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Desde las oficinas de Keralty en Bogotá, principal accionaria de la EPS Sanitas, Juan David Riveros, apoderado de la empresa española, se refirió al reciente fallo de la Corte Constitucional que dejó sin efecto la intervención que la Superintendencia de Salud ordenó en abril de 2024.
De acuerdo con el abogado, “la decisión de la Corte Constitucional ratifica que la intervención fue ilegal, arbitraria, desproporcionada y discriminatoria”, como lo señalaron desde que conocieron la medida tomada por el entonces Superintendente Luis Carlos Leal.
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El abogado manifestó que tienen una mezcla de sentimientos. En primer lugar, aseguró que se sienten optimistas, pues “encontrar que las instituciones, y en particular las judiciales funcionan y dan respuesta, es motivante”.
Sin embargo, subrayó que también es un día de “profunda tristeza y reflexión”. Para Keralty, esta victoria jurídica no borra lo que califica como un daño moral, institucional, financiero y humano que, dijo, ha causado el Gobierno. La intervención, además de afectar a la empresa, también tuvo consecuencias sobre los usuarios, familias, médicos, clínicas y profesionales de la salud.
A ojos de Riveros “queda claro que la estrategia que desplegó el Gobierno con la intervención de esta y otras EPS estuvo dirigida a debilitar el sistema de salud, a generar un caos que terminó afectando a millones de pacientes y a desmoralizar equipos de trabajo y médicos”.
Keralty sostiene que se trató de una estrategia premeditada del Estado colombiano, en nombre de la transformación del sistema de salud. El abogado habló en un “asfixio financiero”, al no reconocer la desfinanciación estructural del sistema y el pago de deudas atrasadas.
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La empresa también mencionó las declaraciones de Gustavo Petro durante su campaña presidencial de eliminar, de alguna manera, las EPS. Del mismo modo, señaló una persecución administrativa basada en auditorías, investigaciones y campañas de desprestigio que, al final, no arrojaron faltas materiales, éticas o legales.
“Después nos intervinieron para desbaratarnos desde dentro, desmantelando a la EPS Sanitas, destruyendo parte del modelo, debilitando redes, abandonando a los pacientes y desmoralizando a nuestros equipos”, comunicó Keralty.
Por su parte, Riveros se refirió al fallo de la Corte Constitucional que, por el momento, no se conoce, y señaló que no harán mayores comentarios sobre la decisión, pues esperan analizarlo al detalle. Como no hay un tiempo provisto por la ley, esperan recuperar el control sobre la EPS en los próximos 10 o 15 días, cuando se ejecuten las órdenes del alto tribunal.
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Frente a lo que viene, el apoderado de Keralty pidió paciencia a sus pacientes, pues todavía no hay información oficial. Durante las próximas semanas, dijo, se conocerá la magnitud de los efectos que ha generado la intervención en la EPS y así establecer “un plan de choque”. “En medidas de nuestras posibilidades, recuperaremos la operatividad de la EPS, privilegiando a los usuarios”, afirmó Riveros.
El abogado agregó que, por delante, todavía queda un largo camino por recorrer. A sus ojos, los problemas del sistema de salud no se resuelven con la decisión del alto tribunal, sino que es apenas un inicio. El comunicado de Keralty, además, resaltó que hoy reciben “una empresa devastada, altamente comprometida financieramente, con servicios deteriorados y niveles de quejas y tutelas sin precedentes”.
Lo que se sabe de la decisión de la Corte Constitucional
La Corte, tras estudiar el caso, revocó la decisión previa de la Corte Suprema de Justicia, que había considerado improcedente la tutela. Es decir, el alto tribunal decidió darle la razón a los accionantes y amparar su derecho al debido proceso. En consecuencia, la Corte dejó sin efectos varias resoluciones clave emitidas por la Superintendencia Nacional de Salud.
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Estas resoluciones habían ordenado la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de la EPS Sanitas, así como su intervención administrativa por un año. La Corte anuló tanto la resolución inicial (del 2 de abril de 2024), como su corrección (del 10 de abril de 2024), y la prórroga dictada el 1 de abril de 2025, que volvía ampliar la intervención durante un año más.
Adicionalmente, la Corte ordenó que este caso sea enviado a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, una sentencia emblemática que fijó lineamientos para el seguimiento y mejora del sistema de salud colombiano, con el fin de verificar el cumplimiento de estándares constitucionales.
Por último, se dispuso que se expida la comunicación oficial correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, que regula los procedimientos de la acción de tutela. Cabe resaltar que el magistrado Vladimir Fernández Andrade salvó su voto, es decir, expresó su desacuerdo con la decisión adoptada por la mayoría.
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