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Consensos y pendientes de la Constitución de 1991

Un repaso en torno a 14 temas claves de la Carta Magna, dentro de la pluralidad de propuestas que acompañaron el debate democrático.

Gustavo Zafra
03 de julio de 2021 - 02:00 a. m.
Gustavo Zafra fue uno de los delegatarios del Partido Liberal.
Gustavo Zafra fue uno de los delegatarios del Partido Liberal.
Foto: Archivo

La Asamblea Constituyente de 1991 hizo grandes esfuerzos para llegar a consensos básicos dentro de la pluralidad de propuestas que acompañaron el debate. Sea la oportunidad de agradecer a El Espectador, que alimentó el tema con los trabajos geográficos de Alberto Mendoza; a Fescol, que apoyó el discurso municipalista de democracia local; al PNUD, en su discurso descentralista; al PDI, en sus prudentes avances de planeación por colaboración; a la Federación de Municipios, a la ONIC, a Procomún, al CIDER, al Iepri, a Quirama, al Corpes-Atlántico, al movimiento afrocolombiano y a los académicos que participaron en la misión Wiesner-Bird, distintas fuentes que nutrieron el resultado final de la constitución de las autonomías y la descentralización, entendida esta como proceso de largo aliento.

Resumo los consensos así:

1) Existencia de tres niveles de gobierno y no de administración, con autoridades elegidas democráticamente, en elecciones separadas en el tiempo para respetar el concepto de democracias locales, regionales y nacionales. (artículo 287 de la Constitución).

2) Estado Social de Derecho con autonomía competencial, constitucional y tributaria de las entidades territoriales nacional, intermedia y local, que la ley puede regular, pero no desconocer.

3) Derecho constitucional fundamental de las entidades territoriales, hoy departamentos, distritos, municipios y entidades territoriales indígenas, a la participación en los ingresos corrientes del presupuesto nacional (artículos 286 y 287 de la Constitución). Esta garantía institucional, que se complementa con la participación en el sistema de regalías, no es dádiva del Estado nacional, sino derecho fundamental del sistema autonómico.

4) Este acuerdo fundamental no excluye que, cuando el control del Estado sobre el territorio lo permita, con los ajustes constitucionales y legales se llegue a un Estado regional ideal de una Colombia en paz, manteniendo tres niveles de gobierno y no la superposición numerosa de entidades que dificultan la verdadera gobernanza.

5) En un Estado Social de Derecho que acepta una economía social de mercado es necesario que los derechos sociales y económicos a la salud, la educación, el agua potable, el saneamiento ambiental, la vivienda y el empleo se garanticen aplicando los principios de concurrencia, coordinación y subsidiariedad, entre los distintos niveles de gobierno.

6) Los artículos 302 y 320 de la Constitución permiten graduar el ritmo de la descentralización, atendiendo a la capacidad institucional de los distintos municipios y departamentos, sin necesidad de uniformar con la misma regulación a todos. Es necesario que en este tema las entidades nacionales y la territoriales sean más imaginativas. Un par de ejemplos: Antioquia puede manejar las competencias educativas y el Valle del Cauca las competencias en salud pública.

7) El principio de buena fe constitucional debe respetarse. No descentralizar funciones sin descentralizar recursos.

8) El caso especial del Distrito Capital de Bogotá debe mantenerse y consolidarse con el blindaje constitucional que la ha convertido, con la colaboración de todas las administraciones, en el modelo de autonomía competencial, de gobierno, financiero y tributario.

Sus proyectos de ciudad-región, que respetan las identidades políticas territoriales de los distintos entes que voluntariamente la conformarán, armonizan con el espíritu de la Constitución de 1991. Por ello, los proyectos del metro, el tren regional, el aeropuerto internacional como posible zona de frontera aérea con tratamiento especial, convertirían a la capital en la cuarta gran megalópolis de América Latina.

Para cuidar Bogotá Distrito Capital debemos ser muy prudentes en propuestas bien intencionadas, pero ingenuas de unificación de calendarios electorales. Recordemos el 19 de abril de 1970 como una experiencia traumática de la democracia con las elecciones unificadas. Y recordemos el caso de Caracas, donde elecciones directas de alcaldes de sus localidades la hacen ingobernable para el alcalde metropolitano.

9) La recuperación de la calidad de vida ambiental es un norte de toda la sociedad colombiana, hoy amenazada por la pandemia. Los avances valientes de la Corte Constitucional declarando nuestros principales ríos sujetos de derechos, estableciendo la protección de los páramos y la apuesta gradual por las energías renovables, muestran la dirección correcta.

10) Nuevamente la idea de una transición prudente es necesaria. Nuestra excesiva dependencia fiscal de los recursos fósiles y una economía todavía primaria hacen muy difíciles políticas radicales de reconversión.

11) La oportunidad de abrir el camino a las energías solares, eólicas y de hidrógeno deben transitarse simultáneamente con las exigencias de la Corte Constitucional para la explotación de los recursos fósiles del subsuelo, en el marco de los acuerdos internacionales que nos obligan.

12) La adecuación de los planes de desarrollo territoriales a los nacionales puede hacerse en los debates de los proyectos de presupuesto, sin necesidad de unificar elecciones. Bastan los ajustes en las leyes orgánicas de planeación y presupuesto que ya lo han permitido.

13) En el tema de policía y convivencia ciudadana, sería importante volver a estudiar la propuesta que presentó en el año 1983 el entonces director de la Policía Nacional, general Óscar Naranjo, anticipándose a lo que aprobamos en la Constituyente: la policía como una fuerza pública civil y no militar. Un departamento administrativo técnico civil es mejor fórmula que la actual de tenerla en el Ministerio de Defensa, que es un hecho notorio que no ha funcionado adecuadamente.

14) En los temas de conectividad y espectro, se requiere que el Estado aplique las normas de los artículos 75 y 101 de la Constitución. Siglo XXI: soberanía es conectividad.

* Exconstituyente.

Por Gustavo Zafra

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Hugo(14000)03 de julio de 2021 - 02:04 p. m.
los constituyentes,elegidos por solo el 26% del censo electoral no fueron precisamente,en promedio,unos cerebros brillantes.Algunos de ellos tratan de mostrar algunas de sus formalidades como cambios geniales .Lo cierto es que aún con esa Carta,Colombia es uno de los países mas desiguales,violentos,corruptos y pobres del mundo.
laura(pbmbo)03 de julio de 2021 - 08:15 a. m.
Tras la caída de la URSS ajustar las constituciones en diversos países era la orden gringa para que su neoliberalismo echara a rodar sin tropiezos. La colombiana fue una más. Su núcleo fundamental: ultraconcentracion de los 3 poderes en manos de un solo esbirro (el presidente de la República) y flexibilización laboral. Luego ocultas este veneno dentro del dulce: derechos que al final te violaran
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