A poco más de un año de las elecciones que definirán al próximo inquilino de la Casa de Nariño, este jueves se conoció una directriz del Consejo Nacional Electoral (CNE), en la que se fija el número de cuñas diarias, avisos y vallas publicitarias que podrán publicar los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos con miras a la campaña a la Presidencia de la República.
Según la autoridad electoral, en el caso de medios de comunicación impresos como periódicos y revistas de circulación nacional, el número máximo de avisos diarios será de hasta ocho, cada uno hasta del tamaño de una página por cada edición. En los demás periódicos y revistas tendrán derecho a publicar hasta 4 avisos diarios, cada uno hasta del tamaño de una página por cada edición.
Frente a radio, se estableció que en el caso de Bogotá se podrán pautar hasta 50 cuñas radiales diarias, cada una de hasta 30 segundos. En los demás municipios, el tope será de 25 cuñas radiales diarias de hasta 30 segundos.
“Las cuñas podrán ser contratadas en una o varias emisoras de cada municipio, siempre y cuando no se exceda el número permitido; y en ningún caso las que no se emitan se acumularán para otro día”, explicó el CNE.
Por otro lado, en televisión, se determinó que se podrán contratar hasta 10 cuñas televisivas diarias, de hasta 30 segundos de duración cada una, en los diferentes canales de televisión nacionales, regionales o locales.
Adicionalmente, respecto a las vallas publicitarias, el CNE sostuvo que en Bogotá cada campaña podrá instalar hasta 16 vallas, mientras que en los demás municipios hasta ocho vallas, con un área de hasta 48 metros cuadrados.
Finalmente, la autoridad electoral estableció que la propaganda digital solo podrá ser contratada por los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, así como por sus campañas y gerente. De acuerdo con el CNE, los simpatizantes deberán coordinar con las campañas para respetar los límites y contar con la autorización expresa y escrita del gerente, que incluirá el valor como donación en los informes de ingresos y gastos.
“En ningún caso podrá ser contratada por personas distintas a las mencionadas en medios de comunicación social como televisión, radio, prensa, revistas y demás medios impresos de amplia circulación será igual”, explicó el organismo.
Según el CNE, estas mismas reglas se aplicarán para los comités de promotores del voto en blanco y para las consultas populares, internas e interpartidistas, toma de decisiones, así como para la escogencia de los candidatos a la Presidencia de la República. También se deberán tener en cuenta las disposiciones que establezcan las administraciones municipales.
“Los medios de comunicación y las empresas de publicidad o comercializadoras de vallas deberán informar mensualmente los costos comerciales, el tiempo y franja de emisión de la propaganda electoral contratada por las agrupaciones políticas y campañas, para lo cual se tendrán que inscribir en el portal Cuentas Claras, así como entregar un consolidado final al CNE”, precisó el ente.