El presidente Gustavo Petro se refirió este martes a la decisión de la Fiscalía de Luz Adriana Camargo de no acceder a la suspensión de las órdenes de captura contra los 29 cabecillas del Clan del Golfo, entre los que está Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, alias “Chiquito Malo”, quien tiene una solicitud de extradición de Estados Unidos. De acuerdo con el mandatario, la decisión “no le fue consultada”.
“Yo no he suspendido la orden de extradición de alias ‘Chiquito Malo’ ni he autorizado la lista de los primeros cuatrocientos combatientes que irán a la zona de concentración del sur de Córdoba para su salida de la violencia que implica sometimientos a la justicia que la ley ya permite a la Fiscalía General”, escribió el mandatario en su cuenta de X.
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Agregó que si bien el comisionado de paz hizo una lista de 29 jefes criminales “que incluye extraditables”, algo que “estaba en sus funciones”, según indica el mandatario, “no fue consultada esa decisión al presidente”. Incluso, enfatizó en que él “ha sido claro en que en las primeras fases del proceso no actúan extraditables”.
“Solo si hay un proceso avanzado de paz, como dice la ley, el presidente puede suspender órdenes de extradición”, aseveró.
En esa misma publicación, Petro enfatizó en que solo él “ordena la política de paz de Colombia” y que “las zonas de concentración para la salida de combatientes se respetan por orden del presidente”. Y, en esa línea, señaló que este mismo martes “se hará la lista completa de 400 integrantes del llamado EGC sin extraditables”.
“Solo el cumplimiento de los acuerdos en desmantelamiento de economía ilícita y respeto a la población civil determinarán si el proceso se declara en estado avanzado”, finalizó.
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Sus declaraciones llegan después de que se abriera un nuevo choque entre la Fiscalía y la oficina a cargo de Otty Patiño, el comisionado de paz. Mientras la primera argumentó que la suspensión no puede aplicarse sin comprobar la identificación de los integrantes, su pertenencia al grupo y la entrega de armas, entre otras cosas, el comisionado señaló que la suspensión de las órdenes de captura “opera por mandato expreso de la ley y no por una valoración discrecional posterior de la Fiscalía General de la Nación”.
Incluso, Patiño subrayó que la determinación sobre el “estado avanzado de un proceso de paz” y la creación de Zonas de Ubicación Temporal solo corresponden “constitucional y legalmente al presidente de la República”.
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