La promesa que el presidente Gustavo Petro lanzó en su consejo de ministros del pasado 25 de marzo —“Si hunden la reforma a la salud, vemos en decretos hasta dónde se puede y lo demás se liquida (…)”— comenzó a materializarse pocos días después. El 31 de marzo, el Ministerio de Salud expidió la resolución 542 de 2025, que establece los criterios para la compra centralizada, distribución y suministro de medicamentos destinados al tratamiento de enfermedades huérfanas. En otras palabras, el Gobierno pretende hacer directamente la adquisición de estos medicamentos a través de la OPS, quitándole esa función a las EPS.
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“Nosotros desde hace varios años hemos promovido el avance de estas discusiones”, comienza diciendo Diego Fernando Gil, director de la Federación Colombiana de Enfermedades Raras (Fecoer). “Estamos convencidos”, añade Gil, “de que la compra centralizada, si bien no resuelve todas las barreras, podría ser un muy buen mecanismo”.
Hay varias razones que apoyan esa idea, agrega Carlos Mario Ramírez, exviceministro y exdirector de la Adres, y quien en su momento lideró el proceso de adquisición conjunta de medicamentos de alto costo para tratar enfermedades como la hepatitis C que el país realizó para los años 2017 y 2018. En primer lugar, las enfermedades huérfanas o raras son afecciones potencialmente mortales o debilitantes a largo plazo, y cuya causa exacta no siempre se conoce (aunque muchas tienen origen genético). En el mundo se han identificado entre 6.000 y 7.000 enfermedades huérfanas. En Colombia tenemos identificadas alrededor de 1.920 que se encuentran incluidas en la resolución 430 de 2013.
En segundo lugar, son “raras”, además, porque afectan a un número muy reducido de personas. Con corte del 10 de abril de 2024, el Registro Nacional, fuente oficial de información de enfermedades huérfanas en Colombia, tenía registradas a 84.175 personas con enfermedades raras en el país. Los diagnósticos más frecuentes son: esclerosis múltiple (5.166 casos), enfermedad de Von Willebrand (3.951 casos), déficit congénito del factor VIII (3.328), síndrome de Guillain-Barré (3.275), esclerosis sistémica cutánea limitada (2.682), displasia broncopulmonar (2.598), drepanocitosis (2.144), miastenia gravis (1.865), enfermedad de Crohn (1.734) y esclerosis sistémica cutánea difusa (1.689)
Ambos puntos crean la siguiente situación: pocas personas las sufren, sus consecuencias son graves, incapacitantes e incluso mortales, y sus medicamentos, al ser altamente especializados y de baja demanda, suelen ser costosos y difíciles de conseguir. “En esos casos, la compra centralizada es un mecanismo que puede garantizar el acceso y bajar el costo”, dice Ramírez. Cuando el país hizo compra centralizada de medicamentos contra la hepatitis C para 2017 y 2018, se logró una reducción de precios de alrededor del 80 %.
Esos posibles resultados positivos se explican por el método utilizado en la compra centralizada. Tal como se ha hecho en Colombia en experiencias anteriores —y como lo plantea la reciente resolución—, el Estado adquiriría estos medicamentos a través del Fondo Rotatorio Regional para la Adquisición de Productos Estratégicos de Salud Pública de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), filial en las Américas de la OMS. Esta, en términos simples, es una plataforma multilateral que permite a los países negociar precios más bajos gracias a la compra conjunta y al respaldo técnico de la OPS. Es decir, los países se unen, identifican una demanda común de ciertos medicamentos o insumos y, a través del Fondo Rotatorio, consolidan esa demanda para hacer compras a gran escala.
Esto no solo permite acceder a precios más bajos gracias al poder de negociación colectiva, sino que también facilita la planificación, puede reducir los tiempos de adquisición y asegura que los productos cumplan con estándares internacionales de calidad. Para países con recursos limitados, este mecanismo ha representado una oportunidad única de adquirir medicamentos que, si negociaran directamente con la industria, no podrían costear. “Es bueno que Estado esté pensando en cómo puede hacer negociaciones que vinculen a más países para lograr eficiencias en los precios”, dice Alejandro Botero, de la Cámara de salud de la Andi. Esto podría ayudar, dice “Pero hay algunas dudas importantes”.
No es una solución de fondo
La medida se conoció en medio de persistentes problemas de acceso a medicamentos, especialmente entre los pacientes con enfermedades raras en Colombia. “Con esto, creemos que el Ministerio de Salud está generando unas expectativas que no son reales. Yo he recibido muchas llamadas de familias esperanzadas que me preguntan si ahora sí van a poder acceder al fármaco, y lo cierto es que esto no es una solución inmediata”, advierte Gil, de Fecoer. En primer lugar, las compras centralizadas requieren tiempo, dice. “No es algo que se haga de un día para otro. Pueden tomar varios meses o incluso años”.
El proceso implica consolidar la demanda de varios países, adelantar trámites administrativos, negociar con proveedores, y coordinar la producción, importación y distribución de los medicamentos. Esto puede ser especialmente complejo si se trata de la primera vez que se implementa el mecanismo para ciertos tratamientos, como es este caso.
Justamente, en el caso de los medicamentos para enfermedades huérfanas, aún existen dudas técnicas sobre la viabilidad del mecanismo. “No está claro cómo el fondo rotatorio podría ser utilizado para llevar a cabo una compra centralizada de medicamentos para enfermedades huérfanas, ya que el enfoque actual parece estar orientado principalmente a condiciones de mayor prevalencia”, advirtió la Andi en sus observaciones cuando la resolución aún era un proyecto. De hecho, agregaba, al revisar los productos ofrecidos en el fondo en su última actualización del 6 de noviembre de 2024, “se observa que la mayoría de los medicamentos están destinados al tratamiento de enfermedades de alta prevalencia, como enfermedades cardiovasculares, endocrinas, gastrointestinales, respiratorias y diversas infecciones (como antibacterianos, antivirales, antimaláricos, entre otros)”.
“El fondo rotatorio (que se menciona en la resolución) es para vacunas, malaria, etc. La compra de medicamentos para Hepatitis C, se hizo a través del fondo estratégico, que es diferente”, dice Ramírez. Es decir, podría haber una confusión sobre cuál es el instrumento más adecuado para realizar estas compras. Aunque ambos fondos son gestionados por la Organización Panamericana de la Salud, tienen objetivos, procesos y coberturas diferentes.
En todo caso, y aun si es posible hacer la compra, hay otras dudas técnicas. “¿Qué va a suceder en caso de que no se logre agregar y completar una demanda con la cual se genere una capacidad de negociación? Van a haber fármacos a los cuales no se podrá acceder”, advierte Gil.
Se refiere a que la principal fortaleza de esta herramienta radica en su capacidad para consolidar las necesidades de varios países y, con ello, aumentar el poder de negociación frente a los laboratorios. Sin embargo, si no se logra esa masa crítica de demanda —algo especialmente difícil en el caso de enfermedades huérfanas, donde cada país tiene pocos pacientes—, el mecanismo pierde eficiencia. “Somos pocos los pacientes con enfermedades raras. Imagínate tú agregando poquitos pacientes de Perú, Ecuador, Bolivia… Puede que eso no ocurra nunca realmente”, dice Gil.
Tanto a Fecoer como a la Andi y a las EPS les preocupa, además, que la resolución no precise cuáles serán los medicamentos que se incluirán en la compra centralizada. “Según lo establece el texto, esta selección quedará en manos de la Dirección de Medicamentos del Ministerio de Salud. ¿Dónde queda la garantía de participación de quienes integramos la Mesa Nacional de Enfermedades Huérfanas, que fue formalizada hace más de una década? Queremos asegurarnos de que los medicamentos priorizados en estos procesos respondan realmente a las necesidades de la población”, afirma Gil. “El riesgo es que el Minsalud priorice unos medicamentos que vayan en contravía de las necesidades reales”.
Para la Andi, es clave establecer esos criterios de priorización. “Se debe definir el proceso técnico para seleccionar los medicamentos que serán incluidos en la compra centralizada, así como las fuentes y metodologías utilizadas para estimar la demanda según de la prevalencia y la incidencia”, se puede leer en uno de sus comentarios. No se especifica tampoco ni las cantidades ni la periodicidad de los medicamentos que se adquirirán
Otro punto que genera preocupación entre las EPS es la ausencia de un anexo técnico en la resolución que detalle, de forma explícita, qué entidad asumirá la responsabilidad sobre los medicamentos una vez sean nacionalizados, así como durante todo el proceso de distribución, aplicación y disposición final. Hay que definir con detalles, dice Gil, las responsabilidades y la articulación del resto de actores (como gestores, farmacéuticos, operadores y EPS) en el proceso “para no fragmentar la atención”. “Esto es clave porque estamos hablando de medicamentos que requieren condiciones muy específicas de almacenamiento, transporte y manejo clínico”, agrega Ramírez. No hay que olvidar que estos pacientes ya cuentan con rutas de atención definidas dentro del sistema, muchas veces articuladas con centros de referencia o especialistas en determinadas regiones.
En últimas, creen las personas con las que hablamos para este artículo, la compra centralizada puede ser un mecanismo a explorar, pero al que todavía le falta muchos detalles qué afinar. “El Gobierno lo plantea de una manera más sencilla de lo que realmente es. Esto puede ser algo positivo”, finaliza Gil,” pero se necesitan detalles y transparencia”.
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