La decisión de la Corte Constitucional sobre el caso del expresidente Álvaro Uribe Vélez es mucho más importante que los detalles particulares del escándalo que rodea al líder político. Sí, ha despertado el rechazo de los copartidarios de Uribe, quienes ven en esta decisión una entrada más para la larga lista de agravios de la justicia contra ellos. Sin embargo, lo que hizo el alto tribunal fue llenar un peligroso vacío normativo que les ofrecía un mecanismo de sabotaje de los procesos penales a todos los funcionarios con fuero investigados por la Corte Suprema de Justicia. Con las reglas claras, la tentación de renunciar a sus cargos para dilatar los casos se reduce.
En Colombia se volvió tradición mezquina. Cuando la Corte Suprema de Justicia, encargada por la Constitución de investigar los altos cargos de la nación, avanza en investigaciones contra cierto funcionario, este renuncia. Siempre alegan que lo hacen por respeto a la legitimidad de su puesto y en reconocimiento de los colombianos que los eligieron. Empero, hay un incentivo judicial que parece ser el principal determinador de sus decisiones: si renuncian al fuero, la Corte Suprema pierde competencia, su caso pasa a la justicia ordinaria y se pueden emplear tácticas para dilatar el proceso.
Uno de los problemas que genera esa práctica es formal, pero con implicaciones en la protección del derecho al debido proceso. La Corte Suprema de Justicia juzga a los aforados bajo un Código de Procedimiento Penal distinto al que emplea la justicia ordinaria. Entonces, surgía una pregunta: ¿la audiencia de indagatoria que se hace ante la Corte Suprema es equiparable a una imputación de cargos que debe hacer la Fiscalía en la justicia ordinaria?
No es una pregunta inconsecuente. Si la respuesta es que las dos audiencias son incompatibles, eso significa que todo lo actuado ante la Corte Suprema se anula. En la práctica, los procesos se alargan, la Fiscalía se congestiona y la impunidad aumenta. En cambio, si tomamos las audiencias como análogas, eso agiliza el proceso, reconoce la rigurosidad y legitimidad de la Corte Suprema de Justicia y hace que quienes hayan renunciado a sus fueros de todas maneras tengan que enfrentarse ante un juez bajo los cargos realizados por el alto tribunal.
Esta última opción fue la que adoptó la Corte Constitucional. La defensa del expresidente Uribe pretendía que todo lo actuado en su caso se borrara. Sin embargo, como explicó el magistrado Alejandro Linares, “la Corte señaló que cuando hay un cambio de sistema procesal por renuncia del fuero procesal durante la etapa de la investigación conservará validez todo lo actuado”. Es un precedente de importancia monumental que aplicará a todos los casos en los que un aforado renuncie a su cargo para caer en la justicia ordinaria.
A pesar de sus protestas, el expresidente Uribe debería sentirse tranquilo. Sus derechos procesales han sido resguardados y ya la Fiscalía pidió la preclusión del caso. Es decir que el ente encargado de acusarlo no cree que haya motivos para hacerlo. La justicia que tanto ha sido atacada en estos meses es la misma que está en vísperas de terminar su proceso. Mientras tanto, su acción de tutela sirvió para que la Corte Constitucional les enviara un mensaje a todos los aforados: lo que ocurre en la Corte Suprema de Justicia por supuesto que tiene validez.
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