Al tiempo que el mundo político está concentrado en hallar la mejor estrategia para, según los intereses de cada quien, abordar en el Congreso las objeciones presidenciales a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para las Paz (JEP), en la Corte Constitucional se vive un intenso debate sobre el camino institucional que trazó el presidente Iván Duque al hacerle reparos a una norma que ya había sido estudiada, debatida y aprobada por el máximo tribunal. Tan intensa ha sido la discusión que, incluso, de cara a una sala plena que se realiza hoy en la Corte, los magistrados debatirán sobre un proyecto de auto que, en respuesta a la consulta del presidente de la Cámara, Alejandro Carlos Chacón, declararía improcedentes las objeciones y obligaría a sancionar la norma.
En el proyecto de auto, conocido por El Espectador pero que todavía no ha sido radicado, el magistrado Antonio José Lizarazo pide a sus compañeros de tribunal responder a la solicitud elevada por Chacón —y varias otras entidades y personas naturales— para aclarar si el Congreso tiene competencia para votar los reparos presentados por Duque, ya que en no pocas lecturas jurídicas se ha advertido que estaríamos ante una violación constitucional, pues los fallos de la Corte deben ser entendidos como “cosa juzgada” y, por ende, ninguna autoridad podrá controvertirlos.
El texto que está en consideración de los magistrados argumenta que, si bien el presidente tiene facultades legales para objetar una norma estatutaria, esta ley específicamente constituye una norma “especial”, puesto que fue aprobada en condiciones específicas, a saber: el Acuerdo de Paz, que abrió el camino para un mecanismo legislativo particular denominado fast track. La activación de este mecanismo especial “requirió de un complejo proceso político que, luego de la renegociación del Acuerdo, terminó con la refrendación por parte del Congreso de la República”, y en ambos casos, la Corte Constitucional ya se pronunció declarándolos ajustados a la Constitución Política.
Los argumentos del togado definen que las normas tramitadas para implementar el Acuerdo de Paz fueron construidas a partir de un largo itinerario de gestión institucional que convocó a todas las ramas del poder público y de cuyo pacto se derivan obligaciones nacionales e internacionales. El documento también asegura que las partes firmantes del Acuerdo de Paz (el Gobierno y la exguerrilla) están obligadas a cumplir de buena fe lo pactado, por lo que modificar las condiciones establecidas puede revestir perfidia. “La Corte encuentra que las objeciones presentadas son, en esencia, de inconstitucionalidad disfrazadas de inconveniencia”, asegura el documento, y agrega que, además, el Gobierno no cumplió con la carga argumentativa de precisar por qué son inconvenientes las sentencias de la Corte que se refieren a las materias objetadas por el presidente.
El ejemplo es lo relativo al conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la JEP, pues, a juicio de la Corte, en la sentencia se definen milimétricamente las competencias de cada una. “La Corte encuentra que muchas de las indeterminaciones que señala el escrito de objeciones ya han sido resueltas por la Corte en distintas sentencias o pueden determinarse con fundamento en la nueva función que el acto legislativo 02 de 2015 le otorgó a la Corte Constitucional, cual es la de resolver conflictos de competencia entre jurisdicciones”. En síntesis, el magistrado Lizarazo cree que el presidente Duque se extralimitó en sus funciones y le niega su pretensión de devolver al Congreso el texto estatutario. Ahora falta que la propuesta del magistrado sea discutida en la sala plena del alto tribunal y se dé a conocer una decisión de fondo.
Mientras en la Corte se aclara el panorama, en el Congreso las aguas se enturbian con el pasar de las horas. Incluso, un trino del expresidente y hoy senador Álvaro Uribe advierte que a sus oídos ya han llegado rumores del auto que se prepara. “La Corte Constitucional fue instituida para salvaguardia del Estado de derecho, no para derogarlo”, escribió, sin dar mayores detalles. Al mismo tiempo, el senador Roy Barreras, de la U, movía sus fichas para conseguir las mayorías que permitieran rechazar las objeciones en el caso de que, como lo advirtió el presidente del Senado, Ernesto Macías, sean puestas a consideración de la plenaria sin tener en cuenta la voluntad de la Corte.
Barreras señaló en un video que, de su partido, 11 ya le manifestaron su apoyo al Acuerdo de Paz y negarán las objeciones. A los senadores de la U se suman 23 de la bancada alternativa, 14 del Partido Liberal y ocho senadores de Cambio Radical. Esto daría 56 votos y constituirían, en sus cuentas, la mayoría en la Cámara alta, con lo cual quedarían rechazadas las aspiraciones del presidente y su bancada en el Senado.
Sin embargo, estos son números parciales, pues no tienen en cuenta el poderoso lobby de un gobierno envalentonado por el crecimiento en las encuestas. Tanto así que, al cierre de esta edición, la bancada de la U se reunía, a puerta cerrada, con la presidenta de la JEP, Patricia Linares, el fiscal, Néstor Humberto Martínez, y el comisionado de Paz, Miguel Ceballos. Mientras tanto, el Plan Nacional de Desarrollo tambalea en un Congreso que desde ya está concentrado en las objeciones presidenciales, cuyo efecto institucional ha sido el de un revolcón en la agenda de discusión del país. Una realidad que desmiente la primera frase del presidente Duque el día que anunció las objeciones: “No hay un choque de trenes”.