Debate: ¿reconocer o no la vida desde la concepción?
La Comisión Primera del Senado comenzó la discusión de un proyecto que busca modificar dos artículos del Código Civil para reconocer como sujeto de derechos al no nacido desde la unión del óvulo y el espermatozoide. Esto dicen las expertas.
Mientras en Argentina el presidente Alberto Fernández radicó esta semana ante la Cámara de Diputados el proyecto para despenalizar y legalizar el aborto, en Colombia, precisamente la Comisión Primera de Senado, debatió una iniciativa que a ojos de expertas y colectivas feministas abriría la puerta a un retroceso en materia de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres que la Corte Constitucional ha reconocido, a diferencia del Legislativo.
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Mientras en Argentina el presidente Alberto Fernández radicó esta semana ante la Cámara de Diputados el proyecto para despenalizar y legalizar el aborto, en Colombia, precisamente la Comisión Primera de Senado, debatió una iniciativa que a ojos de expertas y colectivas feministas abriría la puerta a un retroceso en materia de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres que la Corte Constitucional ha reconocido, a diferencia del Legislativo.
La discusión, dividida entre quienes pedían su archivo y los defensores de reconocer la vida desde la concepción, llevó a que se acordara continuar con la agenda y citar a un foro para escuchar diferentes voces que nutrieran el proyecto que, de fondo, despierta suspicacias sobre si esta iniciativa es un intento de la autonombrada bancada provida de ir en contravía de las ya reglamentadas causales para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y de los métodos anticonceptivos, pese a que ellos lo nieguen. “Desinforman cuando dicen que estamos promoviendo una propuesta contra el aborto y la planificación. No estoy tocando el Código Penal, solo buscamos que la ley reconozca que la vida exista desde la unión del óvulo y el espermatozoide. Ya la Corte hará sus interpretaciones cuando se haga el examen constitucional”, insistió la autora, la senadora Esperanza Andrade.
Y hay que mencionar a Argentina, porque uno de los marcos normativos que se citan como justificación para presentar dicho proyecto es la Convención Americana de Derechos Humanos, la misma que convoca Andrade (Partido Conservador) para presentar su iniciativa, que lo que haría es modificar los artículos 90 y 93 del Código Civil de 1873. Y sí, el artículo 4.1 de este compromiso suscrito por los países mencionados dice textualmente que “toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción”, sin embargo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sentado jurisprudencia respecto a este punto.
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“La única que puede interpretar la Convención es la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y esta ha hecho un ejercicio para entender los alcances del artículo 4.1, y lo hizo en el caso de Artavia Murillo contra Costa Rica, diciendo que este no implica necesariamente una protección absoluta de la vida desde la concepción”, explicó Cristina Rosero, asesora legal del Centro de Derechos Reproductivos. La principal consideración de la sentencia, proferida por un pleito que se emprendió para que Costa Rica les confiera a las familias su derecho a acceder a métodos de fecundación in vitro, es el reconocimiento que la salvaguardia “del derecho a la vida es gradual y no absoluto, y que la protección del embrión se realiza a través de la mujer embarazada y no por encima de ella”, resumieron las chilenas Marina Casas y Gabriela Cabezas.
En otras palabras, dicho reconocimiento se puede hacer sin que esto sobrepase los derechos de la persona embarazada. “La misma Corte Constitucional se ha pronunciado aceptando este criterio y reconociendo que Colombia tiene esa misma posición”, recordó Rosero. Y bajo este entendido, organizaciones como el Centro de Derechos Reproductivos, la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, entre otras, no desligan esta iniciativa con la jurisprudencia y normativa que hay en la actualidad con todo el entramado de derechos sexuales y reproductivos de la mujer, que incluyen el aborto y el acceso a métodos de planificación, situación que la senadora conservadora trata de separar y no hilar.
Es claro, el proyecto de ley reconoce la vida gracias a que hay una mujer que la sostiene, entonces tramitarlo significa que además de discutir alrededor del no nacido, también hay que poner de presente a las mujeres, porque es algo que las atraviesa directamente, como bien lo explicaron las citadas expertas chilenas en género. Y sobre este punto es que se desprende la polémica entre quienes creen férreamente en que hay vida desde la fecundación del óvulo y el espermatozoide, y que por ende “no se puede permitir que una joven, al creerse dueña de su cuerpo, aborte. Hay que enseñar a planificar y a que tengan una vida responsable”, comentó la parlamentaria.
Perspectiva contraria a la de Ana Cristina González, cofundadora de la Mesa por la Vida y la Salud de la Mujer, médica y doctora en bioética: “La persona es el ser nacido o, en todo caso, destinado por la mujer a nacer. Si una mujer quiere abortar, está manifestando que en ese proyecto no hay persona, pero si hay un deseo sobre este, esta está pidiendo que haya una protección sobre esa vida. En otras palabras, la experiencia de vida del feto cobra sentido en cuanto sea una experiencia deseada para una mujer”.
Vuelve y juega el principio de que las mujeres deben tener derechos sobre sus cuerpos, como insiste Diana Díaz, médica de Oriéntame y magíster en salud sexual y reproductiva, y, en ese sentido, explica que esa vida, en la que hay intencionalidad de reconocer desde la fecundación, para ser posible, viable y factible debe estar implantada en el útero de una mujer. Motivo más que suficiente para que la iniciativa acoja las preocupaciones y argumentaciones que tienen feministas sobre el tema, así como la jurisprudencia del caso de Artavia Murillo.
Como médica, Díaz explicó que el proyecto es erróneo porque hablar de fecundación no necesariamente significa que haya embarazo y, por consiguiente, un bebé con características humanas. “La concepción es un paso de muchos. El óvulo fecundado no es una persona, se requieren otros procesos para que haya potencialidad de vida. Y si no se dan los mecanismos para que ese óvulo se pegue al útero y genere estructuras para que permita nutrirse y pasar de ser un cigoto a un embrión, y luego a un feto, no habrá condiciones, si quiera, para que haya vida”.
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Tanto ella como Ana Cristina González insisten que este proyecto, por mera fórmula de transición, abriría la puerta a que se legisle sobre aquellas células que tienen vida (piel, óvulos, espermatozoides, sangre, etc.) porque, resaltaron, el producto de la concepción es meramente una célula, proveniente de la unión de otras dos, con posibilidades de desarrollo. “La vida no es un dato biológico, lo sabemos desde Aristóteles, es también un proyecto de vida, de manera que no se puede pensar en términos absolutos de protección de la vida. Estos datos se configuran y constituyen mientras exista un plan que los haga cobrar sentido”, insistió González. En palabras castas, se refiere a las maternidades deseadas.
“Si van a legislar sobre estos temas, no pueden ignorar la biología y la ciencia”, hace un llamado la funcionaria de Oriéntame. Mientras que Cristina Rosero, desde lo jurídico, no desestima este tipo de iniciativas, que, según dice, tratan de desconocer los derechos adquiridos de las mujeres, pero entiende que las posibilidades de que esto sea ley son difíciles por el avance que ha liderado la Corte en reconocer los derechos sexuales y reproductivos de la población femenina.