Un Plan Nacional de Desarrollo sin Paz

Columnista invitado EE
22 de marzo de 2019 - 04:39 p. m.

La Reforma Rural Integral consagrada en el punto uno del Acuerdo Final de Paz contiene la  potencia transformadora para cerrar las brechas entre el campo y la ciudad, creando condiciones de bienestar y buen vivir para la población rural, además de ser un instrumento para la integración de las regiones, erradicar la pobreza, promover la igualdad y asegurar el pleno disfrute de los derechos de la ciudadanía. 

Desafortunadamente, el articulado del Plan de Desarrollo 2018 -2022 no sólo no le ha sido fiel a los diagnósticos de sus propias bases, sobre las cuales debían regirse las apuestas programáticas; también le es opuesto al Acuerdo de Paz.

La propuesta de Plan Nacional de Desarrollo ostenta en su título ser “Un Pacto por la equidad, y, dentro de este, de entablar un “Pacto por el desarrollo del campo”. Un pacto, como yo lo entiendo, es suscrito entre dos o más partes. Si la intención conceptual de este Plan de Desarrollo está en pactar el desarrollo social con los sectores, debería pasar inevitablemente por reconocer el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto que les da fin a 53 años de guerra, reconociendo las causas estructurales de la violencia que subyacen en la inequidad del campo. 

En esta dirección, quiero hacer referencia puntual a 5 elementos que hacen “trizas” al punto uno del Acuerdo, frente a la propuesta plasmada en el Plan de Desarrollo Nacional del Gobierno de Duque.

En primer lugar, refirámonos a la base transversal denominada “Pacto por la Sostenibilidad” con la premisa de “conservar produciendo y producir conservando”. En dicho documento, se agrupan de forma indiscriminada lo que llaman “Sectores productivos” y relacionan algunos esfuerzos que deberá hacer el Estado para incentivar a dichos sectores a mitigar su impacto sobre el medio ambiente.

Ahora bien, si se trata éste plan de un verdadero Pacto por la Equidad, un primer ejercicio sería obviamente describir la inequidad. Para ello, se debe partir por hacer mención a la diferencia entre dichos sectores (del sector agropecuario, y de las inmensas diferencias en el impacto ambiental de las actividades al interior del mismo, tales como la agroindustria, la ganadería extensiva frente a la agricultura campesina y los modos de supervivencia de grupos menos favorecidos).

Relacionan también la baja efectividad del recurso agua, y pasan por reconocer que existe un subregistro de los pasivos ambientales. ¿Creen que es posible hablar de pasivos ambientales y de impactos sin mencionar tácitamente los impactos de la gran minería? Incurren en un vacío abrumador. El tema de la conservación no es de incentivos a los gremios, ni a los empresarios para que produzcan bienes con algún tipo de reconocimiento de “sanas prácticas ambientales”. La conservación y el medio ambiente sano son bienes en sí mismos. Someterlos a la lógica constante de la producción es un error garrafal.

En segundo lugar, pasando ya al articulado del PND, quiero mencionar la problemática de acceso a tierra que en el documento de Bases del Plan reconocen, pero que no tienen ninguna materialización en los artículos del proyecto de ley que nos convoca.

Reconocen en el diagnóstico del documento que: “Solo el 37,4% de los hogares rurales tiene acceso a la tierra (DANE, 2011), y de estos hogares el 59% presenta informalidad en la propiedad. Según el III Censo Nacional Agropecuario (CNA), las Unidades de Producción Agropecuaria (UPA) de menos de 0,5 hectáreas representan el 70,4% del total de UPA y ocupan el 2,1% del área censada; en contraste, aquellas con más de 2.000 hectáreas participan con el 0,1% del total de las UPA y abarcan el 70,5% del área censada. Además, el 74% de los municipios, que cubren el 67% del área rural del país y el 63% de los predios rurales, tiene su catastro rural desactualizado”.

Frente a esta problemática, contrasta que la única mención puntual de Acceso a Tierra para población campesina sin tierra o con tierra insuficiente esté plasmada en el artículo 7 en relación al Régimen de Adjudicación en áreas de Reserva Forestal. Es decir ¿Debemos entender que la única forma de acceder a la tierra por parte de los campesinos es al exterior de la frontera agropecuaria?  ¿Y que el único esfuerzo que hará el gobierno nacional en su política pública por cumplir la carta política en su artículo 64, en la que se estipula que es deber del Estado promover el acceso progresivo a la tierra de los trabajadores agrarios, esté limitado a la legislación ambiental?

En tercer lugar, hago referencia al artículo 143 que habla de la HOJA DE RUTA ÚNICA, en el cual pretenden condensar la implementación total del Acuerdo. Si bien compartimos que exista un esfuerzo por coordinar las acciones intersectoriales en la implementación del Acuerdo Final, quiero recordarles que el carácter del 1.2 (Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial) es de antemano Territorial y de diseño comunitario.

La construcción participativa de los PDET implica que, contrario a lo que reza el artículo frente a la coordinación en los municipios PDET de las 16 regiones, no se trata de ninguna manera de someter a dichas regiones a la política de gobierno central; menos aún, a que el gobierno interprete lo que debe ser la ruta de acción para desarrollar la línea de los PDET. No. Implica que es vinculante  lo que las comunidades han venido trabajando arduamente en espacios de participación para construir los Planes de Acción para la Transformación Regional -PATR-  y que estas prioridades y estas nociones de desarrollo territorial de las comunidades son el eje rector para el diseño de políticas pública; y por tanto, de la acción del Estado para su cumplimiento.

 Además, nos preocupa, lo que se plasma desde el Artículo 60 hasta el artículo 63 en relación al Catastro Nacional. En el artículo 60, “NATURALEZA Y ORGANIZACIÓN DE LA GESTIÓN CATASTRAL”, se excluye la naturaleza reciente de los objetivos de construir un catastro multipropósito y articular esfuerzos desde la institucionalidad (IGAC, DNP, ANT, SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO) para unificar criterios y actualizar el catastro nacional pasando por la solución de conflictos de usos del suelo, y, en últimas, cumpliendo también lo que estipula el 1.1.9. “formación y actualización del catastro e impuesto predial rural”.

Preocupa también, que a este respecto no proyecte el PND el seguimiento que hará a los Pilotos de Catastro Multipropósito, a la construcción de Planes de Ordenamiento Territorial Modernos, ni la continuidad que se les  debe dar a las políticas de Estado frente al desarrollo rural, que ineludiblemente pasa por el catastro.  Habilita también unos gestores catastrales, que pueden ser privados, para articular las acciones y consolidar la información de los territorios; algo que ya es riesgoso por la amplia presencia de operadores privados que han estado a cargo de implementar los pilotos y que a la postre, no responden como agentes públicos por los escasos resultados de su gestión.

En relación al rol que de la Agencia de Tierras en el artículo 63  y que compartimos, desde luego, frente a la gestión de información catastral recogida en el marco de sus competencias: ¿Estamos de acuerdo con que la única mención que tenga la ANT, pilar del acceso a tierras del Acuerdo Final, esté limitada en el plan de desarrollo a este punto? ¿No debemos esperar que la política pública estipule en este Plan lo que le competerá a la Agencia frente al ejercicio de nutrir el Fondo de Tierras?

Por último, y haciendo hincapié en la Reforma Rural integral, quiero insistir en que ésta no se limita a políticas de corte agropecuario o políticas de tierras que tanto resquemor causan entre la clase dirigente: es una reforma que abarca todos los sectores para el bienestar de la población rural: la salud, la infraestructura, los servicios domiciliarios (electrificación) y desde luego la educación. Para ello, hay consignados en el 1.3 lo que llamamos los Planes Nacionales para la RRI.  Por ende, se deberían consignar de forma clara y comprometida: Un Plan Nacional de Vías Terciarias; un Plan Nacional de Riego, un Plan Nacional de Electrificación Rural, aunado a un Plan Nacional de Conectividad Rural, un Plan Nacional para el fomento de la Economía Solidaria, un Plan de Vivienda Rural, un Plan de Agua Potable,  un Plan Nacional de Salud Rural y un Plan Nacional de Educación Rural. Nada de lo anterior está consignado dentro de lo que este Plan de Desarrollo plasma. Por ello mismo, es de esperarse que dichos Planes, con los objetivos plasmados ya en el Acuerdo Final estén proyectados en las distintas políticas sectoriales.

Quiero aprovechar para hacer una invitación abierta, para que con el Gobierno Nacional y con los parlamentarios que hacen frente a esta política podamos encontrarnos. Entiendo que bajo el modelo económico que los rige exista el interés de hacer a los habitantes del país más productivos, y de optimizar sus capacidades para cumplir tal fin. Pero para llegar a ello, es innegable que antes debemos pasar por la misión de DIGNIFICAR a la población. Garantizar su acceso a los derechos fundamentales de los que hoy en gran medida están privados.

Para asegurar el bienestar de las futuras generaciones debemos encontrarnos en la misión de que el Acuerdo Final de Paz sea una herramienta real para transformar las vulnerabilidades de nuestros connacionales, y para hacerlo, necesitamos entablar un diálogo constante con las organizaciones sociales, con la sociedad civil y con los sectores.   Pero no dialogar por dialogar. Como alguna vez le oí a alguien de una Misión de Paz se trata de” Dialogar para acordar, acordar para cumplir, y cumplir para transformar".

 

*Pablo Catatumbo, senador del Partido Farc

 

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