Publicidad

“¿Hubo ‘triangulación’ en la campaña presidencial?”

El magistrado del Consejo Electoral Luis Guillermo Pérez le presentó hace unos días un documento a esa corporación en que, basado en las cuentas oficiales de la campaña presidencial de Iván Duque y de su partido, el Centro Democrático en el año de la elección, 2018, pide investigar posibles violaciones a la ley en el traspaso de dineros de un lado para otro, en los topes establecidos y en la recepción de donaciones de personas o empresas extranjeras, entre otros puntos.

Cecilia Orozco Tascón
02 de agosto de 2020 - 02:01 a. m.
El magistrado Luis Guillermo Pérez se refiere, también. a la investigación anunciada por un colega suyo a la campaña del senador Petro.
El magistrado Luis Guillermo Pérez se refiere, también. a la investigación anunciada por un colega suyo a la campaña del senador Petro.
Foto: OSCAR PEREZ

El miembro del Consejo Electoral Renato Contreras anunció la apertura de investigación a la campaña del senador Petro después de encontrar que tres funcionarios públicos le hicieron aportes siendo que está prohibido que los servidores estatales lo hagan. Sin embargo, debido a las pequeñas cantidades donadas, el excandidato y sus seguidores hablaban de “persecución política”: una fue de $95 mil; otra, de $120 mil, y la tercera, de $150 mil. En total $365 mil. ¿Cree que las críticas tienen fundamento?

En dos artículos de la Ley 1475, que regula los procesos electorales, se prohíbe que quien desempeñe una función pública contribuya a financiar partidos, movimientos o candidatos. Eso en cuanto a la pregunta sobre los aportes. En cuanto a las críticas, estas tienen fundamento cuando se compulsan copias para que la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía General investiguen sin que haya mediado un análisis previo en el Consejo ni se hayan establecido o descartado las eventuales responsabilidades. Lo reprochable es que se hayan compulsado copias: la acción penal debe ser siempre la última ratio (solo cuando es indispensable).

Pese a lo que diga la ley, los montos donados y las personas anónimas y sin ningún poder que los hicieron hacen ver ridícula esa “investigación”. ¿Usted cree que una maestra de escuela pública dona $95 mil con la pretensión de torcer un proceso electoral presidencial?

Ciertamente uno no puede presumir que todos los ciudadanos conocen la ley. Incluso, a veces, la ignoran hasta algunos altos funcionarios y muchos elegidos. Pero lo fundamental es que cuando se examine la norma, se interprete si efectivamente hubo voluntad de ocasionar un daño antijurídico y si el acto en que se incurrió tuvo impacto en el equilibrio democrático de las campañas. En cuanto a la investigación concreta por la que pregunta, no puede anticipar nada porque la discusión no ha llegado a la Sala.

En su primera respuesta usted insinúa que el consejero que anunció la investigación a la campaña Petro también compulsó copias a la Corte y a la Fiscalía para que investigaran penalmente al excandidato y a los empleados que donaron. ¿Lo hizo?

Sí. Hasta el colega del magistrado Renato Contreras, Pedro Felipe Gutiérrez, del Centro Democrático, reprochó que él hubiera compulsado copias. También se lo había advertido, porque me parecía que su decisión podía llevar a que se le hicieran muchas críticas al Consejo Electoral y a restarle legitimidad a la tarea que venimos haciendo en la corporación. Además, hay que tener consideración con la administración de justicia para no congestionarla con asuntos que podrían no merecerlo.

El consejero Contreras, quien también fue postulado por el uribismo, aseguró que la decisión sobre la campaña Petro fue consultada con la Sala Plena y que se aprobó por unanimidad.

El magistrado Contreras asaltó la buena fe de la corporación. Ha sido una costumbre que los temas de trascendencia nacional se debatan en Sala Plena y se nombren comisiones de dos o tres magistrados para que instruyan un expediente. Él pasó este caso entre muchas aperturas de investigaciones corrientes en que se leen números, no se relacionan casos. Esto ocurre así porque en el Consejo Electoral hay miles de procesos y es necesario avanzar y ser eficientes. También se parte de la confianza entre colegas. Para mí fue una sorpresa ese anuncio.

Contreras defendió su decisión con el argumento de que no hay topes mínimos en la norma que prohíbe a funcionarios estatales aportar a las campañas. Es decir, que aunque sean $95 mil, hay que investigar.

La norma habla de financiación. Como le decía antes, lo que la corporación debe preguntarse al momento de decidir es si esos montos podrían constituir financiación, si se lesionó un bien jurídico tutelado por la ley, si los aportes mencionados desbalancearon una campaña política o no, y si hay o no eximentes de responsabilidad. En materia penal, nadie puede ser condenado si no media la intención de cometer un crimen; y en asuntos administrativos, salvo excepciones, debe existir la voluntad de generar un daño y de efectivamente causarlo para que pueda caber la sanción.

Miembros del Centro Democrático afirman que “nadie está por encima de la ley” y que Petro debe someterse a la misma. El Consejo Electoral, ¿estaría dispuesto a abrirle una investigación similar al liberalismo, a la U, al propio uribismo o a los conservadores por $95 mil para que se cumpla esa máxima?

Nos regimos por un Estado Social de Derecho. Lo importante es consultar el fin para el que están hechas las normas y no aplicarlas arbitraria, selectiva ni caprichosamente. Quien rompa las normas en un proceso electoral está afectando no solo a las otras fuerzas políticas en contienda: afecta a toda la ciudadanía y afecta la democracia. Nuestra obligación es valorar el impacto de los daños antijurídicos, cométalos quien los cometa.

También hay reclamos de otro sector político porque el Consejo Electoral no parece avanzar en el caso conocido como la ñeñepolítica, derivado de presuntos dineros ilegales ingresados a la campaña Duque en La Guajira y Cesar. ¿Qué ha reportado a la Sala Plena la comisión creada para estudiar ese proceso?

La plenaria designó una comisión integrada por los magistrados César Augusto Abreo, Jaime Luis Lacouture y Virgilio Almanza, y ellos están adelantando la indagación. Después podrían proponerle la apertura formal de investigación a la plenaria. Ellos son conscientes de la expectativa nacional que existe sobre ese expediente.

¿Por qué no han avanzado? Por lo menos no se siente la celeridad como en el caso Petro...

Lo que nos consta es que están trabajando en el expediente. En su momento, ellos tomarán las decisiones que correspondan de acuerdo con los hallazgos de su indagación. La comisión consultará, a su vez, con la Sala Plena. Si va a tomar una medida de apertura de investigación o si va a imponer eventuales medidas cautelares, debe someterlas a la plenaria. Si decide el archivo definitivo de la investigación, también tiene que presentar esa propuesta que debe ser aprobada por las dos terceras partes de los magistrados.

Usted mismo le pidió al Consejo, hace unos días, estudiar unos hechos relacionados con la campaña Duque que serían relevantes en una investigación formal. Entre otros puntos, se refiere a presunta financiación extranjera. Y relaciona la grabación en que se escucha a la directora del Centro Democrático comentar el ingreso de US$300 mil donados por “un venezolano”. ¿Por qué es importante investigar si el dinero es extranjero?

La Constitución Política y la ley sobre procesos electorales y partidos establecen la prohibición de recibir financiación directa o indirecta, para campañas electorales, por parte de personas naturales o jurídicas extranjeras, o de gobiernos extranjeros. La prohibición aplica para las campañas, pero también para los partidos.

En las cuentas que presentó el Centro Democrático al Consejo Electoral, documento en el que usted se basa, ¿está relacionada una donación de US$300 mil o su equivalente en pesos ($960 millones del año 2018) del empresario venezolano Oswaldo Cisneros o de sus socios colombianos?

Justamente eso es lo que solicito que indague la comisión que estudia los hechos ocurridos durante la campaña del presidente Duque.

En otra parte del mismo documento usted afirma que hay varias donaciones importantes (“un porcentaje alto”) para el uribismo por parte de filiales de unas multinacionales con sucursales en Colombia que entregaron alrededor de $1.980 millones ¿Esas filiales se asimilan a empresas “extranjeras”?

Como indiqué, está tajantemente prohibida la financiación directa o indirecta procedente de empresas, personas o gobiernos extranjeros por razones de soberanía nacional y para evitar un impacto negativo sobre la igualdad de oportunidades en las campañas y los partidos políticos, en el Estado de Derecho y en la democracia. La ley penal sanciona a los gerentes de campañas electorales y a los candidatos que reciban contribuciones de fuentes prohibidas. También si sobrepasan los topes establecidos por el Consejo.

¿Cómo se califica la condición de “extranjera” de una empresa si funciona en Colombia?

El Código de Comercio elimina cualquier duda sobre si una empresa es extranjera al establecer que conservan esa cualidad “las sociedades constituidas conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior”. Basta corroborar en dónde está la sede principal de una multinacional, y aunque tenga sucursal en Colombia, sigue siendo extranjera.

El Partido Centro Democrático no es lo mismo, jurídicamente hablando, que la campaña Duque, pero si el primero le donó o le prestó dinero a la segunda para evitar sobrepasar los topes legales, ¿habría consecuencias jurídicas?

Se debería establecer en la investigación si hubo o no triangulación de recursos que se hubieran destinado a la campaña presidencial, procedentes de financiación externa o de empresas, y si se sobrepasaron los topes de financiación. No puedo hablar de esa campaña en particular, porque me inhabilitaría para participar en los debates en la plenaria del Consejo. Pero, según las normas, frente a cualquier irregularidad en la financiación o vulneración de los topes de una campaña la sanción va desde imponer multas a la propia campaña o a los directivos hasta suspender la financiación oficial de los partidos o suspender su personería jurídica. Además, el artículo 21 de la Ley 906 de 2005 establece que “en el caso del ganador de las elecciones presidenciales, el Congreso podrá decretar la pérdida del cargo según el procedimiento contemplado para las investigaciones y juicios por indignidad política”, más las sanciones penales antes señaladas.

Bueno, esas ya son palabras mayores. En ese caso extremo, ¿a quién le correspondería aplicarle al presidente de la República la sanción de pérdida del cargo por “indignidad política”?

En el caso de que el Consejo Electoral llegue a establecer que en cualquier campaña se han violentado las normas electorales, debe compulsar copias a las autoridades competentes para que se declare la nulidad de esas elecciones. A quien haya sido elegido presidente de la República se le aplica la Ley 906 de 2005 en la parte en que dice que el Consejo no puede declarar la nulidad de su elección, sino que le corresponde al Congreso hacer ese examen.

Usted anota que las donaciones de personas naturales al Partido Centro Democrático son de alrededor de $4 mil millones y que las donaciones de las personas naturales a la campaña Duque son del mismo monto. ¿Al aportar por un lado al partido y por el otro a la campaña, habría que investigar si se “triangularon” las donaciones y se violaron los topes de manera simulada?

Los datos que puse en el documento que entregué al plenario del Consejo Electoral constituyen información pública que está disponible para cualquier ciudadano. Si hay o no “triangulaciones” y si se violaron o no los topes es, precisamente, lo que debe investigar, primero, la comisión especial asignada. Después la Sala Plena tomará la decisión que encuentre ajustada a la ley.

Con su documento desmenuzado, usted le pide al Consejo Electoral que avoque conocimiento y active la investigación citando, además, a declaración, a la directora del Centro Democrático; al gerente de la campaña y a varios de los donantes, tanto empresas como personas naturales ¿Cree que sus solicitudes, aun cuando van con pruebas oficiales, prosperarán?

Dejemos que la comisión haga su trabajo. Este Consejo Nacional Electoral está actuando con independencia: se ha renovado y está dando garantías a todos.

Cuando usted fue elegido para integrar el Consejo Electoral publicó una declaración según la cual, “no llego a representar ninguna fuerza política en particular” ¿Lo ha cumplido? Los demás consejeros ¿actúan de la misma manera?

He tenido expedientes contra el Centro Democrático, contra el propio Iván Duque, que he solicitado archivar por falta de fundamento en las denuncias. He cumplido y seguiré cumpliendo con rigor este mandato constitucional. Yo no fui en lista compartida. A mí me eligió la oposición y el Congreso en pleno aprobó mi nombre pero me debo, como los demás magistrados, a unas obligaciones constitucionales, que implican, entre otras, la medida afirmativa de defender los derechos de la oposición política y de las minorías. Y debo decir que este Consejo Nacional Electoral, bajo la presidencia del magistrado Hernán Penagos, ha tomado decisiones sin sesgos partidistas.

Su ponderación en esta entrevista no parece tener relación con algunos de sus trinos, en particular uno reciente en el que dice que el presidente Duque debería ser investigado por la Fiscalía de la Corte Penal Internacional “por el exterminio sistemático de líderes sociales y defensores de derechos humanos, destrucción del Acuerdo de Paz, asesinatos de defensores de la naturaleza”, etc.

El hecho de que sea magistrado del Consejo Electoral no me priva de mi condición de ciudadano. Todos los días publico en mi cuenta de Twitter los casos de asesinatos de líderes sociales y de reincorporados de las Farc. Esta indignación debería sentirla cualquier colombiano. El artículo 17 del Estatuto de Roma establece que si en un país no hay voluntad política para investigar y sancionar a los máximos responsables por acción o por omisión, de crímenes de lesa humanidad, deben ser investigados por la Fiscalía de la CPI. Y eso es lo que digo. Y no solo trino en relación con Duque. También dije, en Twitter, que más de un millón de médicos brasileños pidieron que se investigue a Bolsonaro en la misma Fiscalía de la CPI frente a su actuación, de alcance criminal, por su pésima respuesta ante la pandemia.

“Me enteré que yo había ‘aprobado’ la investigación, por los medios”

¿Cuándo se enteró que usted y otros consejeros presuntamente habían “aprobado” la apertura de investigación a la campaña del excandidato presidencial Petro anunciada por su colega el magistrado Renato Contreras, por $365 mil pesos de aportes de servidores públicos?

Me enteré cuando los medios dieron la noticia. Hasta pregunté en el ‘chat’ de los magistrados cuándo se había aprobado esa decisión. Contreras afirmó que sí se había hecho la consulta e hizo llegar la resolución. Entonces dejé constancia de que se había violado el acuerdo que habíamos hecho en cuanto a casos de trascendencia nacional sobre los que habíamos advertido que se tratarían de manera abierta y transparente en la Sala Plena. En este caso, el expediente fue entregado entre muchos otros y sin mencionar su tema. Hay un agravante: Contreras había hablado del asunto y había propuesto la apertura de investigación a esa campaña, a comienzos de este año. Yo había señalado que los hallazgos no me parecían relevantes y planteé la tesis de que no había cómo deducir de esos hechos, responsabilidad objetiva. Pedí la rotación del expediente. Como lo entregó, pensé que había desistido. Pero no fui el único que se sintió asaltado en su buena fe. También otros magistrados expresaron lo mismo.

Dinero de empresas privadas a congresistas del uribismo

En el documento que usted presentó al Consejo Electoral, hay un listado del Centro Democrático particularmente llamativo: en la casilla de “persona que aporta”, hay una relación de nombres de 16 congresistas del uribismo. Frente a estos, en la casilla “concepto”, se escriben nombres de las empresas donantes. Y en la tercera casilla, el monto de dinero entregado ¿Qué le sugiere a usted esta planilla? Si esas empresas les dieron donaciones directas a los congresistas, ¿violaron normas vigentes?

En la ley electoral se establecen límites a la financiación privada de las campañas o de los partidos políticos así: 1.- No se podrán recaudar contribuciones y donaciones individuales superiores al 10% del valor total de la campaña, según los topes que establezca el Consejo Nacional Electoral en cada elección; 2. La contribución de empresas a las campañas presidenciales está prohibida por la ley 996 de 2005. 3.- Las campañas presidenciales no podrán recibir aportes o donaciones individuales de personas naturales sino hasta por el dos por ciento (2%) del monto fijado como tope de la campaña. Lo destaco en el documento que entregué al plenario del Consejo para que se investigue si se respetaron los topes de financiación y si se violaron las prohibiciones de ley.

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar