Este 21 de enero, se conoció que la Corte Constitucional emitió un auto en el que le daba varias órdenes al Ministerio de Salud y le abría un incidente de desacato al ministro Guillermo Alfonso Jaramillo, como principal responsable de la cartera, por no atender sus llamados.
En una de esas órdenes, la Corte le solicitaba al Minsalud que creara una metodología unificada de definición y reajuste de los presupuestos máximos, unos recursos fundamentales para costear los tratamientos para las enfermedades más caras, y que no están incluidos en el Plan de Beneficios en Salud.
Frente a esa petición, este miércoles, 22 de enero, el Ministerio comunicó que ya expidió una resolución en la que da cumplimiento. a la solicitud.
“El Ministerio de Salud y Protección Social informa que expidió la Resolución No. 067 del 21 de enero de 2025, por medio de la cual se establecen las disposiciones unificadas y el contenido metodológico marco, que rige el presupuesto máximo para la gestión y financiación de los servicios y tecnologías en salud no financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC)”, señaló en un comunicado.
Según explica el Minsalud, los principales cambios que hizo fueron los siguientes: primero, fijó un contenido metodológico, que incluye unos parámetros fundamentales para el cálculo del presupuesto máximo.
Además, detalla cuáles serán los plazos máximos para “efectuar el reconocimiento y realizar el giro respectivo de los presupuestos máximos”.
Así mismo, incluyó “un proceso de verificación, monitoreo, seguimiento y control, así como un proceso de auditoría que adelantará la ADRES —el llamado ‘banco de la salud’—, con el propósito de proteger los recursos y fortalecer las fuentes de información para el cálculo del presupuesto máximo”.
La otra decisión que destaca la cartera de Guillermo Alfonso Jaramillo es la definición de un período de transitoriedad para calcular el presupuesto que habrá para 2025.
Frente a los presupuestos máximos, la Corte Constitucional también le había dado tres órdenes claves al Minsalud:
a. “Pagar los presupuestos máximos reconocidos para los periodos julio, agosto, septiembre y octubre de 2024″.
b. “Reconocer los presupuestos máximos correspondientes a los periodos de noviembre y diciembre de 2024, lo cual deberá ocurrir a más tardar el 30 de enero de 2025″.
c. “Pagar los presupuestos máximos correspondientes a cada uno de los meses de 2025 dentro de los 15 primeros días de cada periodo. El pago correspondiente a los meses de enero y febrero deberá efectuarse dentro de los 10 últimos días del mes de febrero”.
Esas órdenes, como explicamos en este artículo con mucho más detalle, le permitirán inyectar más de $2 billones al sistema de salud colombiano.
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