
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
A través del Auto 2049 de 13 de diciembre de 2024, expedido por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, la Corte Constitucional acaba de declarar el incumplimiento general frente al componente de suficiencia de presupuestos máximos y abrió incidente de desacato al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo.
La Corte consideró que el Ministerio de Salud ha incumplido las órdenes impartidas en el Auto 2881 de 2023, específicamente, en lo relacionado con la transferencia de recursos necesarios para garantizar la suficiencia de los presupuestos máximos, esenciales para garantizar la financiación de tecnologías que no se encuentran en el Plan de Beneficios en Salud.
Según la Sala Especial de Seguimiento del alto tribunal, persisten falencias graves como la falta de pago de los reajustes correspondientes a 2022, la ausencia de una metodología unificada para el cálculo y ajuste de los presupuestos máximos, y la desfinanciación del mecanismo para la vigencia 2024.
Además, en el auto, firmado por el magistrado José Fernando Reyes, la Corte Constitucional señaló que estas omisiones ponen en riesgo la sostenibilidad financiera de las EPS y afectan directamente el goce efectivo del derecho a la salud de los afiliados al sistema, constituyendo un retroceso en las garantías previamente ordenadas por el alto tribunal.
Por esos motivos, ordenó al Ministerio de Salud, entre otras medidas:
a. “Pagar los presupuestos máximos reconocidos para los periodos julio, agosto, septiembre y octubre de 2024″.
b. “Reconocer los presupuestos máximos correspondientes a los periodos de noviembre y diciembre de 2024, lo cual deberá ocurrir a más tardar el 30 de enero de 2025″.
c. “Pagar los presupuestos máximos correspondientes a cada uno de los meses de 2025 dentro de los 15 primeros días de cada periodo. El pago correspondiente a los meses de enero y febrero deberá efectuarse dentro de los 10 últimos días del mes de febrero”.
Así mismo, la Corte le ordenó al Ministerio de Hacienda que le transfiera los recursos necesarios para que el Ministerio de Salud “para que le dé cumplimiento al pago de los presupuestos máximos en los términos establecidos en la providencia”.
La Corte también establece el plazo en el que el Minsalud debe hacer el pago que adeuda a las EPS: ordena “requerir por última vez al ministro de Salud y Protección Social para que en el término de 48 horas siguientes a la notificación de la presente decisión dé cumplimiento a lo ordenado en los ordinales tercero y sexto del Auto 28881 de 2023, es decir, pague el valor correspondiente al ajuste de los presupuestos máximos de la vigencia 2022″.
De igual manera, le pide crear una metodología unificada de definición y reajuste de los presupuestos máximos, que observe los parámetros señalados en el Auto 2881 de 2023.
Frente al incidente de desacato, le da dos días al Ministro de Salud para que se pronuncie y le recuerda que “el incumplimiento al presente requerimiento dará lugar a la compulsa de copias a la Fiscalía General de la Nación para que proceda a las investigaciones pertinentes por el delito de fraude a resolución judicial”.
La decisión fue aplaudida por el gremio de las EPS. Ana María Vesga, quien está al frente de Acemi, que reúne a las EPS del régimen contributivo, escribió en su cuenta de X (antes Twitter) que “[hay que] recordar que se deben recursos desde el 2022 y que este incumplimiento sistemático del Ministerio de Salud ha afectado a miles de pacientes cuyos medicamentos dependen de estos recursos, además de agudizar el deterioro financiero de las EPS. No son cifras menores; son más de $2 billones que el sistema necesita para su correcto funcionamiento. En hora buena”.
👩⚕️📄¿Quiere conocer las últimas noticias sobre salud? Lo invitamos a verlas en El Espectador.⚕️🩺