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Finalmente, y como hemos repetido en este espacio, el acuerdo debe tener el aval legítimo de la sociedad: eso es la política y de eso es que se compone su esencia más pura.
Cosa más difícil es el segundo paso: volver jurídicamente válido lo que se pacte a nivel político. La pirueta legal. El paso más difícil, sin duda, porque todo esto debe hacerse en consonancia con lo que este país defiende a nivel constitucional, de derecho interno, y con los compromisos que ha adquirido a nivel internacional: todos igualmente exigibles en una eventual firma de la paz. A nivel jurídico, las cosas han cambiado y no son tan fáciles como antes: no podemos mandar a la guerrilla entera al posconflicto usando la figura del indulto. No solamente porque eso causaría un amplio malestar político (esa sociedad ahí, dividida, a la espera de un acuerdo aceptable), sino porque sería inviable con lo que Colombia ha edificado a nivel de normas superiores.
Es por eso que resulta bastante necesario analizar el debate que adelantaron la semana pasada, con la convocatoria del periódico El Tiempo, la Universidad del Rosario y la Fundación Hans Seidel, entre otros, el jefe del equipo negociador del Gobierno, Humberto de la Calle, el procurador, Alejandro Ordóñez, y el fiscal general, Eduardo Montealegre. Sorprendió De la Calle con la teoría de que había que discutir sobre la dimensión del delito político y sus delitos conexos, ya que hubo, a lo largo de estos años, y a su juicio, un vaciamiento de su contenido, dejándolo reducido —e inútil— frente a una negociación de este tipo. Juicio que, por demás, compartimos plenamente.
Aunque suene enredado, la naturaleza de esta figura es bastante sencilla: delito político es aquel que se configura, en la mayoría de los casos, cuando existe un grupo insurgente que quiere derrotar al Estado constituido. Dicho crimen es juzgado de forma más benévola que uno común. Y al haber algunas conductas prohibidas que sirvan para la consecución de dicha meta, entran por conexidad al mismo beneficio: alguien que robe para constituir un nuevo Estado debe ser juzgado de una forma más laxa que un ladrón común. Y, aparte, podrá participar en política: esa es la nuez del asunto de un proceso como este: que la guerrilla de las Farc tenga la oportunidad de cambiar las balas por las palabras. Pero límites hay en esta concesión, sin duda. No todo puede entrar por ese boquete. Ni todo es jurídicamente aceptable.
Dichos márgenes se nos antojan incuestionables: los delitos de lesa humanidad, por ejemplo, están en el límite evidente. El genocidio también. Por tanto, no se incluyen. ¿El narcotráfico? De la Calle ha dicho que sí. Sin embargo, es en estas zonas grises donde el debate debe nutrirse mucho más: por una línea de tiempo es claro que la guerrilla no nació narcotraficante, y entonces, en el nivel más lógico, suena válido que se incluya el narcotráfico en la conexidad del delito político. Pero el derecho debe ser razonable también, mucho más allá de netamente racional: ¿podría participar en política el jefe de un frente que se ha dedicado al negocio del tráfico de drogas, con su baño de sangre incluido? Bastante discutible.
Ya va siendo la hora, entonces, de llenar esa figura jurídica (una paz sin ella es inviable) teniendo en cuenta excepciones grandes y tomando como principio lo más importante: esa colaboración con la justicia (traducida en penas), verdad, reparación y garantía de no repetición. Es ahí, teniendo una visión amplia de la justicia transicional, donde podemos pensar en una participación política. Los grises, sobre todo para efectos de una paz real, merecen más discusión, porque cualquier cosa que aceptemos tiene un mensaje poderoso sobre esa sociedad nueva que queremos construir en el posconflicto. Por eso, no todo vale, pues la sola firma no es, no puede ser, la meta final.