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El cuestionado proyecto que toca la igualdad de cultos

Aunque la iniciativa buscaría fortalecer la libertad e igualdad religiosa, líderes de distintas confesiones aseguran que solo está dirigida a cristianos.

Juan Sebastián Lombo

26 de abril de 2021 - 09:00 p. m.
La Constitución de 1991 reconoció la igualdad ante la ley de todos los credos y la libertad de cultos. / Archivo Particular
Foto: Archivo Particular
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La agenda del Congreso está centrada en dos temas fundamentales: las reformas tributaria y a la salud. Pero hay otros proyectos, de toda índole, que han sido radicados y están en cola para su discusión, y entre los que llegaron en estos dos meses de sesiones hay uno que toca un tema delicado en el país: la libertad de cultos y la igualdad religiosa. El texto arribó a mediados de abril al Congreso y es de la autoría del senador Jonatan Tamayo, conocido como Manguito, elegido por la ASI, pero hoy afín a la bancada de gobierno, y hasta el momento ha pasado inadvertido.

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La libertad religiosa es un tema sensible en Colombia. Antes de 1991, creencias ajenas al catolicismo únicamente eran toleradas, pero no tenían las mismas condiciones ante la ley. Este panorama cambió con la nueva Constitución, que vino a reconocer la igualdad de todos los credos y la libertad de cultos. El principio fue confirmado con los ajustes hechos por la Corte Constitucional al Concordato con la Santa Sede y la Ley 133 de 1994, que fue la estatutaria que entró a desarrollar esa libertad religiosa y de cultos consagrada en el artículo 19 de la Carta Magna. Desde entonces, el último desarrollo fue la creación, en 2018, de la Mesa de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior.

Ahora, el proyecto de Tamayo, de seis artículos, entraría a modificar temas en este apartado. El segundo y el tercero modifican algunos apartes de la Ley 13: añaden algunas precisiones sobre cuáles organizaciones religiosas pueden suscribir convenios con el Estado (artículo 15) y a qué congregaciones se les puede beneficiar con exenciones de impuestos locales (artículo 7). Otro artículo dicta 14 derechos que tendrían las comunidades religiosas, como derecho a la reunión, a hacer y establecer lugares de cultos, fundar instituciones educativas, adquirir bienes, recibir donaciones, administrar cementerios y beneficiarse de exenciones tributarias. En este último tema, la iniciativa propone que toda confesión reciba estas gabelas.

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Según Tamayo, que fue expulsado de su partido a finales de 2020, su proyecto es necesario para defender la libertad de cultos y “darles el respaldo a las minorías. Por eso se está ajustando la Ley 133”. En este mismo sentido, comentó que su propuesta busca aplicar el derecho a la igualdad religiosa, pues “aunque es reconocido el trabajo que ha hecho por nuestro país el sector católico, no podemos desamparar el trabajo social y humano que hacen las otras organizaciones religiosas”. Para el senador, “no está muy bien especificado o no está claro” el reconocimiento que hace la ley a la igualdad de todas las instituciones religiosas.

A pesar de las intenciones expresadas por el congresista, el proyecto no está libre de controversia. La principal crítica es que el texto no aportaría, contrario a lo que dice su autor, a la igualdad religiosa. Esta afirmación se basa en que únicamente se hace mención a las comunidades cristianas y se deja a un lado cualquier otra comunidad o creencia religiosa. El problema vendría desde el mismo título de la iniciativa: “Por medio de la cual se dictan disposiciones en materia de libertad de cultos, equidad e igualdad religiosa y cristiana”. Asimismo, en la exposición de motivos, se cae en la misma omisión: “La iniciativa se hace con el fin de aumentar el poder de presencia estatal social (…) mediante el reconocimiento del potencial de actividad social de las iglesias cristianas”.

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Frente a este tema, el senador Tamayo señaló que no hay mayor problema, pues el título se puede ajustar y los motivos del proyecto no afectan al articulado, en el que “se nota claramente que estamos legislando para toda creencia religiosa”. Pero al consultar a líderes religiosos y constitucionalistas, estos mencionan el aparente sesgo. Para el Sheij Ahmad Tayel, director de la Mezquita Central de Bogotá, la iniciativa tiene buenas intenciones, pero “llama la atención que solo menciona a los cristianos como si no existieran otros colores religiosos”. Para el líder musulmán, desde el título “el lenguaje olvida la presencia de otros en el mundo que deben ser considerados como hermanos y componente esencial del tejido social”.

Una preocupación similar expresó Rama Raj, miembro de la junta directiva de la iglesia Vaishnava (comunidad Hare Krishna): “El proyecto dice que solo es para iglesias cristianas. No nos sentimos reflejados. Si quieren incluir a todos, no mencionen a los cristianos sino todos los tipos de fe”. Para Héctor Pardo, pastor cristiano y líder de la Confederación Colombiana de Libertad Religiosa, Conciencia y Culto (Conferilec), el proyecto no va con el espíritu de la Constitución ni de la agremiación que lidera, pues ellos se enfocan en la defensa de todas las confesiones religiosas. Y cuestionó que el senador haya presentado un proyecto sin ponerlo a consideración de la Mesa de Asuntos Religiosos. “Tamayo lo presentó sin investigar, solo bajo lo que creía”, añadió.

El exmagistrado de la Corte Constitucional José Gregorio Hernández fue otro que apuntó a que el proyecto tenía fallas en cuanto a su objetivo: “Debería ser general y dar el mismo trato a todas las creencias y religiones, como lo ha reiterado la jurisprudencia de la Corte”. Incluso, cuestionó la pertinencia de la iniciativa, dado que “varias de las normas previstas ya están en la Ley de Libertad Religiosa (la 133 de 1994) y en la sentencia de febrero de 1993, que declaró inexequibles varios preceptos del Concordato”. Por último, expresó que ante las dudas con otros artículos, se debería someter a revisión y control previo de legalidad ante la sala de consulta del Consejo de Estado.

Por otra parte, desde las comunidades Hare Krishna y musulmán hay alerta por el artículo que modifica las condiciones para celebrar convenios entre comunidades religiosas y el Estado, pues pone como criterios el arraigo y la historia. Estas condiciones, consideran, ponen un freno a comunidades que no tienen una presencia de larga data o de gran difusión en el país. Sin embargo, no todas las posiciones son negativas al proyecto, tanto el sheij Tayel como el pastor Pardo celebraron puntos como la garantía de las exenciones tributarias, debido a que, dicen, hay quienes los ven como negocios, pero no se dan cuenta de que una buena parte de ellos “no piensan en lo económico” y solo tienen para cubrir las necesidades de sus comunidades.

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