En una histórica decisión, la Corte Constitucional tumbó la reforma que introducía la cadena perpetua para violadores y homicidas de menores de edad. La razón dada por el alto tribunal es que no puede haber regresión en los temas de derechas humanos, y un castigo como la prisión perpetua causaría efectos graves para la dignidad humana de la persona que es condenada.
De esta forma, la Corte Constitucional tumbó uno de los proyectos banderas del presidente Iván Duque y que unió a su bancada, a pesar de pronunciamientos y hasta conceptos que hablaban de la inconstitucionalidad y la poca conveniencia de esta medida para luchar contra la violencia que sufren los menores de edad en Colombia. Por eso, como fue una propuesta bandera de los afines al gobierno, de inmediato se comenzaron a escuchar propuestas para saltarse el fallo de la Corte y reinstaurar la cadena perpetua en la Constitución.
La propuesta que más se ha hecho es convocar a un referendo que les pregunte a los colombianos si están de acuerdo o no con que la cadena perpetua se habilite en la Constitución. El planteamiento ha venido principalmente del partido de Gobierno, que ha sido bastante crítico del fallo y hasta ha dicho que alto tribunal ha usurpado las funciones legislativas que tiene el Congreso.
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“Los Partidos que defendimos la cadena perpetua para violadores de niños, deberíamos hacer un frente común para con un referendo lograrlo. Los derechos fundamentales de nuestros pequeños deben prevalecer, es un principio Constitucional”, comentó la senadora Paola Holguín, del Centro Democrático, como la alternativa para que nuevamente se habilite la cadena perpetua
Esta misma postura la ha dado el senador cristiano John Milton Rodríguez. “Como padre y abuelo me duele profundamente que la Corte no respalde la decisión de castigar ejemplarmente violadores y asesinos de niños. Invito a los colombianos a que nos unamos para hacer un referendo que busque proteger a las familias y niños víctimas”, expresó el miembro de Colombia Justa y Libres.
No obstante, al consultar a conocedores del ámbito legal, estos coinciden en que el resultado de llevar este tema a un referendo tendría los mismos resultados que tuvo el proyecto de acto legislativo. “No cambia nada, es lo mismo. Si llega por referendo o iniciativa. No pasa nada, se volvería a caer. Se podría convocar, pero el resultado no se podría elevar a la Constitución”, expresó a este diario el presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, Francisco Bernate.
En esta postura también coincidió el exmagistrado de la Corte Constitucional José Gregorio Hernández. Para este, cumplir con los requisitos para un referendo, de acuerdo con el artículo 368 es bastante complejo. Además, recordó que esta solicitud de referendo también tendría que ser estudiada por la Corte Constitucional y el resultado debería ser el mismo al proferido actualmente.
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“Se necesita que haya fallo por la convocatoria y en esa instancia declararía de nuevo la inconstitucionalidad porque el fallo es cosa juzgada y no se puede reproducir una norma declarada inexequible por razones de fondo”, expresó Hernández, que recordó que en esta decisión el alto tribunal destacó que este tipo de penas violan la dignidad humana.
En este punto, a través de redes sociales, el abogado Francisco Bernate recordó que la única forma de habilitar la cadena perpetua sería cambiar el texto constitucional a través de una asamblea “que derogue la Constitución del 91 y haga una totalmente diferente” y retirándose de la CIDH. Esto debido a que la luz de la Convención Americana de Derechos Humanos se puede interpretar este tipo de penas como tratos crueles, como lo reseñó un concepto de 2019 del Consejo Superior de Político Criminal, órgano consultivo adscrito al Ministerio de Justicia.
“De hecho, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha considerado que si bien no existe una mención expresa de la prohibición a la cadena perpetua en la Convención Americana, esta puede ser entendida como un trato cruel, inhumano o degradante. De esta forma, en la sentencia Mendoza y otros vs. Argentina, ese tribunal entendió que la prisión perpetua es un castigo desproporcionado, que desatiende la prohibición de tratos crueles e inhumanos”, se lee en el concepto que rechazó la viabilidad de un proyecto que buscaba habilitar la cadena perpetua.
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Además de la propuesta del referendo, la senadora Paola Holguín extendió su propuesta a hacer una “solicitud de nulidad de la sentencia por violar precedente sobre el modo en que se debe llevar a cabo el test de sustitución constitucional”. Frente a este planteamiento, el exmagistrado Hernández también fue crítico, aunque dejó constancia de que guarda un sumo respeto por la senadora.
“La nulidad de las sentencias solo tiene lugar cuando hay violaciones al debido proceso. Eso lo tiene que decidir la sala plena de la corte y es poco creíble que vayan a declarar la nulidad frente a este fallo”, expresó el antes togado sobre la otra propuesta de Holguín, que en este caso incluye las vías judiciales.
Además de lo expresado por estos dos miembros de la bancada de Gobierno, las propuestas también vinieron del sector independiente, como es el caso del senador liberal Miguel Ángel Pinto. Este, que apoyó el proyecto de acto legislativo, aseguró que en respuesta al fallo presentaría un proyecto de ley para que se aumenten las penas por violación de menores de edad hasta 60 años pues actualmente no llegan a más de 30 años.
Además, también se comenzaron a escuchar propuestas para que los condenados por violación y homicidio de menores de edad no puedan ser beneficiado con reducciones de la pena por estudio, trabajo o beneficios similares.
Frente a estas propuestas, los expertos también tuvieron reservas. Para Bernate, el anuncio de aumento de penas es mero “populismo”, pues “eso ya está, esa medida ya existe”. El penalista incluso recordó que actualmente en el ordenamiento colombiano se han llegado a contemplar penas entre 60 a 90 años de prisión para los que participen en delitos de tráficos de niño, niñas y adolescentes, por lo que subir las penas no es la solución.
En cuanto a la segunda propuesta, señaló que en estos temas la corte ya se ha pronunciado y ha dicho que no se puede retirar la posibilidad de redención de la pena con estudio o trabajo debido a que, como dejó constancia el alto tribunal constitucional, “es una expresión de la dignidad humana y es un instrumento por medio del cual el Estado ofrece al condenado la posibilidad de resocializarse, lo cual de ninguna manera supone una medida de desprotección a los menores, porque como se dijo en líneas atrás, esta se concreta a través de otros mecanismos presentes a lo largo de la intervención penal”.
Por otro lado, el exmagistrado Hernández señaló que es viable subir las penas y hasta quitar todos los subrogados a los condenados por violación y homicidios de menores. Sin embargo, esto no entraría a solucionar el problema real que es los casos de violación y homicidio de menores. Para este, el tema es un asunto tanto cultural como de falta de judicialización y el trabajo debe girar en estos puntos y no seguir con el populismo punitivo.