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Hasta 30 años de cárcel pagarían quienes instrumentalicen a menores para mendigar

El proyecto aprobado en último debate en el Congreso aplica en casos en los que inhiban a los menores su razón, juicio o voluntad para ser usados en mendicidad ajena.

Redacción Política

26 de noviembre de 2021 - 01:58 p. m.
En 2019 en Bucaramanga se denunciaron casos de niños "alquilados" por $25.000 diarios para pedir limosna en semáforos y puentes de la ciudad.
Foto: Archivo El Espectador
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En cuarto y último debate, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó un proyecto de ley que castiga con hasta 30 años de cárcel a aquellos que instrumentalicen menores de edad para la mendicidad.

En contexto: En Bucaramanga estarían alquilando menores para mendigar en las calles

La iniciativa, a la que ahora solo le resta la conciliación y la sanción del presidente Iván Duque, crea una nueva circunstancia de agravación punitiva para el delito de trata de personas, aumentando las sanciones para quienes usen a menores de edad para mendigar mediante la ingesta de sustancias psicoactivas que inhiban su razón, juicio o voluntad.

Según el proyecto, cuando conductas de ese calibre sean cometidas o facilitadas por los padres del niño o adolescente, o por quienes tengan su custodia, se dará trámite a la pérdida de patria potestad por emancipación judicial.

Actualmente, de acuerdo con el Código Civil, se termina la patria potestad por emancipación judicial cuando el juez lo decrete, y uno de los casos es el atinente al maltrato del hijo. Asimismo, conforme a la Ley de Infancia y Adolescencia, cuando se violen parámetros frente a la responsabilidad parental.

El autor de la iniciativa, el senador John Milton Rodríguez (Colombia Justa Libres), explicó que el proyecto busca proteger a los menores de cara a garantizar su desarrollo armónico integral y el pleno desarrollo de sus derechos. Lo anterior, bajo la premisa de que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

“Esta iniciativa surge como bandera de nuestra defensa de los derechos contemplados en el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia, referente a los derechos fundamentales de los niños, donde estipula que la familia, la sociedad y el Estado tiene la obligación de asistirlos”, explicó.

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