Colombia pone tatequieto a importación y exportación de asbesto

El Gobierno Nacional dio desarrollo a la Ley Ana Cecilia Niña, promulgada en 2019, que prohibió a partir del 1 de enero de 2021 el uso del asbesto en el territorio nacional.

17 de abril de 2021 - 08:05 p. m.
El asbesto en Colombia se utilizaba, entre otras, para elaborar tejas. Algunos médicos han insistido que se trata de un material cancerígeno. / Wikimedia
El asbesto en Colombia se utilizaba, entre otras, para elaborar tejas. Algunos médicos han insistido que se trata de un material cancerígeno. / Wikimedia

Si bien en julio de 2019 el Congreso aprobó la ley que prohíbe el uso del asbesto en el territorio nacional, solo hasta este sábado –pasados casi dos años– el Gobierno Nacional expidió un decreto que da desarrollo a la norma y que prohíbe la importación y exportación de asbesto.

En contexto: La prohibición del asbesto se convierte en ley

Según explicó el presidente Iván Duque, se trata de una medida ideada de manera conjunta con el Ministerio de Comercio para proteger la vida y la salud no solo de los trabajadores, sino de los colombianos en general.

La ley promulgada hace dos años se denominó Ana Cecilia Niña, una mujer que se convirtió en el rostro de las víctimas mortales del asbesto. La iniciativa prohíbe la producción y utilización de estos productos, y estableció que desde el 1° de enero de 2021 no se pueden instalar y utilizar, a pesar de que se hayan importado antes de la vigencia.

De acuerdo con el Ejecutivo, el recién aprobado decreto aplica a toda persona natural o jurídica, de naturaleza pública o privada, nacional o extranjera, que realice actividades de importación o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con este elaborados, hacia o desde y dentro del territorio nacional.

“En la norma se señala que las autoridades administrativas y de control deberán actuar dentro del ámbito de sus competencias para controlar y coadyuvar a que las actividades prohibidas relacionadas con cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados no ocurran en el territorio nacional”, explicó el Gobierno.

En el Decreto también se establece que el asbesto y los productos elaborados que hayan sido importados e instalados antes del enero de 2021 serán objeto de la política pública de sustitución.

Por lo tanto, a partir de esa fecha no podrán instalarse y utilizarse dichos materiales, aun cuando hayan sido importados, embarcados e ingresados a zona franca con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto.

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samuel(77552)17 de abril de 2021 - 11:09 p. m.
2 añitos para firmar el Decreto. Eso se llama el poder del Lobby.
hugo(70179)17 de abril de 2021 - 11:28 p. m.
Casi no pueden con el cartel mafioso del asbesto en Colombia
Sergio(jp3dw)17 de abril de 2021 - 08:47 p. m.
cuando lei el titular pense que estaba leyendo otro medio. El vocabularion formal es bonito, mas explicativo, educa y es mas elegante. No caigan en la trampa de otros medios con titulares descuidados...intencionalmente
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