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Comenzó la postulación de testigos electorales para la segunda vuelta: esto debe saber

El Consejo Nacional Electoral ya habilitó la plataforma a través de la cual los partidos y movimientos políticos que participarán en el llamado a urnas de este 21 de junio podrán acreditar a las personas que supervisarán el proceso electoral. El 31 de mayo, las campañas de Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda estuvieron entre las que más actores electorales acreditaron.

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06 de junio de 2026 - 10:56 p. m.
En estas elecciones se medirán Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda.
En estas elecciones se medirán Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada
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En poco más de dos semanas serán las elecciones presidenciales en las que los colombianos definirán quién tomará las riendas del país por los próximos cuatro años. Para blindar ese proceso, ya comenzó en firme la organización de la segunda vuelta en la que se medirán Abelardo de la Espriella (Defensores de la Patria) e Iván Cepeda (Pacto Histórico).

Para ello, el Consejo Nacional Electoral ya habilitó la plataforma a través de la cual los partidos y movimientos políticos que participen en esta contienda podrán acreditar testigos electorales y auditores de sistemas. Esta estará abierta hasta el viernes 12 de junio a las 5:00 p.m. para las votaciones en el exterior, mientras que para las que ocurrirán en el territorio nacional, se podrá usar hasta el jueves 18 de junio a las 5:00 p. m.

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En el llamado a urnas para escoger el próximo Congreso el 8 de marzo y la primera vuelta del 31 de mayo, fueron más de 1′300.000 testigos electorales acreditados por las agrupaciones para hacer seguimiento del preconteo y del escrutinio. El CNE recordó que esta es la Plataforma Única de Postulación y Acreditación de Actores Electorales es el único canal a través del cual se pueden postular los actores electorales.

“Uno de los logros más relevantes de esta última jornada fue la posibilidad de validación de las actas electorales en las 122.020 mesas de votación, lo que permitió verificar en tiempo real la jornada de elección y, por lo tanto, minimizar los errores en el proceso de escrutinio de mesa y consolidación de resultados”, subrayó el órgano electoral.

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¿Qué hacen los testigos electorales?

De acuerdo con la Registraduría, cumplen el papel de representar a “los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscribieron candidatos” y tienen la labor de vigilar “el proceso de las votaciones y de los escrutinios”, así como “formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades”. Previamente, solo se podía designar a un testigo electoral por cada mesa de votación, pero el presidente del CNE, Cristian Quiroz, aseguró que en estas elecciones se ampliará ese número a dos.

Así como los jurados de votación, quienes hayan sido acreditados para ser testigos electorales deben estar en el puesto de votación al que fueron asignados a las 7:00 a. m. Antes de que se abran las urnas a las 8:00 a. m. tiene la tarea de “observar que los jurados de votación estén debidamente acreditados y en la mesa en la que fueron designados” y comprobar que ni las actas ni los paquetes de las tarjetas electorales hayan sido abiertos o diligencias previamente.

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Además, pueden hacer reclamaciones cuando el número de votantes de una mesa supere el de los ciudadanos habilitados para votar en ella y cuando “aparezca de manifiesto que en las actas de escrutinio se incurrió en error aritmético al computar los votos”. Igualmente, están habilitados para hacerlo cuando “aparezca de manera clara e inequívoca que en el acta de escrutinio se incurrió en el error al anotar el nombre o apellidos de uno o más candidatos y cuando los dos ejemplares de las actas de escrutinio de los jurados de votación estén firmadas por menos de tres”.

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