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La Corte Constitucional convocó una mesa técnica para analizar el cumplimiento del Ministerio de Salud a las órdenes de este tribunal frente al proceso del cálculo de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), que es el dinero que el Estado le gira a las EPS por cada afiliado para cubrir su atención en salud.
“El propósito de la mesa técnica es robustecer el análisis técnico en torno al cálculo de la UPC, como insumo necesario para adoptar una decisión de fondo dentro del trámite incidental de desacato”, informó la Corte, a través de un comunicado.
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La decisión fue tomada por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008. En esa sentencia, la Corte identificó en su momento graves fallas en el sistema de salud colombiano, como negación injustificada de servicios, diferencias en los planes de beneficios, falta de reglas claras para los servicios no incluidos, problemas en los recobros y desinformación a los usuarios.
En el marco de esta sentencia, la Corte le ordenó a Minsalud que para el 2026 aumentara el UPC siguiendo los criterios establecidos por el tribunal. En ese sentido, en el auto que se abre el incidente de desacato contra el ministerio, la Corte concluyó que “persiste el incumplimiento general del componente de suficiencia de la UPC”. Es decir, que el Gobierno no ha demostrado técnicamente que la UPC sea suficiente para cubrir lo que el sistema debe garantizar.
En este mismo auto, la Corte Constitucional recalca que el Gobierno no puede fijar la UPC solo basándose en la inflación o en recomendaciones internas, sino que debe hacer un análisis profundo de costos, como ya se le había ordenado en decisiones anteriores.
De esta manera, la mesa que se realizará en las próximas semanas buscará esclarecer los aspectos centrales del cálculo de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) realizado por el Ministerio de Salud. “La Corte precisó que la mesa técnica se desarrollará el 13 de abril de 2026 y tendrá un carácter exclusivamente técnico”, informó el alto tribunal, a través de un comunicado. “En este escenario, el Ministerio de Salud, en su condición de autoridad concernida, deberá dar respuesta a las preguntas técnicas que serán delimitadas en el correspondiente auto metodológico”.
En este espacio participarán, además de Minsalud, organismos de control, autoridades del sector salud, asociaciones gremiales y entidades académicas que sean convocadas por la Corte.
¿Qué significa que se ajuste la UPC?
Como lo contamos hace meses en estas páginas, el Ministerio de Salud debe realizar un ajuste anual de la UPC para que esta continúe con la capacidad de pagar todos los servicios del Plan de Beneficios. Ese despacho debe calcular y anunciar el porcentaje antes del 31 de diciembre de cada año.
Para ello realiza un estudio de suficiencia. En primer lugar, este estudio utiliza la información del año anterior, es decir, dos años atrás del año en que estará vigente la UPC. Por ejemplo, para definir la UPC de 2025 el Ministerio de Salud está usando información de 2023. Son muchos datos, entre ellos la frecuencia de uso de servicios de salud de los colombianos (cada cuánto necesitaron ir al sistema de salud), la demanda de servicios (qué necesitaron) y los precios de cada servicio. Toda esa información es suministrada por las EPS, que a su vez la recogen de los hospitales y las clínicas.
En segundo lugar, a partir de esos datos, el Minsalud debe proyectar o estimar otros. Es decir, para incrementar la UPC de 2025, el Ministerio toma la información de 2023 y debe proyectar la inflación que tendrá Colombia en 2025, cuál será la demanda de servicios y qué costos tendrán, entre otros. De esos resultados depende, en gran medida, el futuro del sistema de salud en Colombia.
Cuando no hay suficiencia de la UPC, el sistema de salud debe priorizar ciertas atenciones osbre otras, que empiezan a aumentar sus tiempos de espera, lo que implicaría nuevas barreras de acceso al sistema para la población.
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