suficientes evidencias de que, con la expectativa de vida en aumento y la salud moderna cada vez dando más posibilidades, los 70 años no son señal de decaimiento. Claro, depende del caso, pero el fallo del Banco de la República lo pone de presente: hay personas con mucha experiencia y capacidad técnica que no la pierden por alcanzar esa edad. ¿Por qué negarles la posibilidad de seguir trabajando por el país?

En cuanto a garantizar el acceso a los cargos públicos, pueden utilizarse otras medidas e incentivos para emplear a los jóvenes. Es tiempo de que el Congreso revalúe esta medida.

¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a elespectadoropinion@gmail.com.

Nota del director. Necesitamos lectores como usted para seguir haciendo un periodismo independiente y de calidad. Por favor, considere adquirir una suscripción digital y apostémosle al poder de la palabra.

Conoce más

 

Eligio(65044)09 de octubre de 2020 - 03:36 a. m.
EL TIEMPO DEL RETIRO FORZOSO https://eligiopalacio.com/2020/10/08/el-tiempo-del-retiro-forzoso/
María(60274)04 de octubre de 2020 - 09:52 p. m.
Hay que abrirle espacio a la gente que viene y ser realistas, que es muy capaz, que está muy entero, que sus capacidades mentales están perfectas, pero ya cumplió su ciclo de trabajo y debe dejar el egoísmo y darle oportunidad a otras personas, saber que la edad viene con otras condiciones, tener una mente abierta a otras actividades y saberse ir.
María(60274)04 de octubre de 2020 - 09:36 p. m.
Pero también hay que darle oportunidad a otras personas, gente capaz sin trabajo y una persona atornillada a un puesto, también es justo que se retire.
Amadeo(14786)04 de octubre de 2020 - 09:00 p. m.
De acuerdo, en esta época de grandes desarrollos tecnológicos y saludable longevidad se debe aprovechar al máximo la experiencia, formación y conocimientos de quienes, pese a estar en la edad de jubilación quieran seguir aportando sus servicios al Estado. Lo que si debe prohibirse es la contratitis oficial de los exmagistrados, de los cuales empiezan a disfrutar, vez cumplido sus periodos.
Iván(13287)04 de octubre de 2020 - 03:50 p. m.
Con una tasa de desempleo juvenil tan alta y el innegable rendimiento laboral disminuido que tienen los mayores de 62 años con derecho a pensión, la medida resulta razonable. El autor tendría una visión distinta si intenta manejar un grupo de servidores mayores de 62, en una oficina pública con metas exigentes. Quizá en posiciones muy calificadas funcione la tesis, no en condiciones normales.
El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.