Fin de la película

Pablo Felipe Robledo
12 de junio de 2019 - 06:30 a. m.

En Colombia existen 10 superintendencias y miles de autoridades que ejercen funciones de inspección, vigilancia y control (policía administrativa). Van desde la Superintendencia de Industria y Comercio hasta las secretarías de salud, pasando por la Supersociedades, la Superfinanciera, el Invima o el ICA. Las hay de todos los “sabores y colores” y existen para que el Estado procure que los empresarios y las personas no defrauden el sistema económico y las reglas de buen comportamiento sectorial.

Defienden la libre competencia económica, el régimen societario, el ahorro público, la seguridad aeronáutica, el transporte, el medio ambiente, la sanidad vegetal y animal, el patrimonio cultural, la salud o a los consumidores, por citar solo algunas funciones.

Estas autoridades son imprescindibles para que las cosas funcionen en beneficio de la sociedad. Al tratarse de políticas públicas, las autoridades con mayor capacidad investigativa y poder sancionatorio están en los países más desarrollados y primermundistas.    

Por lo anterior, a quienes hemos ejercido este tipo de funciones nos sorprendió que la noche del 10 de abril la presidenta de la Corte Constitucional, Gloria Ortiz, desatinada, deshilvanada y atropellada en sus explicaciones, saliera a expresar el alcance de una supuesta sentencia que obligaría a las superintendencias a obtener orden judicial y dar aviso previo a los empresarios para poderles realizar una visita de inspección o exigirles la exhibición de un documento físico o electrónico.

Esa noche, el mundo al revés. La supuesta existencia de una sentencia concebida y destinada a favorecer a los malos de la película (empresarios sancionados), en contra de los buenos (autoridades, funcionarios y ciudadanos).

Muchas personas y medios, estupefactos, salieron a advertir lo grave que sería que la Corte Constitucional pusiera en el texto definitivo de la sentencia lo que había dicho en la rueda de prensa su confusa presidenta. Por mi parte, me pronuncié a través de fuertes trinos y una columna titulada “Me resisto a creer”.

Por fortuna para este país, sus instituciones y ciudadanos, el texto definitivo de la Sentencia C-165 de 2019, con ponencia de Alejandro Linares, resultó impecable. Dice lo que esperaba la gente correcta.

La Corte Constitucional ratificó que estas autoridades pueden hacer visitas de inspección, que no requieren ni orden judicial ni dar aviso previo, que pueden exigir la exhibición de cualquier documento en soporte físico o electrónico —tabletas, computadores, teléfonos— y que de incumplir con la obligación de exhibir documentos o negarse a ser visitado, la autoridad puede imponer millonarias multas por obstrucción.

Fin de la película: la Corte Constitucional les dijo NO a los abogados y empresas cartelistas que cantaron pública victoria sin haber esperado a que se conociera el texto definitivo de la sentencia; y les dijo SÍ a las autoridades encargadas de cuidarnos a todos y de velar por el bienestar general.

Así terminan las buenas películas.

 

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