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Secretario del Senado explica el paso a paso de la consulta popular que busca Petro

El secretario del Senado, Diego González, expone cuáles son los tiempos que tiene el Senado para responder a la próxima solicitud del gobierno del presidente Gustavo Petro frente a la consulta popular para las reformas sociales. También cuenta cuántos votos se requerirían en las urnas para que este mecanismo tenga validez.

12 de marzo de 2025 - 04:50 p. m.
Nuevo secretario del Senado de la República
Nuevo secretario del Senado de la República
Foto: El Espectador - José Vargas
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¿Qué es una consulta popular?

Es un mecanismo de participación ciudadana que está contemplado en la Constitución Política de nuestro país. El presidente hace una pregunta de carácter general para que el pueblo se pronuncie y solo se puede responder sí o no.

El procedimiento para la consulta popular está principalmente reglado en dos leyes, además de la Constitución Política, la ley 134 del 94 que es el estatuto de participación ciudadana y la ley 1757 de 2015, que habla sobre fortalecimiento de la democracia participativa.

¿Cuál es el proceso una vez llegue al Congreso?

Lo primero es que el presidente redacta una solicitud de consulta popular que tiene que ser clara y contener los temas, la pregunta o las preguntas que someten a votación y segundo una justificación que explique por qué esto es un tema de trascendencia nacional.

Este se envía al Senado para que, dentro de los veinte días siguientes, emita concepto favorable. Por decisión de mayoría de sus miembros, el Senado podrá prorrogar este plazo en diez días más

Hablemos de los tiempos. ¿Cuánto puede tomar este procedimiento?

Esos tiempos están reglados en la ley. Lo establece el artículo 53 de la ley, 134, y señala expresamente que una vez el presidente envíe el texto para discusión del Senado, este debe pronunciarse dentro de los 20 días siguientes, que podrían prorrogarse por 10 días más. Es decir, serían máximo serían 30 días para pronunciarse.

¿Y de ahí ir a las urnas cuánto tardaría?

Frente a lo que es la votación de la consulta popular, establece el artículo 54 de la misma ley que se debe hacer dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha de pronunciamiento del Congreso. Estamos entonces hablando de un proceso entre cuatro y seis meses.

¿Cuántos votos se necesitarían para que la consulta tenga validez?

Lo primero es que la participación requiere, por lo menos, la tercera parte del censo electoral vigente, que para 2025 es de más de 40 millones. Se necesitaría que un mínimo de 13.6 millones salgan a votar.

Si se pone en consideración que esta consulta no se haría en época de elecciones al Congreso ni de Presidencia, sino antes, se tendría que analizar qué tantas posibilidades hay de que una cantidad similar a los 13 millones salga a votar.

Si se alcanza el umbral de votación y el electorado decide que sí deberían hacerse las reformas, ¿qué papel tendría el Congreso?

En el hipotético caso que se decida que sí, el órgano competente de proferir una ley y tomar las medidas correspondientes es el Congreso. Eso tiene unos términos consagrados en la ley, que habla de que se haga dentro del mismo período de sesiones y a más tarde en el periodo siguiente.

¿Qué pasaría si el Congreso se resiste a proferir leyes frente a las reformas sociales del presidente?

Si el Congreso no expide la ley o no se pronuncia sobre el tema, el presidente, en un plazo que establece la ley, que es de tres meses siguientes a esto, adoptará la medida y eso tendrá que hacerlo con las herramientas que tiene todo gobierno, que sería un decreto con fuerza de ley.

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enriqueparra1978(84821)12 de marzo de 2025 - 10:36 p. m.
Los días de la democracia son aquellos en que el pueblo participa y lo hace mayoritariamente. Lo demás es plutocracia o gobierno de los ricos, que no votan ni salen a las calles. Ellos todo lo resuelven en un campo de golf, o en un almuerzo secreto o una comida glamorosa. El pueblo sufre. el pueblo sale a votar, y a decir en qué se deben gastar los dineros públicos.
Chucho(73524)12 de marzo de 2025 - 07:55 p. m.
Totalmente de cuerdo con la consulta popular pospuesta por el presidente, toda vez que aquella tiene su asiento en la Constitución y la ley 134 de/94 y otras normas complementarias, ahora porque esta iniciativa, porque es la única herramientas legal para que le sean aprobadas las reformas, las cuales van encaminadas al bienestar de las clases menos favorecidas que esto es lo que le incomoda a la oposición.
Óscar Ardila(22193)12 de marzo de 2025 - 07:46 p. m.
Lo difícil es la cantidad de votos que se necesitan. Otro reto es la pedagogía. Porque ya vimos el temor que infundió el uberrimo en el plebiscito por la paz
DerechaPorSiempre(yq0ls)12 de marzo de 2025 - 06:26 p. m.
El presidente hace una pregunta de carácter general para que el pueblo se pronuncie y solo se puede responder sí o no. Pregunta: quiere usted que el Sr Presidente continúe ? SI NO
LEFR(9389)12 de marzo de 2025 - 05:26 p. m.
Bueno pero imagino que serán varias preguntas porque ahora no saldrán con el cuento que la única pregunta sea: Que se aprueben las reformas si o no. Si quieren el voto del pueblo que lo hagan entre otras que pregunte si quieren que gustavo siga gobernando o si por el contrario que debe renunciar al finalizar el conteo y llamar a elecciones anticipadas. Eso si sería democracia.
  • Pedro Juan Aristizábal Hoyos(86870)12 de marzo de 2025 - 05:40 p. m.
    Eso es intolerancia. Uribista promedio
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