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Valdría la pena un mea culpa de Margarita Cabello, procuradora general de la Nación; Iván Duque, expresidente de la República, Juan Diego Gómez y Jennifer Arias, expresidentes del Congreso, por la retórica que utilizaron para hacer aprobar una reforma a la Procuraduría que nació con serios problemas. Se les advirtió desde distintas fuentes que no estaban cumpliendo con la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contra Colombia en el caso de la destitución del ahora presidente, Gustavo Petro, cuando era alcalde de Bogotá. Sin embargo, insistieron a toda costa en que la reforma, que lo único que hacía era robustecer al Ministerio Público, sería suficiente. Ahora, la Corte Constitucional, en una decisión confusa y también criticada, ratifica el punto central de los críticos: la Procuraduría no puede destituir a funcionarios elegidos popularmente.
Cuando el entonces presidente Duque firmó el Decreto 1851 de 2021 que aprobó la adición de 1.208 cargos a la planta de la Procuraduría General de la Nación, la Corte IDH se pronunció. Fue clara en su conclusión: “La Procuraduría continúa reteniendo la facultad de imponer sanciones de destitución e inhabilitación a funcionarios públicos democráticamente electos, contraviniendo lo previsto en dos artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”. Sin embargo, la respuesta del Estado colombiano fue la hostilidad. Arias y Gómez enviaron una carta denunciando una supuesta intromisión en asuntos internos (como si Colombia no hiciese parte de la Convención Americana). “El pronunciamiento de la Corte, en su resolución de seguimiento, de alguna manera intenta repercutir en el poder soberano que tiene todo Estado de crear sus propias leyes”, escribieron. La procuradora y el presidente siguieron celebrando la reforma.
Ahora, dos años después de expedida, la reforma queda en un limbo problemático. En un comunicado de prensa esta semana, la Corte Constitucional dijo que las “funciones jurisdiccionales que le asignó la Ley 2049 de 2021” son inconstitucionales. Y aquí empieza la parte compleja: “Se respetan las facultades constitucionales de investigación y juzgamiento disciplinario del órgano del control”, escribe la Corte, “y, por otro lado, se asegura la reserva judicial, debido a que la decisión final sobre la imposición de la sanción disciplinaria corresponde a un juez de la República”. Es decir, la Procuraduría puede seguir investigando y sancionando de manera disciplinaria, pero la decisión sobre inhabilidades o destituciones la tendrá que tomar el Consejo de Estado.
La conclusión del pronunciamiento de la Corte Constitucional es que necesitamos una nueva ley de reforma a la Procuraduría. Lo propio dijo el presidente Gustavo Petro, quien en Twitter escribió que “a ninguna persona se le pueden quitar sus derechos políticos sino por sentencia de juez penal. Este, que es el artículo 23 de la Convención Americana, debe ser acatado por el Estado colombiano. Presentaremos proyecto de ley al respecto ojalá en consenso con la actual Procuraduría”. Estamos de acuerdo. Debe haber consenso político y sentido de urgencia para que Colombia, por fin, quede a tono con sus compromisos internacionales. Nos pudimos haber evitado dar tantas vueltas con mejor voluntad desde que se conoció la sentencia de la Corte IDH contra el país.
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