Quitarse el condón sin consentimiento podría dar hasta cuatro años de prisión

Un proyecto de ley aprobado este martes en primer debate en la Cámara de Representantes busca tipificar como delito el stealthing (como se le conoce a esa práctica). La iniciativa, avalada por unanimidad, pasará a segundo debate en la plenaria de la Cámara.

29 de noviembre de 2022 - 11:33 p. m.
Según una investigación publicada en el National Center for Biotechnology Information, el 12 % de las mujeres ha experimentado un episodio de extracción no consensuada del condón por parte de sus parejas.
Según una investigación publicada en el National Center for Biotechnology Information, el 12 % de las mujeres ha experimentado un episodio de extracción no consensuada del condón por parte de sus parejas.
Foto: Pixabay - Pixabay

Quitarse el preservativo o cualquier barrera de protección durante una relación sexual, sin el consentimiento de la otra persona, podría dar hasta cuatro años de prisión al entenderse como un abuso de la confianza sexual. Así lo establece un proyecto de ley que fue aprobado este martes en primer debate y que fue propuesto por el Partido Liberal por medio de sus representantes Julián Peinado, Juan Carlos Losada y Carlos Felipe Quintero.

La iniciativa, avalada por unanimidad en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, ahora pasará a la plenaria de la corporación y su objetivo es que el stealthing” (como se le conoce a esa práctica) se tipifique como un delito, entendiendo que es un ataque contra la libertad sexual. Si es aprobado el segundo trámite, el proyecto pasará al Senado, donde se darán los dos debates restantes para convertirse en Ley.

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“La presente ley tiene por objeto tipificar como un delito autónomo los actos que atenten contra la libertad sexual que se realicen durante las relaciones sexuales, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, incluyendo la práctica del retiro del condón, preservativo u otra barrera de protección sexual”. Así quedó el texto aprobado en el primer debate, en el que se decidió modificar algunas expresiones como el consentimiento “verbal explícito”, pues se consideró que podría dejar por fuera otras formas de manifestar el consentimiento.

Otro punto que se debatió durante la discusión, y al final se modificó, fue el apartado del texto que hablaba del “retiro del condón, preservativo o barrera de protección sexual sin consentimiento”, que se modificó por “Abuso de la confianza sexual”. Esto, explicaron los representantes, para englobar “acciones dentro de las relaciones sexuales realizadas sin consentimiento de la otra persona, incluyendo el retiro de la barrera de protección sexual”.

Finalmente, durante el debate se estableció la potestad de que los medios de comunicación creen campañas de difusión “para generar consciencia sobre el carácter delictivo de la práctica a la que hace referencia la presente ley”, así como para generar pedagogía respecto a los mecanismos de denuncia y reparación frente a esta práctica.

De acuerdo con la representante Karyme Cotes (Partido Liberal), coordinadora ponente del proyecto, el objetivo primordial es “crear como delito autónomo” dicha práctica y “elevar a agresión sexual esta práctica toda vez que vulnera la confianza sexual que se ha depositado en la persona a quien se consiente la relación para sostenerla con una barrera de protección sexual”.

Sobre la definición de “stealthing” (sigilosamente, en español), Cotes señaló que se origina cuando la persona “de manera cautelosa, sin violencia pero de manera sigilosa, retira la barrera de protección sexual sin que medie el consentimiento de aquella con quién sostiene la relación” y destacó algunos antecedentes sobre esta práctica en países como Chile, Estados Unidos, Australia, Nueva Zelanda y el Reino Unido.

Hace poco más de un año, California fue pionera en prohibir el “stealthing”, al interpretar que es una práctica peligrosa que puede llevar a infecciones de transmisión sexual o embarazos no planificados, y que sus víctimas no saben cómo llamar a este tipo de violencia en los tribunales.

Por este motivo, Cotes destacó la necesidad de elevar la conducta como “una verdadera agresión sexual” y que esté en la legislación “toda vez que su descripción no encaja en ninguno de los tipos penales que actualmente existen en nuestro código penal”.

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