El reciente fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) deja una sensación agridulce para el país. A pesar de que el grueso de los seis temas decididos merezca un optimismo como el expresado por el presidente Iván Duque, lo cierto es que la Corte concedió alguna razón a Nicaragua. Dado que aún queda otra demanda nicaragüense por definir, con implicaciones territoriales, los candidatos presidenciales deberían formular propuestas viables para hallar una solución diplomática, acorde con las normas del derecho internacional.
La decisión se deriva de las responsabilidades que asumieron las partes con respecto al cumplimiento del fallo de 2012. Les correspondía entonces a los 15 jueces determinar sobre las cuatro pretensiones formuladas por Nicaragua, así como las dos que había presentado nuestro país en la contrademanda. Una vez analizados los argumentos expuestos, la Corte desestimó la pretensión de Colombia sobre su falta de competencia para evaluar el tema, dado que nuestro país se había retirado del Pacto de Bogotá y no se podrían considerar en la Corte hechos ocurridos luego de la fecha del retiro.
En segundo lugar, se consideraron 16 incidentes en los que se vulneraron los derechos soberanos y de jurisdicción de Nicaragua en lo correspondiente a su Zona Económica Exclusiva (ZEE) derivada de los derechos adquiridos luego del fallo de 2012. Si bien es duro que se considere que hubo acciones ilegales de la Armada colombiana, lo cierto es que Nicaragua había presentado 51 incidentes y aspiraba a un pago de perjuicios, algo que no prosperó.
La CIJ consideró, además, que algunas directivas adoptadas por la Dirección Marítima de Colombia (Dimar), que pretendían reglamentar actividades de pesca en la ZEE de Nicaragua, eran contrarias a la normatividad existente. De igual manera, se determinó que la emisión o autorización de permisos por autoridades colombianas para pesca en dicha ZEE es contrario a lo establecido al respecto por el derecho internacional. Aunque sí salió beneficiado nuestro país, pues se consideró no probado que Colombia hubiera emitido permisos de exploración petrolera allí. Adicionalmente, la Corte determinó que un decreto de la administración de Juan Manuel Santos que creó una Zona Contigua Integral viola lo establecido en el derecho internacional. De acuerdo con esta circunstancia, les corresponde a los raizales que quieran ejercer la pesca artesanal tramitar el permiso correspondiente ante las autoridades nicaragüenses. La única pretensión colombiana aceptada de pleno fue la de ordenar a Nicaragua desistir en la extensión de las líneas de base rectas.
Superados los temores de algún tipo de sanción por el incumplimiento de Colombia, buena parte de las soluciones que deja planteadas este fallo van por el camino de los acuerdos bilaterales. Como lo mencionó el presidente Duque, este tipo de situaciones que atañen a la soberanía territorial forman parte de una política exterior de Estado. Sin embargo, en los últimos gobiernos ese espíritu se ha desvirtuado. La Comisión Asesora, que constitucionalmente debe cumplir la función de atender las responsabilidades internacionales, en estos últimos cuatro años ha estado permeada por los odios partidistas. El actual gobierno, ya de salida, no va a cambiar su actitud, así que le corresponderá al próximo presidente la responsabilidad de definir el mejor curso de acción frente a este tema.
Es hora de hacer un llamado a quienes esperan ocupar la Casa de Nariño para buscar caminos de entendimiento, eventualmente mediante la negociación de un nuevo tratado limítrofe con Nicaragua que atienda los intereses nacionales y permita cumplir con los fallos internacionales.
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