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El borrador del Gobierno de la ruta de protección para los miembros de la oposición

El decreto entraría a reglamentar el apartado de seguridad del decreto de oposición aprobado en 2018, en el que varios aspectos no han sido aplicados.

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11 de noviembre de 2020 - 12:01 a. m.
El borrador de la ruta de protección establece que los esquemas de la oposición deben ser con enfoque diferencial y de género.
El borrador de la ruta de protección establece que los esquemas de la oposición deben ser con enfoque diferencial y de género.
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Después de una lucha de poco menos de 30 años, el Congreso aprobó en 2018 el estatuto de oposición. Este se encontraba contemplado desde la Constitución de 1991, pero solo los acuerdos de la Habana lograron que salieran adelante en el Legislativo. Ahora, dos años después, la deuda del Ejecutivo en su puesta en práctica es alta.

Como parte de las exigencias del estatuto se fijó en el artículo 30, referente a la seguridad de la oposición, que el Gobierno “estructurará programas de protección y seguridad con enfoque diferencial y de género para los directivos y miembros de las organizaciones políticas declaradas en oposición”. Hasta el momento, el Estado no ha cumplido con lo ordenado y desde la oposición se ha reclamado ante el crecimiento de víctimas mortales de estos sectores.

El pasado viernes el Gobierno anunció la creación de un borrador sobre este tema. El Espectador pudo conocer este documento, en el que se busca establecer las acciones desde el Ejecutivo para garantizar la integridad de aquellos que políticamente no comparten sus postulados o posiciones.

El borrador del decreto cuenta con nueve artículos y tiene como fin principal “adoptar el programa de protección y seguridad” del grupo poblacional que son reconocidos por el Consejo Nacional Electoral como oposición. De acuerdo al documento previo, la ruta de seguridad se ejecutará a la los principios de legalidad, buena fe, coordinación, corresponsabilidad institucional, concurrencia, participación, entre otros “principios consagrados en la Constitución Política, la ley y el Acuerdo Final (de la Habana)”.

Asimismo, el articulado define las medidas de prevención, entre ellas la orden que desde el Ministerio del Interior y la Unidad Nacional de Protección (UNP), con la participación de los entes territoriales, formulen planes de “prevención y contingencia” con un enfoque diferencial para la disminución del riesgo de la población considerada en oposición.

Las otras medidas contemplan que, en los municipios de riesgo extremo, los ministerios del Interior y Defensa, la UNP, la Fiscalía y la Fuerza Pública establezcan acciones preventivas para brindarle seguridad a dirigentes, candidatos y miembros de los movimientos en oposición reconocidos por el CNE. Frente a los procesos electorales, el documento señala que comisiones departamentales y municipales, la UNP y Fuerza Pública implementaran mecanismos para protección individual y colectiva de los aspirantes, sobre todo en los recorridos de campaña.

El cuarto punto del borrador establece que desde el ministerio encabezado por Alicia Arango y el ente acusador se buscará acciones para fortalecer el comité que impulsa las investigaciones de los delitos contra quienes ejercen la política, incluso contra aquellos que se declaran en oposición.

También se establece que se dictarán cursos de autoprotección para lo dirigentes, candidatos e integrantes de los declarados en oposición. Según el decreto en construcción, estos cursos estarán enfocados en “disminuir vulneralidades e incrementar sus capacidades a fin de realizar una mejor gestión del mismo”.

El borrador conocido también entra a definir el patrullaje y la revista policial como parte de las estrategias de protección. En este último caso, serán los declarados en oposición los que soliciten la medida. Además de las medidas de prevención, el articulado menciona las acciones de protección y seguridad puntualmente. Hasta el momento, este apartado del decreto solo se centra en los esquemas de protección ya existentes de la UNP y que incluyen: esquemas individuales corrientes, blindados y reforzados y los esquemas colectivos.

Por último, se establece que las medidas de protección y seguridad deben ser prestadas por la UNP y regidas bajo un enfoque diferencial y de género. También se define que los recursos deben ser asignados por el Ministerio de Hacienda.

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