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Así va el pulso entre el Gobierno y el Congreso por concepto de la consulta popular

El presidente Gustavo Petro insistió en que, de acuerdo con la ley, puede decretar el llamado a urnas sin la aprobación del Congreso, esto por un posible vicio en la primera votación de la plenaria del Senado. Desde la mesa directiva de la corporación aseguran que la decisión fue legal.

Redacción Política

28 de mayo de 2025 - 09:10 a. m.
El presidente aseguró que tiene potestades legales para decretar la consulta popular.
Foto: EFE - Presidencia de Colombia
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El presidente Gustavo Petro reiteró este miércoles en su cuenta de X que tiene facultades legales para decretar la consulta popular si la plenaria del Senado no se pronuncia. Desde el Capitolio, en contraste, hay varias voces que aseguran que el presidente no tiene dicha potestad y que estaría “usurpando” funciones del Legislativo.

Petro mencionó en un trino que, a pesar de lo que “afirma la prensa”, desde su rol como jefe de Estado puede decretar la consulta popular —con cuatro preguntas nuevas— si la cámara alta no se pronuncia sobre el concepto.

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“Al provocar un vicio de forma: no leer antes de la votación, mi solicitud de concepto previo, y el texto de las preguntas presentadas al senado, ordenada por la ley quinta, del reglamento del Congreso, hoy no existe concepto previo (...) Estamos expectantes ante las decisiones de la plenaria del senado, de la que esperamos acompase el texto que se apruebe, de una vez, con la respuesta a las preguntas de la consulta popular”, dijo el mandatario.

Asimismo, el presidente mencionó que —por el momento y debido a un error del presidente del Senado, Efraín Cepeda— la plenaria del Senado todavía no se ha pronunciado al respecto. “Aun el senado, por error de su presidente, no ha emitido concepto previo”, agregó.

La Secretaría del Senado, en cabeza de Diego González, aseguró que la solicitud fue debidamente tramitada y luego negada por la plenaria, por lo que no habría espacio a los reclamos. Sin embargo, también este miércoles, el ministro del Interior, Armando Benedetti, dijo que en la respuesta del secretario está la “prueba reina” de su planteamiento.

“En la tercera página el secretario del Senado admite que no leyó la proposición antes de la votación de la Consulta Popular, porque nunca hubo proposición que definiera la voluntad del Senado para pronunciarse sobre la Consulta. Entonces, ¿qué votaron?“, señaló el ministro.

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El debate escaló este martes cuando la representante de la Alianza Verde Katherine Miranda mencionó que habló con la Corte Constitucional y les preguntó acerca de la posibilidad de que el Gobierno pueda volver a presentar la consulta y si el presidente podía decretarla.

Según la congresista, desde la Corte le habrían respondido que “el Gobierno no puede insistir en las mismas preguntas ni, mucho menos, imponerlas por decreto de forma dictatorial”.

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A esto, el ministro del Interior, Armando Benedetti, le respondió con un trino en el cual menciona que el alto tribunal “se expresa a través de fallos de constitucionalidad en su sala plena, no a través de la auxiliar de la auxiliar de la auxiliar 2 de la relatoría”.

La Corte sacó un comunicado en el que asegura que “no ejerce funciones consultivas, no resuelve consultas ni emite opiniones de ninguna naturaleza”. También mencionó que hubo una “extralimitación” en las funciones de una servidora judicial de la Relatoría de la Corte. Asimismo, confirmó que hará una revisión de los procedimientos internos y alertará a las autoridades disciplinarias competentes para que se adelanten las investigaciones correspondientes.

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Cabe anotar que todo este debate jurídico empezó cuando Benedetti anunció en rueda de prensa el martes por la mañana que si para el próximo 1 de junio el Senado “no se ha pronunciado sobre la primera consulta”, entonces el Gobierno “llamará a elecciones”.

“El Senado no se pronunció. Votaron sin haber leído lo que iban a votar. La Ley Quinta dice que todo lo que se vaya a votar debe leerse primero y no se leyó absolutamente nada, luego nosotros podemos convocar a la consulta si el Senado no se ha pronunciado”, aseguró la cabeza da la cartera de la política.

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A esto, el presidente de la cámara alta consideró que la declaración de Benedetti “representa un grave atentado contra el Estado de Derecho y la separación de poderes”. En esa línea, precisó que si el jefe de Estado llegara a convocar la consulta por decreto, lo que calificó de “inconstitucional”, recurrirán “a las instancias judiciales competentes para salvaguardar la democracia”.

El Espectador consultó con expertos en derecho constitucional sobre esta situación. De acuerdo a la información que otorgaron, la consulta no se podría convocar por decreto porque se trata de una figura que solo cobijaba a las consultas de iniciativa ciudadana. Cuando el presidente convoca una consulta popular, de acuerdo a los expertos consultados, es obligatorio el pronunciamiento favorable del Senado.

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