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Durante la mañana y la tarde de este miércoles 19 de febrero, a todas las oficinas de los ministerios, departamentos administrativos y en general a las entidades públicas del Ejecutivo llegó un documento que llamó la atención de muchos funcionarios por su contenido y la firma que lo acompañaba. Se trató de un archivo con tres páginas dirigido a las cabezas de esas oficinas y proveniente del despacho del presidente Gustavo Petro en la Casa de Nariño.
De acuerdo con el documento, se trata de la segunda directiva presidencial que el jefe de Estado firma en 2025. La misma hace referencia a la coordinación entre las entidades mencionadas y la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), encargada de desarrollar actividades para prevenir amenazas internas o externas, actos de corrupción y, según la ley, cualquier otra actividad que atente contra la democracia y la administración pública.
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Desde que el presidente Petro llegó al poder, la DNI ha sido una de sus entidades más cuidadas, pues siempre la ha encargado a personas de su entera confianza, esto debido a la información sensible que se maneja en sus oficinas. El primero en asumir la dirección bajo esta administración fue Manuel Alberto Casanova, amigo personal de Petro y quien militó junto a él en la guerrilla del M-19. Tras su salida de ese despacho, llegó Carlos Ramon González, considerado uno de los mejores amigos del mandatario y también ex M-19.
Luego de qué González saliera del cargo tras resultar salpicado en el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), el jefe de Estado nombró, bajo la figura de encargo, a Jorge Lemus. Es él quien actualmente coordina las labores de inteligencia y contrainteligencia desde el Ejecutivo y quien tiene acceso a archivos sensibles como el del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). La DNI, además, fue clave en todas las revelaciones que hizo el jefe de Estado sobre la supuesta compra del software espía Pegasus.
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En la directiva presidencial se les pide a los ministros y altos funcionarios adelantar las acciones necesarias en sus entidades para brindar a la DNI la información que requiera en el marco de su misionalidad. Además, se les exige cooperar con la gestión de esa entidad y abstenerse de “impedir u obstaculizar” el desarrollo de las actividades y medios que están destinados a la prevención de los actos de corrupción y cualquier otra actividad contra el Estado.
En el tercer y último punto de la directiva, el presidente solicita colaborar con la DNI en la prevención de amenazas, vulnerabilidades y riesgos de naturaleza cibernética que puedan afectar el normal desarrollo de las funciones del Ejecutivo. Hasta el momento no se conoce el origen de la directiva, pero todo indica que busca solucionar algunas dificultades administrativas en la cooperación entre las entidades.
De acuerdo con la ley, quienes pueden acceder a la información que produce la DNI son el presidente de la República, los miembros de la fuerza pública autorizados, el secretario general de la Presidencia o jefe de despacho y los ministros o viceministros, siempre y cuando el tema tenga que ver con sus funciones.
Directiva del presidente Petro sobre el DNI
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