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Corte da vía libre para acceder a historias médicas

Familiares de personas en coma o fallecidas, tienen derecho a revisar su historial médico si tienen dudas sobre los procedimientos que les estén aplicando.

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El Espectador
31 de octubre de 2008 - 01:59 p. m.
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Así lo indicó la Corte Constitucional, que advirtió que el acceso a la documentación de un paciente que haya caído en un coma o uno que ya haya muerto, sólo podrán pedirlo sus familiares más cercanos, pero bajo ninguna circunstancia lo podrá hacer una persona que, aunque sea cercana, no sea familiar. No es necesario que el enfermo haya dejado por escrito un documento para autorizar el acceso a esa información.

En el caso de las personas ya fallecidas, los familiares que quieran acceder a su historia médica, deberán comprobar que es padre, madre, hijo o cónyuge y aclarar qué lo motiva a solicitar esa información. "No puede ser divulgada de forma indiscriminada", aclara la Corte.

"Cuando el paciente titular de la historia clínica fallece, el carácter reservado del documento se mantiene frente a terceros que no tienen un interés legítimo para conocer su contenido, pero no frente a sus familiares más cercanos", destaca la sentencia.

"A juicio de la Corte, el derecho de acceso de los familiares a esta información encuentra sustento en el derecho a la intimidad familiar, en el derecho a conocer la verdad acerca de las circunstancias en que murió su ser querido y en el derecho a la vida en condiciones dignas (en el sentido de tranquilidad moral y mental)", indica el documento del Alto Tribunal, con ponencia del magistrado Jaime Triviño.

Los familiares que pidan la información del paciente en coma o ya fallecido, deben comprometerse a guardar en reserva la información que no sea necesario hacer público. La Corte Constitucional dio vía libre a las personas que quieran revisar la historia médica de sus familias, porque considera que en últimas es la única prueba de los tratamientos médicos que recibieron sus familiares en estado de indefensión.

El pronunciamiento de la Corte se da después de la llegada de tres acciones de tutela que buscaban el acceso a las historias clínicas de sus familiares. La Corte ordenó que en 48 horas los tres hospitales implicados entregaran los documentos completos a los demandantes.

Por El Espectador

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