¿Qué hacer si la policía lo/la traslada por protección?

Mauricio Albarracín
24 de mayo de 2017 - 04:10 a. m.

El viernes pasado estuve auxiliando a un amigo que fue ilegalmente detenido y maltratado en un procedimiento policial llamado traslado por protección, que es un medio de policía que autoriza a la policía a retener a una persona hasta por 12 horas si “la vida e integridad de una persona o de terceros esté en riesgo o peligro”. En ocasiones anteriores he hablado de la inconstitucionalidad de esta medida y de su uso discriminatorio, pero esta vez quiero compartir con los lectores algunas herramientas prácticas para defender los derechos constitucionales en caso de un traslado por protección que considere ilegal. 

¿Qué hacer en el primer contacto con la policía? Primero, es muy importante que siempre sea respetuoso con el patrullero que lo requiera en un procedimiento policial. Esta actitud es importante tanto por razones de principio como de consecuencia. Es obvio que debemos respetar a todos los ciudadanos y servidores públicos en razón de su dignidad. Pero existe un asunto adicional: sí en el primer contacto con la policía usted se muestra grosero o agresivo, puede crearse una situación que le dé argumentos para retenerlo. Si el patrullero es irrespetuoso o lo provoca, mantenga la serenidad en todo momento. También es importante guardar silencio y solo responder lo que el patrullero pregunta. Las discusiones con la policía no siempre tienen un buen desarrollo y cualquier palabra tiene desenlaces desconocidos por la falta de protocolos claros y bien implementados. Primeras dos recomendaciones: respeto y silencio. 

¿Qué ocurre si el patrullero le dice que lo va a trasladar por protección? Aquí la situación puede tener dos variables que no deben perderse de vista. 

Debemos ser conscientes de que la policía usa esta medida para reprimir grupos sociales estigmatizados en la ciudad. Si la persona hace parte de grupos de jóvenes, habitantes de calle, vendedores ambulantes, población LGBTI, entre otros, debemos tener presente que el riesgo de ser trasladado aumenta. Cuando uno pertenece a una población discriminada y no tiene poder frente al policía, debe ser muy inteligente al momento de la interacción con el patrullero porque sin lugar a dudas usarán todo lo que pase en la interacción en contra del ciudadano. Otro elemento que paradójicamente puede aumentar el riesgo de traslado es realizar un reclamo legal al patrullero, bien sea porque conozca el Código de Policía o la Constitución. El patrullero puede sentir que lo está tratando de ignorante o que no respeta su autoridad. Este último punto es clave para entender que el policía quiere aplicar el traslado por protección para mostrar “su autoridad” o imponer un castigo a algo que considera ilegal. 

Si lo trasladan al CAI, escriba de inmediato a un familiar o allegado un mensaje de texto contando la situación. En caso de que decida llamar, sea muy prudente e indique en qué CAI se encuentra y pida que acudan por usted. En caso de que pueda grabar el procedimiento, debe medir el riesgo porque no siempre los policías cumplen la autorización de código de grabar los procedimientos policiales y en algunas ocasiones se agrava la situación. En todo caso, si van trasladarlo al centro creado por el municipio, manifieste al policía que no está de acuerdo con el traslado y pídale que eso quede en el formato. Insisto en que es mejor mantener la calma, incluso cuando presente sus descargos. Oponer resistencia física al traslado puede generar mayores riesgos porque la policía tiene el control de la situación. En todo caso, nunca pierda la comunicación con su familiar y/o allegado. 

El patrullero entrega los trasladados a un vehículo de la policía en el cual lleva a las personas al Centro de Traslado por Protección (en Bogotá queda en la carrera 39 No. 10-75). De inmediato, informe a su familiar y/o allegado que está siendo llevado a ese lugar. Cuando llegue al centro, pida que lo asista el agente de la Personería Distrital y preséntele su argumento contra el traslado. Siempre debe mantener la calma porque en estos procedimientos la policía es muy volátil y puede alegar que la persona está agresiva. En caso de que el agente de la Personería no cese la medida, un familiar o allegado puede acudir por usted y garantizar que se hará cargo de la persona para que cese el traslado. Si una persona está tranquila y alguien más se hace cargo de ella, no debe ser traslada ni retenida bajo ninguna circunstancia. 

En caso de que sea retenido, recuerde que las mujeres y las personas LGBTI deben ser separadas en lugares diferentes al resto de los trasladados. Sus pertenencias deben ser guardadas por las autoridades de policía y entregadas cuando termine el traslado. Recuerde también que el Centro de Traslado por Protección de Bogotá ha tenido algunas adecuaciones buenas que permiten mayor control, como la existencia de cámaras y la presencia de la Personería. En caso de ser trasladado, también puede tener contacto con los funcionarios civiles de la Alcaldía que se encuentran en el centro y solicitar que cese la medida. Deben entregarle copia del formato del traslado, lo cual es muy importante para futuros reclamos. Si por desgracia tiene que cumplir una retención que usted considera ilegal, puede interponer los recursos legales correspondientes como quejas disciplinarias, acciones de tutela, entre otros. Durante el traslado, tenga presente siempre que no está detenido y que tiene todos sus derechos fundamentales en plena vigencia. 

Lamentablemente, esta medida de policía continuará y no parece que la policía ni los alcaldes estén dispuestos a tomar acciones para restringir su uso. Creo que es momento que los ciudadanos aprendamos a tener respuestas inteligentes y creativas ante los abusos de la policía que complementen la denuncia y las reformas institucionales que todavía nos deben. 

* Investigador de Dejusticia. malbarracin@dejusticia.org @malbarracin

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