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                                                                                                                              Buscan que paramilitares acudan a la JEP en calidad de “testigos comparecientes”

                                                                                                                              El proyecto, radicado por el senador Roy Barreas, pretende habilitar en la Ley de Justicia y Paz que los paramilitares puedan llegar a la JEP y recibir beneficios a cambios de verdad.

                                                                                                                              En los expedientes de Justicia y Paz reposan más de 400 casos de empresarios que financiaron grupos paramilitares en el conflicto armado.
                                                                                                                              Foto: archivo

                                                                                                                              El senador Roy Barreras, del Partido de la U, radicó este martes un proyecto de ley que buscará habilitar que quienes fueron miembros de grupos paramilitares puedan acudir a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y a la Comisión de la Verdad en calidad de “testigos comparecientes”, para que puedan aportar información que permita la reparación a las víctimas y la clarificación de los hechos.

                                                                                                                              La radicación de esta iniciativa se da ad portas de la posible llegada al país de los exjefes paramilitares Salvatore Mancuso y Rodrigo Tovar Pupo, conocido como Jorge 40.

                                                                                                                              La intención es agregar incisos y artículos a la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005) para “garantizar el derecho integral a la verdad de las víctimas del conflicto armado interno en Colombia estableciendo un mecanismo de articulación entre el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición y el proceso de reincorporación previsto en la Ley 975 de 2005”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Uno de los artículos propone que los desmovilizados de grupos armados al margen de la ley puedan acceder al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de no Repetición y, si su testimonio es eficaz frente al esclarecimiento de la verdad o la determinación de responsabilidades en violaciones de derechos humanos “podrán obtener los beneficios jurídicos adicionales contemplados” en dicho sistema.

                                                                                                                              “Por una sola vez, de forma voluntaria, los miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley, postulados mediante el mecanismo previsto en esta ley, que, por razones de fuerza mayor, tengan conductas pendientes por esclarecer, relacionadas con la pertenencia a estos grupos”, dice otro artículo del texto.

                                                                                                                              También se hace la claridad que la participación de estas personas en el sistema “en ningún caso se considerarán un recurso de carácter judicial, utilizado para debatir asuntos propios del proceso adelantado en el ámbito de esta ley”.

                                                                                                                              Por otra parte, indica, en cuanto a los beneficios por la comparecencia, que “la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas expedirá un certificado de cumplimiento, que deberá ser presentado ante la Sala competente del Tribunal Superior de Distrito Judicial, que determinará los beneficios a aplicar, con base en las sanciones propias del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              “El vacío normativo existente en relación con la comparecencia de los ex miembros de las organizaciones paramilitares ante la JEP, debe ser resuelto por el legislador colombiano, para fijar con base en el principio de seguridad jurídica, los elementos específicos que deben acompañar la solicitud de comparecencia ante la JEP”, es una de las conclusiones del documento.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              En los expedientes de Justicia y Paz reposan más de 400 casos de empresarios que financiaron grupos paramilitares en el conflicto armado.
                                                                                                                              Foto: archivo

                                                                                                                              El senador Roy Barreras, del Partido de la U, radicó este martes un proyecto de ley que buscará habilitar que quienes fueron miembros de grupos paramilitares puedan acudir a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y a la Comisión de la Verdad en calidad de “testigos comparecientes”, para que puedan aportar información que permita la reparación a las víctimas y la clarificación de los hechos.

                                                                                                                              La radicación de esta iniciativa se da ad portas de la posible llegada al país de los exjefes paramilitares Salvatore Mancuso y Rodrigo Tovar Pupo, conocido como Jorge 40.

                                                                                                                              La intención es agregar incisos y artículos a la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005) para “garantizar el derecho integral a la verdad de las víctimas del conflicto armado interno en Colombia estableciendo un mecanismo de articulación entre el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición y el proceso de reincorporación previsto en la Ley 975 de 2005”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Uno de los artículos propone que los desmovilizados de grupos armados al margen de la ley puedan acceder al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de no Repetición y, si su testimonio es eficaz frente al esclarecimiento de la verdad o la determinación de responsabilidades en violaciones de derechos humanos “podrán obtener los beneficios jurídicos adicionales contemplados” en dicho sistema.

                                                                                                                              “Por una sola vez, de forma voluntaria, los miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley, postulados mediante el mecanismo previsto en esta ley, que, por razones de fuerza mayor, tengan conductas pendientes por esclarecer, relacionadas con la pertenencia a estos grupos”, dice otro artículo del texto.

                                                                                                                              También se hace la claridad que la participación de estas personas en el sistema “en ningún caso se considerarán un recurso de carácter judicial, utilizado para debatir asuntos propios del proceso adelantado en el ámbito de esta ley”.

                                                                                                                              Por otra parte, indica, en cuanto a los beneficios por la comparecencia, que “la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas expedirá un certificado de cumplimiento, que deberá ser presentado ante la Sala competente del Tribunal Superior de Distrito Judicial, que determinará los beneficios a aplicar, con base en las sanciones propias del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              “El vacío normativo existente en relación con la comparecencia de los ex miembros de las organizaciones paramilitares ante la JEP, debe ser resuelto por el legislador colombiano, para fijar con base en el principio de seguridad jurídica, los elementos específicos que deben acompañar la solicitud de comparecencia ante la JEP”, es una de las conclusiones del documento.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Ver todas las noticias
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