Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Recomendado

                                      Contenido exclusivo

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Empleos

                                                                                                    Descuentos

                                                                                                      Idiomas

                                                                                                      Cursos y programas

                                                                                                        Más

                                                                                                        Cromos

                                                                                                          Vea

                                                                                                            Blogs

                                                                                                              Especiales

                                                                                                                Descarga la App

                                                                                                                  Edición Impresa

                                                                                                                    Suscripción

                                                                                                                      Eventos

                                                                                                                        Pauta con nosotros

                                                                                                                          Avisos judiciales

                                                                                                                            Preguntas Frecuentes

                                                                                                                              Contenido Patrocinado
                                                                                                                              30 de junio de 2021 - 11:29 a. m.

                                                                                                                              Entra en vigencia tratado para repatriar presos colombianos condenados en China

                                                                                                                              Se trata de la Ley 2092, sancionada por el presidente Iván Duque. Permite que los privados de la libertad puedan terminar de pagar sus penas en los países de su nacionalidad.

                                                                                                                              El tratado fue suscrito el 31 de julio de 2019, en Beijing. Mediante la Ley 2092 de 2021 se ratifica y se hace efectiva la norma que consta de tres artículos. /Mauricio Alvarado
                                                                                                                              Foto: Mauricio Alvarado Lozada

                                                                                                                              Ahora los presos colombianos que pagan su condena en China podrán regresar al país a terminar de cumplir su sentencia en una cárcel nacional. Esto gracias a que el presidente Iván Duque sancionó esta semana la Ley 2092 que ratifica el tratado entre ambas naciones sobre el traslado de personas condenadas. Fue suscrito el 31 de julio de 2019, en Beijing, y toma fuerza con esta norma que consta de tres artículos. Con el tratado, China puede también repatriar a sus ciudadanos que estén pagando una pena en Colombia.

                                                                                                                              Según explicó Presidencia,. la norma determina que Colombia debe perfeccionar su vínculo con China para emprender la repatriación de connacionales condenados en el país asiático. El tratado está basado en el “respeto de los principios de soberanía, reciprocidad, igualdad y beneficio mutuo; reafirmando el objetivo común de garantizar la dignidad y el bienestar de las personas condenadas; deseando fortalecer la cooperación judicial en materia penal entre los dos países, para que las personas condenadas cumplan sus condenas en su país de nacionalidad con el fin de facilitar su rehabilitación social”.

                                                                                                                              También, en el documento se estableció que los organismos encargados para los traslados de los presos serán los ministerios de Justicia de ambos países. Estos son los requisitos para efectuar la repatriación:

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              -Que la personas condenada sea un nacional del país receptor.

                                                                                                                              -Que la conducta por la cual se impuso la sentencia sea también considerada como un delito en el país receptor.

                                                                                                                              -Que la sentencia de la persona condenada esté ejecutada y sin posibilidad de un recurso adicional.

                                                                                                                              -Que el país en el que la persona cursa su condena no tenga procesos judiciales pendientes contra el o la condenada.

                                                                                                                              -Que la personas a trasladar de país tenga por lo menos un año de sentencia por cumplir (a menos que se acuerde lo contrario).

                                                                                                                              -Que la persona a trasladar, o su representante legal, manifieste por escrito su consentimiento de ser repatriado.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              -Que China y Colombia aprueben el traslado.

                                                                                                                              Sobre este último punto, el tratado estableció que cada parte puede determinar a discresionalidad si acepta o no la repatriación solicitada por la otra parte. Se determina, además que “cada parte deberá, dentro de su territorio, notificar a las personas condenadas, a quienes es aplicable el presente tratado, que podrán ser trasladadas de acuerdo con las disposiciones de Tratado”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              “Después de recibir a la persona condenada, la parte Receptora continuará la ejecución de la sentencia determinada por la parte trasladante de acuerdo con la naturaleza y la duración de la misma; y la Parte Receptora aplicará la sentencia, de la misma manera, como una sentencia impuesta por sus propios tribunales”, aclara el documento.

                                                                                                                              El tratado fue suscrito el 31 de julio de 2019, en Beijing. Mediante la Ley 2092 de 2021 se ratifica y se hace efectiva la norma que consta de tres artículos. /Mauricio Alvarado
                                                                                                                              Foto: Mauricio Alvarado Lozada

                                                                                                                              Ahora los presos colombianos que pagan su condena en China podrán regresar al país a terminar de cumplir su sentencia en una cárcel nacional. Esto gracias a que el presidente Iván Duque sancionó esta semana la Ley 2092 que ratifica el tratado entre ambas naciones sobre el traslado de personas condenadas. Fue suscrito el 31 de julio de 2019, en Beijing, y toma fuerza con esta norma que consta de tres artículos. Con el tratado, China puede también repatriar a sus ciudadanos que estén pagando una pena en Colombia.

                                                                                                                              Según explicó Presidencia,. la norma determina que Colombia debe perfeccionar su vínculo con China para emprender la repatriación de connacionales condenados en el país asiático. El tratado está basado en el “respeto de los principios de soberanía, reciprocidad, igualdad y beneficio mutuo; reafirmando el objetivo común de garantizar la dignidad y el bienestar de las personas condenadas; deseando fortalecer la cooperación judicial en materia penal entre los dos países, para que las personas condenadas cumplan sus condenas en su país de nacionalidad con el fin de facilitar su rehabilitación social”.

                                                                                                                              También, en el documento se estableció que los organismos encargados para los traslados de los presos serán los ministerios de Justicia de ambos países. Estos son los requisitos para efectuar la repatriación:

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              -Que la personas condenada sea un nacional del país receptor.

                                                                                                                              -Que la conducta por la cual se impuso la sentencia sea también considerada como un delito en el país receptor.

                                                                                                                              -Que la sentencia de la persona condenada esté ejecutada y sin posibilidad de un recurso adicional.

                                                                                                                              -Que el país en el que la persona cursa su condena no tenga procesos judiciales pendientes contra el o la condenada.

                                                                                                                              -Que la personas a trasladar de país tenga por lo menos un año de sentencia por cumplir (a menos que se acuerde lo contrario).

                                                                                                                              -Que la persona a trasladar, o su representante legal, manifieste por escrito su consentimiento de ser repatriado.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              -Que China y Colombia aprueben el traslado.

                                                                                                                              Sobre este último punto, el tratado estableció que cada parte puede determinar a discresionalidad si acepta o no la repatriación solicitada por la otra parte. Se determina, además que “cada parte deberá, dentro de su territorio, notificar a las personas condenadas, a quienes es aplicable el presente tratado, que podrán ser trasladadas de acuerdo con las disposiciones de Tratado”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              “Después de recibir a la persona condenada, la parte Receptora continuará la ejecución de la sentencia determinada por la parte trasladante de acuerdo con la naturaleza y la duración de la misma; y la Parte Receptora aplicará la sentencia, de la misma manera, como una sentencia impuesta por sus propios tribunales”, aclara el documento.

                                                                                                                              Ver todas las noticias
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
                                                                                                                              Aceptar