Hace poco más de un año y medio, al escritorio del presidente Iván Duque llegó el proyecto de ley para depurar más de 10.000 normas que eran obsoletas o que directamente reñían con el ordenamiento jurídico establecido por la Constitución de 1991. En medio de las muchas normas que se estaban derogando, hubo una que seguía siendo usada y que su desaparición hubiera causado una grave crisis en la justicia: la ley 600 del 2000.
Esta es conocida como el anterior código de procedimiento penal y, aunque había una nueva norma que rige estos tema -la ley 906 de 2004-, seguía vigente pues rige los procesos contra aforados y delitos cometidos antes de 2005. Si no fuera por una alerta de la Corte Suprema de Justicia, el país se hubiera quedado sin mecanismo para juzgar a los que tienen fuero.
Ante la inconveniencia de este punto y por otros elementos, el primer mandatario presentó sus objeciones y devolvió la cuestionada ley al Congreso para que se remediaran varios puntos. Pasó más de un año para que dicho texto volviera al despacho del presidente Duque, pero, esta vez, fue sancionado.
Con la firma de Iván Duque, algunos de sus ministros y los presidentes de Senado y Cámara, desde el pasado 3 de marzo quedó en firme la ley que declara “la pérdida de vigencia integral de un grupo de cuerpos normativos (…) afectados por diversos fenómenos jurídicos de pérdida de vigencia” y deroga las leyes y normas “identificadas como depurables por las oficinas y dependencias jurídicas de los sectores de la administración pública nacional”.
Por obsolescencia, fueron descartadas 444 leyes y decretos que van desde 1873 hasta 1991. En los casos de choque con la constitución, se identificaron 164 normas entre 1871 y 1991 que fueron derogadas. Algunas de las normas que perdieron vigencia con la entrada en vigor de esta nueva ley datan de tiempos en los que el país no se hacía llamar como República de Colombia, sino que tenía el nombre de Estados Unidos de Colombia, dado que en ese momento imperaba el federalismo.
La ley 160 de 1871 es la más vieja que fue derogada por la normativa proclamada la semana pasada y trata sobre la cesión por parte del entonces estado de Magdalena al gobierno de la unión para que pudiera explotar económicamente los territorios de lo que hoy es el departamento de La Guajira. Por otro lado, la norma más reciente que fue derogada data de 1996 y es la ley 261, que proponía la creación de una comisión de expertos y juristas para “revisar, compilar y concordar la legislación ambiental y en particular los aspectos policivos, penales y administrativos sancionatorios”.
Además de estas normas mencionadas, esta nueva ley también deja sin validez otras legislaciones como la ley 60 de 1915, creada para hacer frente a una plaga de langostas en Santander. Dicho texto le dio facultades para que “todos los colombianos mayores de diez y ocho años, todos los propietarios de bienes muebles o inmuebles nacionales o extranjeros, y todas las corporaciones y autoridades de la República, especialmente los gobernadores, prefectos, alcaldes y concejos municipales, quedan obligados a contribuir a la obra de la destrucción de aquel insecto”.
Otra norma destacada que desapareció por obsoleta es el Decreto 609 de 1955. Esta pretendía proteger a la niñez contra la corrupción y las influencias nocivas en relación con revistas infantiles e historietas cómicas extranjeras puesto que ellas “presentan serios peligros para el sano desarrollo de los niños y adolescentes”. Para poder lograr una efectiva protección a la niñez el decreto sacó de circulación toda publicación que “todas aquellas publicaciones para niños, que tiendan a distanciar de la realidad la mentalidad infantil, sin enriquecer sólidamente su imaginación”. Así como también creó una junta que revisaría el contenido de las publicaciones.
Un proyecto desde el gobierno Santos
La ley sancionada a comienzos de mes es un proyecto que viene desde la administración de Juan Manuel Santos. Su último ministro de Justicia, Enrique Gil Botero, fue el impulsor de este texto que tenía los siguientes criterios para inhabilar varias leyes: la antigüedad de las normas que ya no son vigentes para la Constitución, las consecuencias jurídicas que ya no son compatibles con la realidad actual, las normas en las que no es posible exigir un cumplimiento ya que lo dispuesto en esta norma ya se realizó y los preceptos expedidos durante estados de excepción, es decir, por guerra, desorden público o perturbación de orden social, económico y ecológico en el país.
Sin embargo, y aunque el principio de esta ley era garantizar la fiabilidad de todas las normas, el proyecto tuvo varios reparos al llegar a su sanción, puesto que no solo derogaba la ley 600 del 2000 sino que también eliminaba las normas con las que se creó el DANE y se establecían los censos nacionales.