Fin de emergencia sanitaria: ¿Y los usuarios cubiertos excepcionalmente en salud?

Con el fin de la emergencia sanitaria, el covid-19 pasará a ser tratado como cualquier otra enfermedad contagiosa.

01 de julio de 2022 - 01:34 p. m.
Sala de urgencias generales y de Covid-19.
Sala de urgencias generales y de Covid-19.
Foto: Óscar Pérez

El pasado 21 de junio, el presidente Iván Duque anunció que la emergencia sanitaria en el país finalizaría el 30 de junio, es decir, este pasado jueves. “No existen ya razones epidemiológicas, analizadas científicamente por el comité epidemiológico, para mantener la emergencia sanitaria”, dijo el mandatario para explicar el anuncio. Esta decisión implica, entre otras cosas, que el covid-19 pasará a ser tratada como cualquier otra enfermedad contagiosa.

En medio de la emergencia sanitaria también se habilitaron ciertas medidas, que ahora quedarán sin efecto. Una de ellas es la figura de Activo por emergencia, que garantizó que más dos millones de personas afiliadas al régimen contributivo que perdieron su trabajo por la pandemia continuaran recibiendo los servicios de salud en el mismo régimen. (También puede leer Finalizó la emergencia sanitaria en Colombia: ¿Cómo está el coronavirus?)

Los usuarios bajo esa modalidad de afiliación debían ser reportados por la EPS ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) desde el 10 de julio de 2020. Con el fin de la emergencia sanitaria en el país, ¿qué pasará con los usuarios cobijados bajo esta figura? En un comunicado, Paula Acosta, presidente de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi) dio cuatro alternativas para esta población. Estas son las recomendaciones de Acosta:

1. Afiliación al régimen subsidiado: Los usuarios pueden solicitar la encuesta del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén), por medio de la que pueden ser clasificada en las categorías A, B y C, lo que les da el derecho a ser afiliados en el régimen subsidiado. Mientras que se conoce la categoría, el usuario también tiene derecho a ser afiliado de oficio por cuatro meses al régimen subsidiado.

2. Contribución Solidaria: Recientemente el Gobierno habilitó la denominada Contribución Solidaria, que busca que la población que no está clasificada como pobre o vulnerable, pero a la que tampoco le alcanzan sus recursos para cotizar en el Sistema General de Seguridad Social, pueda afiliarse al Régimen Subsidiado.

3. Beneficiarios del régimen contributivo: Las personas que tengan un miembro de su núcleo familiar en el régimen contributivo pueden solicitar ser afiliadas como beneficiarias de acuerdo con las normas.

4. Afiliación como independiente: Las personas pueden afiliarse al Sistema de Salud bajo la modalidad de independiente, de acuerdo con ciertos requisitos.

(Le puede interesar: Colombia es el mejor país en A. Latina en el manejo de la pandemia, según Bloomberg)

La presidente invitó a los usuarios que hacían parte de este mecanismo temporal, y que no han definido su situación, a “acercarse a las alcaldías para solicitar ser encuestados o reanudar su afiliación en el régimen contributivo”.

👩‍⚕️⚕️¿Quieres conocer las últimas noticias sobre salud? Te invitamos a verlas en El Espectador. 🩺 📄

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar