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El Consejo Nacional Electoral (CNE) respondió a una consulta de Cambio Radical sobre el uso de los medios de comunicación del Estado para los partidos políticos declarados en oposición. Esa colectividad, en cabeza de su director, Germán Córdoba, le pidió al ente garantizar que el derecho a la réplica de las alocuciones presidenciales también incluyera los medios digitales de la Presidencia y los ministerios, particularmente las redes sociales de esas entidades del Ejecutivo.
Según Córdoba, la petición se sustentó en que, actualmente, el presidente Gustavo Petro no se limita a emitir sus alocuciones en televisión, sino que también hace uso de las plataformas digitales. El debate se produjo justo en medio de la polémica por las transmisiones de la Presidencia de los consejos de ministros y discursos repetidos del jefe de Estado, los cuales ya han motivado numerosas actuaciones judiciales para intentar frenar esas decisiones del Gobierno.
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Tras hacer varias consultas a las altas cortes y las entidades encargadas de manejar y vigilar los medios de comunicación públicos, el CNE le respondió a Cambio Radical que no se puede considerar a las redes sociales y las páginas web como parte de ese grupo, esto porque no se trata de medios sino de herramientas “diseñadas exclusivamente para la difusión de información institucional y el fortalecimiento de la transparencia gubernamental”.
“A pesar de que las redes sociales son medios de comunicación masiva, como lo ha establecido la Corte Constitucional y el Estado colombiano puede utilizarlas como un canal para la difusión de información oficial, esto no significa que sean medios de comunicación social estatales, ya que no son propiedad del Estado ni están bajo su control, regulación ni financiamiento”, señaló la autoridad electoral en un oficio firmado este 20 de marzo.
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Entre los argumentos del organismo también se estableció que las cuentas en redes sociales, si bien son gestionadas por los gobiernos, no son propiedad del Estado en sí, pues pertenecen a plataformas privadas como Facebook o X. “Aunque estas instituciones públicas crean y administran las cuentas para difundir información oficial y comunicarse con la ciudadanía, la propiedad y el control de las plataformas son de las empresas que las desarrollan y operan”, se lee en la decisión del CNE.
Así las cosas, la Sala Plena del ente aclaró que el derecho de réplica de las organizaciones políticas en oposición no debe ejercerse en las redes sociales del Gobierno, sino en los medios de comunicación del Estado; es decir, los canales de televisión y emisoras públicas o que hacen uso del espectro electromagnético.
“El derecho de réplica no implica intervenir en los canales del emisor original, sino garantizar acceso a espacios con alcance similar, con el objetivo de controvertir tergiversaciones o ataques proferidos por miembros del gobierno. Aplicando este criterio, las redes oficiales del gobierno no pueden considerarse un foro obligatorio para la réplica opositora si existen otros medios estatales que cumplen con este propósito”, aclaró el tribunal electoral.
Sin embargo, la oposición insistirá que el presidente no puede realizar alocuciones por cualquier tema, sino que debe tratar asuntos de interés nacional y no divulgar información sensible de los consejos de ministros. Así mismo, intentará, a través de las tutelas, frenar las transmisiones argumentando que se trata de una posible violación al derecho de los colombianos a la información.
Decisión del CNE sobre réplicas de Cambio Radical a alocuciones de Petro
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