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¿Por qué hay más de 100 candidatos presidenciales? Alejandra Barrios explica

El desorbitado número de 107 pretendidos candidatos que se han publicitado para las elecciones 2026 a la Presidencia de la República, se debe al “descontrol del sistema de partidos” en Colombia, responde la experta Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral, MOE. Y advierte que las firmas que respaldarían a 73 precandidatos, podrían ascender a 46 millones, cifra más alta que la del total de votantes habilitados en el país, que corresponde a 39 millones.

Cecilia Orozco Tascón

12 de octubre de 2025 - 08:00 a. m.
Alejandra Barrios advierte: “El proceso de recolección de firmas ha sido instrumentalizado para hacer campañas anticipadas y sin supervisión en cuanto al origen, monto y destino de los recursos”.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada
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¿Cómo explica la Misión de Observación Electoral (MOE) que usted dirige, la multiplicación de precandidatos presidenciales para las elecciones de 2026 que supera la cifra de 100, en total? ¿Se trata de una burla, de vanidad y “locura” de los pretendidos aspirantes o de una aberración de la democracia representativa?

Hay descontrol en nuestro sistema de partidos y, claramente, esta situación tiene efectos en el número de candidatos que se presentan para las diferentes corporaciones públicas y a la Presidencia de la República. Con el fin de aspirar al cargo presidencial, existen, hasta la fecha, 73 personas que están recogiendo firmas para respaldar su pretensión mediante la figura llamada “grupos significativos de ciudadanos”. Entre esas 73 personas, hay varios tipos de candidatos: unos independientes que, efectivamente, recogen firmas para presentarse en las elecciones de 2026; otros que quieren posicionarse en la opinión pública con la intención de negociar, posteriormente, un lugar importante y visible en las listas al Senado o la Cámara; aquellos que aprovechan este periodo para publicitar su nombre con miras a las elecciones locales de 2027 (para alcaldías, gobernaciones, concejos y asambleas); y, finalmente, están quienes no tienen ninguna opción real pero utilizan esta estrategia para sonar mediáticamente, quizás con la intención de que les ofrezcan, en el futuro, algún ministerio o cargo oficial de importancia.

No es posible conocer, con certeza, las intenciones reales de todos los “precandidatos” pero, por la observancia de procesos electorales pasados, ¿puede, entonces, afirmarse que algunos solo buscan hacerse publicidad?

Si bien no es posible conocer, en la totalidad de los casos, las intenciones reales de las numerosas candidaturas presentadas, en algunas de ellas se logra identificar si la aspiración es consistente puesto que no es fácil recolectar más de 630 mil firmas que se requieren para que el aspirante sea inscrito, formalmente, como candidato ante la Registraduría. La legislación vigente necesita una actualización debido a que la figura de “grupo significativo de ciudadanos”, que fue concebida, originalmente, para facilitar la participación de personas que no son afiliadas a los partidos políticos, ha sido susceptible de desvirtuarse.La posibilidad de que los candidatos que se presentan por firmas por su condición de independencia partidista, al mismo tiempo puedan recibir el aval de una o varias de las colectividades políticas sin ningún tipo de restricción, contraviene el espíritu inicial de la ley. Por eso es necesario hacerle ajustes normativos al mecanismo de “grupos significativos de ciudadanos” y establecerle una serie de controles.

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¿Por qué cree que el uso de esa figura se está desvirtuando?

Porque aunque la recolección de firmas fue diseñada para permitir la postulación de candidatos independientes, ese proceso ha sido instrumentalizado para hacer campañas anticipadas y sin supervisión en cuanto al origen, monto y destino de los recursos. Esta situación genera distorsiones que pueden beneficiar, indebidamente, a algunas campañas formales a la Presidencia o al Congreso de la República, comprometiendo la equidad y transparencia del proceso electoral.

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Durante la etapa de las precandidaturas, ¿hay evidencia de que los dineros recogidos en esa etapa, llegaron después a una campaña formal y no fueron debidamente reportados?

Le respondo de la siguiente manera: quienes recogen firmas para una candidatura, usualmente solicitan recursos tanto para financiar esa actividad de recolección como para la futura contienda electoral. Al recibir esos recursos antes de que empiece, formalmente, el periodo en que se controlan las campañas, su destino no suele ser reportado a la autoridad electoral.

¿Cuál es la fecha máxima en que la Registraduría puede recibir los paquetes de firmas de los precandidatos que hayan podido cumplir la tarea?

El 17 de diciembre de este año es el término para la presentación de las firmas. Y la Registraduría tiene plazo hasta el 21 de enero de 2026 para verificarlas y para expedir – si corresponde - la certificación de cumplimiento del número validado de respaldo de las candidaturas que cumplan ese requisito. Una vez se surta ese proceso y según lo establecido en el calendario electoral, se llevará a cabo la inscripción de candidatos desde el 31 de enero hasta el 13 de marzo de 2026.

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¿Cómo se controla la legalidad de cada firma en la Registraduría?

Ejecuta varios controles: 1. Verifica que la información del firmante esté completa y sea legible (nombre, al menos el primer apellido, número de cédula, firma o huella dactilar clara). 2. Realiza cruces con fuentes de datos, entre otros, el Archivo Nacional de Identificación y el propio censo electoral. 3. Constata la existencia o inexistencia de inconsistencias entre los datos que el ciudadano diligenció en el formulario y los que tiene la Registraduría. 4. Comprueba que el firmante no haya entregado más de un apoyo al mismo grupo significativo de ciudadanos. Y 5. Confirma la originalidad del registro, es decir, que toda la información del renglón del formulario provenga de una misma mano.

Una vez ejecutados esos controles, se expide un informe técnico en que se especifica la cantidad de apoyos válidos. Y en caso de los que no se aprobaron, se informa la causal de invalidación.

¿Quién o quiénes recogen firmas? Y ¿quién controla la rectitud de la conducta de los recolectores que invitan a la gente a escribir su autógrafo en un formulario?

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En la labor de recolección de firmas, se encuentran varias modalidades. En unos casos, se involucra, primordialmente, a simpatizantes y colaboradores de los aspirantes. Estas personas, organizadas en equipos, se dedican a conseguir las firmas necesarias en diversos lugares, a lo largo del país. Pero en otros casos, esa práctica ha evolucionado con la participación de empresas especializadas en la recolección, que le ponen un valor monetario a cada firma validada. Este método, si bien facilita la obtención del número requerido de apoyos, también suscita preocupaciones por la pérdida del espíritu original del mecanismo de participación ciudadana, por el surgimiento de un mercado formal e informal dentro del proceso electoral.

¿No existe, en la actualidad, ningún mecanismo de control oficial? ¿Cómo una empresa recolectora puede prometer que ciudadanas como usted o yo, firmemos para apoyar a un precandidato?

Aunque no está prohibida esa actividad, tampoco existe regulación para controlarla. Significa que ese servicio se les puede ofrecer a las campañas electorales. Ahora, ¿cómo garantizan las firmas? Francamente, no lo sé. Pensaría que utilizan bases de datos y redes de personas que comparten intereses específicos en algunas áreas.

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Si es cierto que el precio que paga un precandidato por cada firma está entre $2.000 y $3.000, y que el volumen para ser inscrito en la Registraduría como candidato, es de cerca de 635 mil firmas por cada uno, significa que la empresa recolectora cobra entre $750 y $1.000 millones de pesos por paquete. Ese valor y el origen del dinero invertido, ¿se contabilizan en las campañas formales o no se reportan?

No recuerdo haber visto reportes, en los informes de rendición de cuentas de las campañas, sobre el pago explícito a empresas por la recolección de firmas. Presumo que esos gastos se diluyen en los informes de pagos generales a empresas de logística y de proselitismo electoral lo que impide una fiscalización precisa, y dificulta la detección de posibles irregularidades. La opacidad en la rendición de cuentas sobre esa actividad socava la confianza pública en la integridad del proceso electoral y obstaculiza la capacidad de la ciudadanía para evaluar la legitimidad del apoyo con que cuentan los candidatos.

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Directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), en entrevista.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

Entonces, estamos ante un enorme vacío legal sobre las actividades de las campañas en el periodo anterior al controlado por las normas electorales.

Indiscutiblemente se requiere una mayor rigurosidad en la fiscalización de los gastos de campaña en cuanto se refiere a la recolección de firmas. Es necesaria una rendición de cuentas detallada y específica que permita identificar y sancionar cualquier práctica irregular relacionada con esa labor. Solo a través de la transparencia, la regulación y la vigilancia se podrá proteger la integridad del proceso electoral y fortalecer la confianza de la ciudadanía en la democracia.

Los donantes de las campañas presidenciales formalmente establecidas, ¿pueden también ser donantes de precandidatos por firmas?

Los donantes de campañas presidenciales pueden aportar a las campañas de los precandidatos que recogen firmas, incluso sin los límites impuestos a los aportes privados de personas naturales y jurídicas que se activan cuando se formaliza la inscripción de las candidaturas. Las normas que deben cumplir las campañas presidenciales respecto de su financiación, no aplican a los procesos de recolección de firmas para inscribir candidaturas. Para este tipo de procesos, tampoco existe una reglamentación específica frente al origen, destino y volumen de los recursos.

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En consecuencia, la falta de reglamentación y claridad en la figura de la recolección de firmas como apoyo a una precandidatura, ¿podría estar permitiendo, por omisión, una especie de “paracampaña” u organización preelectoral sin normas que robustece las campañas formales sin consecuencias legales?

En algunos casos, podría presentarse ese fenómeno por la ausencia de reglas. Pero también debe destacarse que existen procesos auténticos y democráticos de recolección de firmas para impulsar candidaturas que representan ideas y propuestas alternativas.

Sin legislación para esos casos, ¿cómo se controla la legalidad de los dineros cuyo volumen se está notando en las campañas exhibicionistas de algunos precandidatos?

Reitero que no existe norma frente al origen, destino y volumen de los recursos para la inscripción de candidaturas por recolección de firmas. Sin embargo, los comités que adelantan estos procesos sí deben rendir informes de sus ingresos y gastos ante el Consejo Nacional Electoral, en los tiempos y formas establecidas como está dispuesto en la Resolución 01283 de 2025. Esos informes deben contrastarse con el despliegue proselitista que se observe de las precandidaturas en el terreno y en las redes sociales, a fin de detectar inconsistencias y posibles subregistros que ameriten algún tipo de investigación.

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El examen de contrastación entre ingresos y gastos reportados y el despliegue proselitista, ¿sí se hace actualmente o no?

No. Tenemos un sistema muy débil de seguimiento y verificación entre lo que se informa y lo que efectivamente ocurre en la campaña electoral o en la actividad de recolección de firmas. Esos procesos de detección podrían ser coordinados con la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), la entidad competente para la prevención y detección de operaciones que podrían ser utilizadas como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento de recursos provenientes de actividades delictivas o para dar apariencia de legalidad a las transacciones vinculadas con las mismas, especialmente en cuanto a lavado de activos y financiación del terrorismo.

¿Cuál es el promedio histórico de participación de los votantes en las consultas internas de los partidos y cuánto cuesta cada consulta? En democracia, ¿vale la pena invertir en este tipo de preselecciones?

Para las elecciones presidenciales de 2022, se llevaron a cabo 3 consultas interpartidistas: las del Pacto Histórico, Equipo por Colombia y Centro Esperanza. La participación para esas elecciones que se desarrollaron el mismo día de las elecciones para el Congreso de ese año, fue del 32,27%. En 2014, Alianza Verde eligió su candidato a la Presidencia con una participación del 13,3%. En el caso específico de la consulta de este próximo 26 de octubre, la Registraduría contrató bienes y servicios por $123 mil millones aproximadamente. Incluye el procesamiento de información de los candidatos inscritos, la postulación y designación de jurados de votación, el kit electoral, y la seguridad informática y también el procesamiento de los resultados electorales.

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Para terminar, la Registraduría ha confirmado que, pese a decisiones judiciales, se podrá realizar, dentro de dos semanas, la consulta interna del Pacto Histórico. Pero podrían aparecer nuevos obstáculos jurídicos y estamos a pocos días de su eventual realización ¿Está de acuerdo con la tesis de algunos sobre el exceso de interferencia judicial en un proceso de competencia puramente política como el electoral?

Para responder esta pregunta es fundamental entender que una elección no es únicamente un acto político; es también un ejercicio regido por normas claras. Al igual que en cualquier competencia, existen reglas para asegurar que los participantes tengan condiciones equitativas y que la ciudadanía pueda confiar en el proceso. Estas reglas no surgieron de improviso. Fueron elaboradas y aprobadas por el Congreso en donde están representadas distintas posiciones ideológicas del país. Si en algún momento estas normas necesitan ser revisadas o actualizadas, el camino institucional es el espacio legislativo, no la omisión de las reglas en vigor. En este sentido, la función de la justicia no es entorpecer ni interferir, sino asegurarse de que el marco legal se cumpla.

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¿Usted cree, con todo el peso de su experiencia, que las próximas elecciones legislativas y las dos vueltas presidenciales, serán tan confiables y ágiles como las anteriores o cree, como insiste la oposición, que serán viciadas por la polarización política?

De cara a las próximas elecciones en Colombia, resulta fundamental abordar el tema de la confianza en el proceso electoral reconociendo las garantías institucionales establecidas a lo largo del tiempo y la resiliencia democrática del país frente a la adversidad. En primer lugar, es imperativo reconocer la solidez de las instituciones y los mecanismos implementados para asegurar la integridad de las elecciones. A través de procesos claros, transparentes y con trazabilidad sobre la organización de los comicios y la agregación de los resultados electorales, se ha construido un marco institucional que busca disipar cualquier duda en la validez del sufragio. En segundo lugar, no se puede obviar la profunda tradición democrática del país, incluso en los momentos más críticos de nuestra historia reciente, cuando se ha demostrado una notable capacidad para celebrar elecciones en contextos de conflicto difíciles. Esta resiliencia, lejos de ser un mero dato anecdótico, es un testimonio del compromiso con los principios democráticos y la voluntad de superar la adversidad a través del ejercicio del voto. Por consiguiente, no existen, al día de hoy, elementos concretos que justifiquen la predicción de obstrucciones o barreras a la celebración de las elecciones, ni que pongan en tela de juicio la confianza en los procesos institucionales que se han consolidado.

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46 millones de firmas tendría que verificar la Registraduría

Como se ha informado, más de 70 precandidatos manifestaron su intención de recoger firmas de ciudadanos para avalar su aspiración ¿Cuántas rúbricas válidas tiene que presentar cada aspirante para ser aceptado, oficialmente, como candidato? Y, ¿cuál es el número total de firmas que tendría que revisar la Registraduría si todos los preinscritos entregaran su correspondiente número de respaldos?

De acuerdo con la información brindada por la Registraduría, para que una persona sea aceptada oficialmente como candidata, debe recoger firmas de apoyo equivalentes al 3% (635 mil, 216 firmas) del número total de votos válidos en las elecciones presidenciales de 2022, que fue de 21 millones, 173 mil, 842. La Registraduría informó, en la Comisión Nacional de Seguimiento Electoral, llevada a cabo el pasado 7 de octubre, que se conformaron 73 comités inscriptores de candidaturas para las elecciones presidenciales. Esto significa que si todas las personas que se quieren postular a la Presidencia por medio de ese mecanismo, llevarán la cantidad mínima de firmas necesarias a la Registraduría, ascendería, por lo menos, a la cifra de 46 millones, 370 mil, 768 firmas, cuya autenticidad deberá verificarse de manera manual. Eso no tiene sentido.

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Dinero distorsiona el principio del apoyo ciudadano a las candidaturas

En cuanto al valor monetario de cada firma que valide la Registraduría, ¿es cierto que empresas recolectoras cobran entre $2.000 y $3.000 pesos?

Efectivamente, hay empresas que ofrecen, entre sus servicios electorales, la recolección de firmas, y que cobran por firma verificada. La práctica de cobrar entre $2.000 y $3.000 pesos por cada una, y cuyo valor unitario fluctúa en función del volumen total de firmas contratado, plantea interrogantes fundamentales sobre la transparencia y la equidad en el proceso electoral. La existencia de este mercado, en el que el precio por unidad se tasa de acuerdo al número de firmas que se solicita, pero también al tipo de cargo al que se aspira, sugiere una distorsión del principio de apoyo ciudadano a las candidaturas. A pesar de que no existe una prohibición legal explícita para la comercialización de la recolección de firmas, la falta de regulación y vigilancia estatal en este ámbito, puede abrir la puerta a prácticas poco éticas y potencialmente fraudulentas. La ausencia de controles efectivos podría, además, permitir la manipulación del proceso de recolección de apoyos, con afectación sobre la autenticidad de la voluntad popular que se expresa mediante esa herramienta.

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