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Un concepto discriminatorio

HAY VARIOS PROBLEMAS CON EL concepto presentado por la Procuraduría General de la Nación a la Corte Constitucional, en el marco de la tutela que busca reivindicar los derechos fundamentales de Sergio Urrego y su familia.

El Espectador
22 de agosto de 2015 - 02:32 a. m.

La argumentación del procurador —pues el documento se produjo desde su despacho, lo que demuestra su especial interés en el caso— pone en evidencia la hostilidad disimulada del funcionario hacia las libertades individuales y, sobre todo, las orientaciones sexuales diversas.

Primero, hablemos de la posición más difundida en la opinión pública: la prohibición de las manifestaciones de afecto en los colegios. Dice el procurador que ésta es constitucional pues “pretende formar a los estudiantes en virtudes propias de un ciudadano, como la moderación y el recato”. Más allá de lo anacrónica que suena esa visión de la educación, lo que olvida el Ministerio Público es que la prohibición da un amplio margen de acción a las directivas de los colegios y eso sujeta las sanciones a interpretaciones moralistas que pueden violar los ámbitos íntimos de los estudiantes. ¿Un abrazo amenaza la moderación y el recato? ¿Qué tal caminar de la mano? ¿Y un beso? ¿No se debe educar en el afecto a los jóvenes? ¿Quererse en público —y sí, en los colegios— no es una parte esencial de la vida en sociedad y de la construcción de las identidades propias? Qué bien que la Corte Constitucional, en fallo anunciado el viernes pasado, le ordenó al Ministerio de Educación modificar los manuales de convivencia que tengan esta prohibición.

Volviendo al concepto, el tema se vuelve perverso cuando se aterriza al caso de Sergio Urrego. Aunque el procurador hace un elaborado esfuerzo por torcer los hechos para respaldar su visión del mundo, es evidente que el proceso contra el joven empezó por un beso inocente con su novio. Varias declaraciones en el expediente demuestran que lo obsceno, para las directivas del colegio, era que se trataba de dos hombres. Así lo reconoció finalmente la Corte. Pero el procurador, en toda su intervención, parece ciego a la realidad sobre las orientaciones sexuales diversas, que incomodan y son perseguidas por el prejuicio.

Y ahí está el otro asunto: al jefe del Ministerio Público no le parece mal que se vea la homosexualidad como un problema que la educación puede —y pensará que debe— solucionar. Por eso, argumenta Ordóñez, el colegio hizo bien en remitir a Urrego a psicoorientación para tratar sus “inclinaciones”, y va más allá para decir que “si una institución adopta el patrimonio filosófico y moral de la Iglesia católica [...] tiene el deber de enseñar la complementariedad entre el hombre y la mujer, censurando los actos homosexuales como intrínsecamente desordenados, e invitando a las personas que los sienten al autodominio”. Eso, en castellano, quiere decir que la Procuraduría no sólo encuentra razonable considerar que el homosexualismo es una falla en la conducta, sino que justifica a los colegios que la censuren y “corrijan”.

Decir eso, señor procurador, es discriminatorio.

Así como es discriminatorio y peligroso decir que no hay ningún daño al permitir que los colegios fuercen a sus estudiantes a salir del clóset —lo que también menciona la intervención—. Los datos citados por el Ministerio Público sobre el suicidio entre personas homosexuales jóvenes están íntimamente relacionados con los prejuicios violentos que afrontan en todas partes, incluyendo sus hogares. Por eso el secreto de su orientación, incluso frente a sus familias, es un ejercicio esencial de su derecho a la intimidad (que, sí, también aplica para los menores de edad). Aunque el procurador no lo crea, son cuestiones de vida o muerte.

Finalmente, no compartimos la idea de que no se pueden reivindicar los derechos a la dignidad de alguien que ya murió. El nombre de Sergio Urrego sigue vivo, y con él su honra, que la Corte decidió proteger ordenando el grado póstumo y un monumento en su honor. Celebramos la sentencia y que el tribunal no le haya hecho juego al concepto discriminatorio del procurador.

¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a yosoyespectador@gmail.com.

Por El Espectador

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