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                                                                                                                              Corte respalda comerciales que advierten sobre riegos de consumir bebidas azucaradas

                                                                                                                              El fallo advierte que los consumidores tienen el derecho a conocer los efectos negativos a la salud que representan estos productos. Hace un llamado a la SIC para que no censure estos mensajes.

                                                                                                                              Redacción salud

                                                                                                                              En Colombia uno de cada seis niños sufren de obesidad. / Steve Cukrov

                                                                                                                              En estos días se estuvo moviendo en Twitter el #NoComasMásMentiras. Un tema que se volvió tendencia como parte de la campaña que lanzó Red PaPaz, una organización que reúne a 683 asociaciones de padres de familia, para llamar la atención sobre los efectos negativos que la publicidad de comida ultra procesada dirigida a niños puede tener en su salud. En los 35 segundos que dura el comercial, por ejemplo, aparece un niño a punto de comerse un cereal que se transforma en un tarro de azúcar. (Lea también: El comercial con el que los papás de Colombia quieren evitar la obesidad infantil)

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Pero no es la primera vez que esto sucede. Hacia septiembre del año pasado la Asociación Educar Consumidores lanzó un vídeo en el que se advertía sobre los problemas de salud que puede representar las bebidas azucaradas. La fórmula era parecida: se trataba de un vídeo de 30 segundos en el que se equiparaban las bebidas con el número de cucharadas de azúcar que se estaría ingiriendo. (Lea también: Este es el polémico comercial de bebidas azucaradas que sacaron del aire)

                                                                                                                              El vídeo, sin embargo, fue denunciado por Postobón y retirado por orden de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ya que, supuestamente, no contaba con soporte científico o médico para comprobar la relación entre el consumo de azúcar y las bebidas como gaseosas o tés. “En el comercial se utiliza como unidad de medida la “cucharadita”, que no es ni exacta, ni determinable, ni comprensible, ni mucho menos aceptado como unidad de medida en el Sistema Internacional de Unidades que rige en el territorio colombiano”, fue uno de los argumentos que utilizó la SIC.

                                                                                                                              Además, advirtió que en próximas ocasiones todas las piezas publicitarias que emitiera la campaña debían tener el visto bueno de la SIC. “Las piezas publicitarias serán remitidas antes de presentarse al público y deberán radicarse en la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio”, aclara la resolución.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En una sentencia emitida en julio de este año, la Corte advierte que la SIC “no puede adoptar ninguna medida que implique un control previo sobre la información -independiente del medio por el que se transmita-, y que únicamente puede adoptar responsabilidades ulteriores, en el marco de las cuales se deben respetar los derechos fundamentales de los implicados, lo que incluye el derecho al debido proceso administrativo”. En otras palabras, advierte que los comerciales como los que emitió Educar Consumidores y que fueron retirados del aire, no tendrían por qué tener un visto bueno de la SIC antes de ser emitidos.

                                                                                                                              Igualmente, la Corte protege el derecho que tienen los consumidores a conocer los riesgos a la salud que representa el consumo de bebidas azucaradas. “Se tiene que los mensajes transmitidos por Educar Consumidores -que es una entidad sin ánimo de lucro y que no promociona ningún producto- se enmarcan en una campaña de salud pública que, más allá de influir en una decisión de consumo, pretendían advertir de los riesgos que en la salud puede tener el consumo excesivo de bebidas azucaradas”, dice el documento.

                                                                                                                              Como bien lo dijo César Rodríguez en una de sus columnas publicadas en El Espectador, el fallo “deja un mensaje para debates actuales sobre otras formas de censura que la industria despliega”. Sirve para aclarar discusiones como las que se están dando actualmente entorno a la campaña #NoComasMásMentiras, pues advierte que no pueden censurar este tipo de campañas pedagógicas, sobre todo cuando está relacionado con un problema de salud sobre el cual hasta la misma Organización Mundial de la Salud se ha pronunciado: la obesidad. En Colombia uno de cada seis niños tiene sobrepeso.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                               

                                                                                                                              En Colombia uno de cada seis niños sufren de obesidad. / Steve Cukrov

                                                                                                                              En estos días se estuvo moviendo en Twitter el #NoComasMásMentiras. Un tema que se volvió tendencia como parte de la campaña que lanzó Red PaPaz, una organización que reúne a 683 asociaciones de padres de familia, para llamar la atención sobre los efectos negativos que la publicidad de comida ultra procesada dirigida a niños puede tener en su salud. En los 35 segundos que dura el comercial, por ejemplo, aparece un niño a punto de comerse un cereal que se transforma en un tarro de azúcar. (Lea también: El comercial con el que los papás de Colombia quieren evitar la obesidad infantil)

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Pero no es la primera vez que esto sucede. Hacia septiembre del año pasado la Asociación Educar Consumidores lanzó un vídeo en el que se advertía sobre los problemas de salud que puede representar las bebidas azucaradas. La fórmula era parecida: se trataba de un vídeo de 30 segundos en el que se equiparaban las bebidas con el número de cucharadas de azúcar que se estaría ingiriendo. (Lea también: Este es el polémico comercial de bebidas azucaradas que sacaron del aire)

                                                                                                                              El vídeo, sin embargo, fue denunciado por Postobón y retirado por orden de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ya que, supuestamente, no contaba con soporte científico o médico para comprobar la relación entre el consumo de azúcar y las bebidas como gaseosas o tés. “En el comercial se utiliza como unidad de medida la “cucharadita”, que no es ni exacta, ni determinable, ni comprensible, ni mucho menos aceptado como unidad de medida en el Sistema Internacional de Unidades que rige en el territorio colombiano”, fue uno de los argumentos que utilizó la SIC.

                                                                                                                              Además, advirtió que en próximas ocasiones todas las piezas publicitarias que emitiera la campaña debían tener el visto bueno de la SIC. “Las piezas publicitarias serán remitidas antes de presentarse al público y deberán radicarse en la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio”, aclara la resolución.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En una sentencia emitida en julio de este año, la Corte advierte que la SIC “no puede adoptar ninguna medida que implique un control previo sobre la información -independiente del medio por el que se transmita-, y que únicamente puede adoptar responsabilidades ulteriores, en el marco de las cuales se deben respetar los derechos fundamentales de los implicados, lo que incluye el derecho al debido proceso administrativo”. En otras palabras, advierte que los comerciales como los que emitió Educar Consumidores y que fueron retirados del aire, no tendrían por qué tener un visto bueno de la SIC antes de ser emitidos.

                                                                                                                              Igualmente, la Corte protege el derecho que tienen los consumidores a conocer los riesgos a la salud que representa el consumo de bebidas azucaradas. “Se tiene que los mensajes transmitidos por Educar Consumidores -que es una entidad sin ánimo de lucro y que no promociona ningún producto- se enmarcan en una campaña de salud pública que, más allá de influir en una decisión de consumo, pretendían advertir de los riesgos que en la salud puede tener el consumo excesivo de bebidas azucaradas”, dice el documento.

                                                                                                                              Como bien lo dijo César Rodríguez en una de sus columnas publicadas en El Espectador, el fallo “deja un mensaje para debates actuales sobre otras formas de censura que la industria despliega”. Sirve para aclarar discusiones como las que se están dando actualmente entorno a la campaña #NoComasMásMentiras, pues advierte que no pueden censurar este tipo de campañas pedagógicas, sobre todo cuando está relacionado con un problema de salud sobre el cual hasta la misma Organización Mundial de la Salud se ha pronunciado: la obesidad. En Colombia uno de cada seis niños tiene sobrepeso.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                               

                                                                                                                              Por Redacción salud

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