Publicidad

Separados pero iguales

Rodrigo Uprimny
02 de agosto de 2015 - 02:00 a. m.

ASÍ SE LLAMÓ LA DOCTRINA DE LA Corte Suprema de Estados Unidos en el infame caso Plessy, que buscó defender lo indefendible: que la segregación racial contra los afros no violaba la igualdad. Esta referencia es útil en Colombia para la discusión sobre matrimonio de parejas del mismo sexo.

Luego de la guerra civil, Estados Unidos adoptó las enmiendas 13 y 14, que abolieron la esclavitud y consagraron expresamente el principio de igualdad. Los estados del sur, derrotados en la guerra pero deseosos de mantener la supremacía blanca, se resistieron a esas reformas consagrando legalmente la segregación racial, que implicó una separación obligada entre negros y blancos en casi todo: había colegios separados, baños separados, vagones separados, sillas separadas en buses y restaurantes: un verdadero apartheid.
 
Los afros cuestionaron esta segregación racial y en 1896 la Corte Suprema decidió un caso en donde Plessy, quien era negro, planteó que había sido discriminado por cuanto no le habían permitido entrar a un vagón para blancos, a pesar de tener el tiquete requerido. La Corte rechazó su petición y argumentó que no había discriminación por cuanto los vagones para blancos y afros eran básicamente iguales. Y argumentó que si los baños, vagones o escuelas eran materialmente iguales, entonces la segregación no implicaba discriminación, pues blancos y negros estaban “separados pero iguales”. La Corte concluyó que si los afros se sentían discriminados era un problema sicológico de ellos.
 
Esa tesis de “separados pero iguales” fue abandonada por la Corte en el igualitario fallo Brown de 1954, que señaló que la separación obligada entre razas, incluso si los servicios materiales eran iguales, era intrínsecamente discriminatoria, pues sólo tenía un propósito: expresar y perpetuar la supremacía de la mayoría blanca contra la minoría negra. 
 
Hoy en Colombia algunos defienden que las parejas del mismo sexo no pueden aspirar al matrimonio, que debe estar reservado para los heterosexuales; pero que no habría discriminación por cuanto los homosexuales podrían acceder a un contrato de “unión solemne” que les brindaría la misma protección jurídica que el matrimonio. Y que si los homosexuales se sienten discriminados, es un puro problema sicológico de ellos. 
 
Es pues la versión criolla en el campo sexual de la doctrina de “separados iguales” y con un propósito semejante: defender simbólicamente la supremacía de las mayorías heterosexuales. Pero con un agravante: que, como lo mostramos varios de quienes intervenimos en la audiencia en la Corte Constitucional el pasado jueves, no hay ningún contrato de unión solemne que pueda lograr la protección jurídica equivalente al matrimonio, con sus derechos y obligaciones. Sería entonces “separados pero desiguales”.  
 
Colombia, y en especial la Corte Constitucional, deberá entonces decidir si opta por la mentalidad segregacionista de “separados pero (des)iguales” del caso Plessy, o por el espíritu igualitario e incluyente del caso Brown.
 
 
*Director Dejusticia y profesor de la Universidad Nacional.

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar