Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Recomendado

                                      Contenido exclusivo

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Empleos

                                                                                                    Descuentos

                                                                                                      Idiomas

                                                                                                      Cursos y programas

                                                                                                        Más

                                                                                                        Cromos

                                                                                                          Vea

                                                                                                            Blogs

                                                                                                              Especiales

                                                                                                                Descarga la App

                                                                                                                  Edición Impresa

                                                                                                                    Suscripción

                                                                                                                      Eventos

                                                                                                                        Pauta con nosotros

                                                                                                                          Avisos judiciales

                                                                                                                            Preguntas Frecuentes

                                                                                                                              Contenido Patrocinado
                                                                                                                              18 de marzo de 2020 - 05:01 p. m.

                                                                                                                              ¿Qué significa el estado de emergencia declarado por el presidente?

                                                                                                                              Este martes Iván Duque hizo el anuncio en aras de tomar decisiones de índole económico y social para contrarrestar la crisis que desató el brote del COVID-19 en el país.

                                                                                                                              Redacción Política - politicaelespectador@gmail.com

                                                                                                                              Antes de la declaratoria de estado de emergencia, el presidente Duque decretó la emergencia sanitaria. / SIG

                                                                                                                              En medio de la crisis desatada por el brote del coronavirus en el país, el presidente Iván Duque se vio en la obligación de decretar el estado de emergencia económica y social, uno de los estados de excepción al que puede acudir el primer mandatario en circunstancias extraordinarias como la que vivimos a causa del brote del COVID-19. Este recurso se introdujo por primera vez en 1968 y fue adicionado en la Constitución de 1991.

                                                                                                                              El artículo 215 determina que “cuando sobrevengan hechos distintos de los previstos en los artículos 212 y 213 (estado de guerra exterior y estado de conmoción interior) que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá el presidente, con la firma de todos los ministros, declarar el Estado de Emergencia por períodos hasta de treinta días en cada caso, que sumados no podrán exceder de noventa días en el año calendario”.

                                                                                                                              Lea más: Declarado estado de emergencia económica y social por coronavirus.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Al declararse dicho estado, la facultades del presidente serán excepcionales como la situación lo indica. “Hechos que no hayan sido posible preverlos y que el presidente no los pueda controlar en sus funciones ordinarios”, sintetiza Alfredo Beltrán, abogado constitucionalista. Por tanto el artículo dicta que los decretos que expidan pueden tomar fuerza de ley, es decir, sin pasar por el Congreso de la República. “(Estos están) destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos”. La relación debe de ser directa para calmar la emergencia y no se puede aprovechar la ocasión para tramitar proyectos de índole distinta o afectar los derechos fundamentales de la ciudadanía.

                                                                                                                              Eso sí, cada decreto pasa por revisión automática de la Corte Constitucional para que lo establecido no atente contra la Carta Política, sea oportuno con la situación y no vulnere los derechos.

                                                                                                                              Por ejemplo, se pueden decretar nuevos tributos o modificar los actuales, solo de forma transitoria, para ayudar en el saneamiento económico, aliviar las cargas de las pequeñas, medianas y grandes empresas, así como de la deudas de los colombianos. “En estos últimos casos, las medidas dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue carácter permanente”, si lo considera justo y necesario para el país.

                                                                                                                              También: Gobierno lanza paquete de medidas económicas para hacer frente al coronavirus. 

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Una vez concluido el estado de emergencia, se debe de convocar el Congreso, en caso de que no esté sesionando, que tiene la responsabilidad de examinar el informe que presente el Gobierno con el motivo de la declaratoria del estado de emergencia y las medidas adoptadas. “Se pronunciará expresamente sobre la conveniencia y oportunidad de las mismas”, y durante el año siguiente derogar, modificar y adicionar los decretos proferidos, declarándolos permanentes.

                                                                                                                              No se puede confundir este estado de emergencia con el estado de conmoción interior en el que el presidente cuenta con facultades policiales y cada decisión tomada es temporal, contrario al de emergencia económica que pasan a ser leyes. Con esta declaratoria es mentira que los alcaldes y gobernadores no tengan la facultad de poner toque de queda en ciudades y departamentos según lo consideren, de acuerdo a lo dicho por la vicepresidenta Marta Lucía Ramírez quien dijo que Duque es el único “puede  determinar restricciones de movilización en el país”. No obstante, el Ejecutivo expidió un decreto, no en aras del estado de emergencia, para ratificar que el presidente tiene la última palabra sobre si se convoca o no toques de queda o cualquier medida relacionada con el orden público. 

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Aunque los presidente de Senado y Cámara no se han referido sobre cómo le harán control a las medidad adoptadas por el Gobierno en el marco de la emergencia económica, el senador de Cambio Radical, Carlos Fernando Motoa, le pidió al presidente de la Comisión Séptima evaluar la posibilidad y hacer las gestiones para propiciar una reunión, presencial o virtual, con el fin de hacer control a las decisiones tomadas. 

                                                                                                                              Antes de la declaratoria de estado de emergencia, el presidente Duque decretó la emergencia sanitaria. / SIG

                                                                                                                              En medio de la crisis desatada por el brote del coronavirus en el país, el presidente Iván Duque se vio en la obligación de decretar el estado de emergencia económica y social, uno de los estados de excepción al que puede acudir el primer mandatario en circunstancias extraordinarias como la que vivimos a causa del brote del COVID-19. Este recurso se introdujo por primera vez en 1968 y fue adicionado en la Constitución de 1991.

                                                                                                                              El artículo 215 determina que “cuando sobrevengan hechos distintos de los previstos en los artículos 212 y 213 (estado de guerra exterior y estado de conmoción interior) que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá el presidente, con la firma de todos los ministros, declarar el Estado de Emergencia por períodos hasta de treinta días en cada caso, que sumados no podrán exceder de noventa días en el año calendario”.

                                                                                                                              Lea más: Declarado estado de emergencia económica y social por coronavirus.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Al declararse dicho estado, la facultades del presidente serán excepcionales como la situación lo indica. “Hechos que no hayan sido posible preverlos y que el presidente no los pueda controlar en sus funciones ordinarios”, sintetiza Alfredo Beltrán, abogado constitucionalista. Por tanto el artículo dicta que los decretos que expidan pueden tomar fuerza de ley, es decir, sin pasar por el Congreso de la República. “(Estos están) destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos”. La relación debe de ser directa para calmar la emergencia y no se puede aprovechar la ocasión para tramitar proyectos de índole distinta o afectar los derechos fundamentales de la ciudadanía.

                                                                                                                              Eso sí, cada decreto pasa por revisión automática de la Corte Constitucional para que lo establecido no atente contra la Carta Política, sea oportuno con la situación y no vulnere los derechos.

                                                                                                                              Por ejemplo, se pueden decretar nuevos tributos o modificar los actuales, solo de forma transitoria, para ayudar en el saneamiento económico, aliviar las cargas de las pequeñas, medianas y grandes empresas, así como de la deudas de los colombianos. “En estos últimos casos, las medidas dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue carácter permanente”, si lo considera justo y necesario para el país.

                                                                                                                              También: Gobierno lanza paquete de medidas económicas para hacer frente al coronavirus. 

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Una vez concluido el estado de emergencia, se debe de convocar el Congreso, en caso de que no esté sesionando, que tiene la responsabilidad de examinar el informe que presente el Gobierno con el motivo de la declaratoria del estado de emergencia y las medidas adoptadas. “Se pronunciará expresamente sobre la conveniencia y oportunidad de las mismas”, y durante el año siguiente derogar, modificar y adicionar los decretos proferidos, declarándolos permanentes.

                                                                                                                              No se puede confundir este estado de emergencia con el estado de conmoción interior en el que el presidente cuenta con facultades policiales y cada decisión tomada es temporal, contrario al de emergencia económica que pasan a ser leyes. Con esta declaratoria es mentira que los alcaldes y gobernadores no tengan la facultad de poner toque de queda en ciudades y departamentos según lo consideren, de acuerdo a lo dicho por la vicepresidenta Marta Lucía Ramírez quien dijo que Duque es el único “puede  determinar restricciones de movilización en el país”. No obstante, el Ejecutivo expidió un decreto, no en aras del estado de emergencia, para ratificar que el presidente tiene la última palabra sobre si se convoca o no toques de queda o cualquier medida relacionada con el orden público. 

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Aunque los presidente de Senado y Cámara no se han referido sobre cómo le harán control a las medidad adoptadas por el Gobierno en el marco de la emergencia económica, el senador de Cambio Radical, Carlos Fernando Motoa, le pidió al presidente de la Comisión Séptima evaluar la posibilidad y hacer las gestiones para propiciar una reunión, presencial o virtual, con el fin de hacer control a las decisiones tomadas. 

                                                                                                                              Por Redacción Política - politicaelespectador@gmail.com

                                                                                                                              Ver todas las noticias
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
                                                                                                                              Aceptar