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Este viernes 18 de julio se conoció un documento que todo el sector de la salud había estado esperando: la sentencia completa en la que la Corte Constitucional invalida la decisión de la Superintendencia de Salud de intervenir a la EPS Sanitas.
Como se sabía, la Corte decidió amparar el derecho al debido proceso a quienes habían interpuesto la tutela, pues, entre otras cosas, señala que la Supersalud desconoció varios elementos cruciales para tomar la decisión. Entre ellos, la insuficiencia de la UPC y la falta de pago oportuno de los Presupuestos Máximos, claves para pagar los medicamentos y tratamientos de alto costo en el sistema de salud. (Aquí puede conocer los principales elementos de esa sentencia)
En el análisis que hizo el alto tribunal para llegar a esa conclusión, analizó varios elementos del estado de la EPS que muestran qué es lo que está sucediendo. Lo que encontró es completamente opuesto a lo que había anunciado el presidente Gustavo Petro el pasado martes, cuando hizo su alocución sobre el sistema de salud.
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En ese espacio, Petro dijo que la intervención de la EPS Sanitas había sido favorable. Incluso, que, con esa decisión, había disminuido la deuda.
Sin embargo, en la sentencia (firmada por los magistrados Jorge Enrique Ibáñez, Natalia Ángel, Lina Marcela Escobar, Paola Meneses, Carolina Ramírez, Miguel Polo Rosero, José Fernando Reyes, Vladimir Fernández -con salvamento de voto- y Andrea Liliana Romero, secretaria general), el alto tribunal muestra pruebas de que la situación de la EPS no es tan favorable.
“No puede pasar por alto la Sala Plena que después de la intervención de aquella entidad se reportó un mayor número de quejas y acciones de tutela contra EPS Sanitas. Además, los indicadores financieros registraron un deterioro significativo”, se lee en la sentencia.
¿Cuál es la situación de la EPS Sanitas?
Según los datos de la Superintendencia de Salud, citados por la Corte Constitucional, “se registró una desmejora considerable de los indicadores financieros de la EPS Sanitas”, como lo indica en este gráfico:
Así mismo, señala, hubo un “detrimento ostensible en el indicador técnico científico, que se refiere a la efectividad y experiencia en la atención y gestión del riesgo, que podría corresponder con la causal de afectación al servicio y que motivó la intervención”. Aquí se puede apreciar un poco mejor:
La Corte también indica que en el caso de EPS Sanitas creció el número de tutelas interpuestas en 2024, al comprar esa cifra con lo que había ocurrido en 2023. Eso quiere decir que mientras ese año se interpusieron 3.193 solicitudes, el año pasado se registraron 3.724 acciones, un incremento del 2,19%.
El otro indicador que sintetizó el alto tribunal en la sentencia tiene que ver con las peticiones, quejas y reclamos (PQR): “en 2023, el número de PQR varió entre, aproximadamente, 15.000 y 18.000 casos por mes, con algunos descensos. A partir de abril de 2024, que se realizó la intervención a la EPS por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, se observa un aumento más pronunciado en el número de PQR interpuestas, con lo que se alcanzaron niveles superiores de 25.000 casos en algunos meses”.
Eso, dice la Corte, sugiere un incremento del 46% a partir de abril del 2024 (cuando fue intervenida Sanitas) hasta enero de 2025″.
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