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Gobierno se adelantó a la laboral y decretó la formalización de “madres comunitarias”

El decreto 0586 de 2025 creó la nomenclatura para quienes trabajen en Hogares Comunitarios de Bienestar del ICBF. En el articulado de la reforma que pasará a la plenaria del Senado, hay un apartado sobre la “vinculación” de esta figura como “trabajadoras oficiales”.

Redacción Política

29 de mayo de 2025 - 04:04 p. m.
El mandatario colombiano, Gustavo Petro (c); el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino (d), y el ministro del Interior, Armando Benedetti (i), durante un encuentro con simpatizantes en Barranquilla (Colombia).
Foto: EFE - Presidencia de Colombia
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El decreto 0586, con fecha del 28 de mayo de 2025, creó un nuevo empleo en las entidades de administración pública y se adelantó a la reforma laboral que podrá comenzar a discutirse en la plenaria del Senado la próxima semana. El gobierno de Gustavo Petro añadió, de manera oficial, el rol de “madre comunitaria” en la planta de personal de entidades públicas.

El cargo es de nivel asistencial y funcionaría únicamente en la planta de personal de Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). El objetivo, que está planteado en el propio Plan Nacional de Desarrollo del “Gobierno del cambio”, busca la “formalización laboral” de personas que desempeñan este rol.

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“El Gobierno nacional en coordinación con el Ministerio de Trabajo, el Departamento Administrativo de la Función Pública y el ICBF, de manera armónica, desarrollará los instrumentos normativos que permitan la formalización laboral de manera progresiva y gradual (...) de las madres y padres comunitarios que se encuentren laborando en el servicio de Hogares Comunitarios de Bienestar en todas sus formas de atención”, se lee en el artículo 137 del PND 2022-2026.

El decreto explica que la decisión se toma “teniendo en cuenta la especificidad del rol que cumplen las madres comunitarias en la atención de las niñas y niños usuarios de la modalidad comunitaria”. Por esa razón, “es necesario crear una nomenclatura especializada”.

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En la reforma laboral, el artículo 73 trata específicamente de la “vinculación de las madres comunitarias y sustitutas” del ICBF. Se explica que la entidad deberá hacerlo “en calidad de trabajadoras oficiales, atendiendo a los criterios de progresividad”, que deberán explicitarse “en un término no mayor a seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia” de esa ley.

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"La vinculación progresiva a la que hace referencia este artículo se hará en 4 años así: 2025 el 25% del total de madres comunitarias que estén al servicio del ICBF; 2026 el 25% del total de las madres comunitarias que estén al servicio del ICBF; 2027 el 25% del total de las madres comunitarias que estén al servicio del ICBF; 2028 el 25% del total de las madres comunitarias que estén al servicio del ICBF, o antes si las circunstancias financieras de la entidad así lo permiten", se lee en el articulado.

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En todo caso, ese proyecto de ley es, junto con la consulta popular, el centro de la discusión entre el Congreso y el Ejecutivo. La ponencia aprobada en la Comisión Cuarta de Senado este martes no cuenta con el apoyo de la bancada del Pacto Histórico y ha sido señalada de introducir “medidas regresivas”.

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