El 17 de julio vence el plazo para pedir el medio día de descanso por haber votado en la segunda vuelta presidencial

La ley dice que ese beneficio se otorga hasta un mes después de realizados los comicios y el empleador no puede negarse a otorgarlo.

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Redacción Politíca
04 de julio de 2018 - 07:09 p. m.
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Según la información de la Registraduría, el pasado 17 de junio, en la segunda vuelta de la elección presidencial, participaron un total de 19’511.168 ciudadanos, quienes recibieron el certificado electoral que le otorga beneficios al votante como medio día de descanso remunerado, descuentos en matrículas de universidades, en el trámite del pasaporte, la cédula y la libreta militar, entre otros.

De acuerdo con el Artículo 3 de la Ley 403 de 1997, los colombianos que acrediten haber ejercido ese derecho al voto en forma legítima, “tendrán derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. Tal descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador”.

Es decir que el plazo para solicitarle a su empleador su medio día de descanso remunerado vence el próximo 17 de julio. Por ser estos beneficios otorgados por la ley, el empleador no podrá negarse a reconocer el día compensatorio de descanso remunerado, aunque debe darse un mutuo acuerdo entre las partes sobre cuándo tomar el respectivo medio día compensatorio.

Otros beneficios del certificado electoral son:

1. Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.

2. Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.

3. Beneficios en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar se tendrá en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.

4. Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula.

5. Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los cuatro años siguientes a la votación, por una sola vez.

6. Descuento del 10% del valor a cancelar por concepto del trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar y por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante.

Cabe recordar que el certificado electoral que los colombianos recibieron en la primera vuelta presidencial el 27 de mayo perdió vigencia una vez les fue entregado el certificado electoral de la segunda vuelta presidencial.

 

Por Redacción Politíca

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