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                                                                                                                              Definitivo: conflicto de interés de congresistas irá hasta el segundo grado de consanguinidad

                                                                                                                              Tras su conciliación entre Senado y Cámara, la ley, una de las definidas en la Mesa Técnica Anticorrupción, pasa a sanción presidencial. Gobierno justifica bajar del cuarto al segundo grado diciendo que se trata de estándares internacionales.

                                                                                                                              Redacción Politíca

                                                                                                                              Los congresistas deberán declarar sus conflictos de interés de manera pública. / Archivo El Espectador

                                                                                                                              Con algunas críticas por parte de sectores políticos, el Senado y la Cámara de Representantes se pusieron de acuerdo en la conciliación del proyecto sobre conflicto de interés de los congresistas, una de las iniciativas planteadas en la llamada Mesa Técnica Anticorrupción implementada por el gobierno Duque tras el hundimiento en las urnas de la Consulta Anticorrupción. La norma apunta a que sea obligatorio para los legisladores el registrar de manera pública y en un listado digital sus intereses económicos, así como de sus familiares y cónyuges.

                                                                                                                              Sin embargo, al final, el conflicto de interés quedó configurado para congresistas y sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (padres, hermanos, hijos, abuelos y nietos), y segundo de afinidad (suegros y cuñados). Hay quienes pedían que se extendiera hasta el cuarto grado, como está actualmente el la ley, es decir, incluir tíos, tíos-abuelos, bisabuelos, sobrinos, bisnietos y primos.

                                                                                                                              Para la representante a la Cámara Juanita Goebertus, de la Alianza Verde, la aprobación del proyecto es una ganancia a medias, pues pese a que logró hacer públicos los intereses de los congresistas, también se disminuyó el radio de personas cercanas sobre las que se debe declarar el impedimento. “Ahora un congresista podrá perfectamente votar un proyecto para beneficiar a sus tíos y sobrinos, sin que por ello tenga que declararse impedido ni que se genere un conflicto de interés”, aseguró.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              “Si bien existe hoy en día el cuarto grado en la Ley Quinta, la modificación responde al estándar internacional que establece hasta el segundo grado por un tema de transparencia y de conocimiento del congresista. No podemos pedirle que conozca todo lo que está haciendo su parentela (…)  se definieron unas sanciones muy drásticas, obligando a que diga cuáles son los conflictos de interés de ese segundo grado de parentela”, explicó Chaux.

                                                                                                                              El viceministro señaló además que uno de los logros de la ley es que dichos conflictos deberán hacerse públicos, en línea. “El Congreso fue receptivo con la idea y va a quedar abierto al público la posibilidad que, a través de internet, consulten cuáles son los conflictos que están declarando sus representantes electos”, enfatizó.

                                                                                                                               

                                                                                                                               

                                                                                                                              Los congresistas deberán declarar sus conflictos de interés de manera pública. / Archivo El Espectador

                                                                                                                              Con algunas críticas por parte de sectores políticos, el Senado y la Cámara de Representantes se pusieron de acuerdo en la conciliación del proyecto sobre conflicto de interés de los congresistas, una de las iniciativas planteadas en la llamada Mesa Técnica Anticorrupción implementada por el gobierno Duque tras el hundimiento en las urnas de la Consulta Anticorrupción. La norma apunta a que sea obligatorio para los legisladores el registrar de manera pública y en un listado digital sus intereses económicos, así como de sus familiares y cónyuges.

                                                                                                                              Sin embargo, al final, el conflicto de interés quedó configurado para congresistas y sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (padres, hermanos, hijos, abuelos y nietos), y segundo de afinidad (suegros y cuñados). Hay quienes pedían que se extendiera hasta el cuarto grado, como está actualmente el la ley, es decir, incluir tíos, tíos-abuelos, bisabuelos, sobrinos, bisnietos y primos.

                                                                                                                              Para la representante a la Cámara Juanita Goebertus, de la Alianza Verde, la aprobación del proyecto es una ganancia a medias, pues pese a que logró hacer públicos los intereses de los congresistas, también se disminuyó el radio de personas cercanas sobre las que se debe declarar el impedimento. “Ahora un congresista podrá perfectamente votar un proyecto para beneficiar a sus tíos y sobrinos, sin que por ello tenga que declararse impedido ni que se genere un conflicto de interés”, aseguró.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              “Si bien existe hoy en día el cuarto grado en la Ley Quinta, la modificación responde al estándar internacional que establece hasta el segundo grado por un tema de transparencia y de conocimiento del congresista. No podemos pedirle que conozca todo lo que está haciendo su parentela (…)  se definieron unas sanciones muy drásticas, obligando a que diga cuáles son los conflictos de interés de ese segundo grado de parentela”, explicó Chaux.

                                                                                                                              El viceministro señaló además que uno de los logros de la ley es que dichos conflictos deberán hacerse públicos, en línea. “El Congreso fue receptivo con la idea y va a quedar abierto al público la posibilidad que, a través de internet, consulten cuáles son los conflictos que están declarando sus representantes electos”, enfatizó.

                                                                                                                               

                                                                                                                               

                                                                                                                              Por Redacción Politíca

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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